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Un antecedente poco conocido del artículo 123 la Constitución Mexicana de 1917.
Artículo de Mauricio Ibarra Romo, 1986. "La ley del trabajo de Salvador Alvarado",
en Revista Alegatos, México D.F

Fuente: Mauricio Ibarra Romo, 1986. "La ley del trabajo de Salvador Alvarado", en
Revista Alegatos, México D.F., Universidad Autónoma Metropolitana (Unidad
Azcapotzalco). Enero-Abril, N° 2. Págs. 53-57.

“Salvador Alvarado fue un militar que tuvo una activa participación durante la Revolución
Mexicana de comienzos del siglo XX. Como militar alcanzó el grado de General del Ejército
Constitucionalista bajo las órdenes de Venustiano Carranza. Entre 1915 y 1917 fue gobernador
y comandante militar en Yucatán.

Durante el ejercicio de la gubernatura de dicho Estado promulgó una ley agraria para repartir
la tierra a los campesinos; una ley del trabajo, que estableció el salario mínimo, la jornada de
ocho horas, reconoció el derecho de huelga y creó un consejo de conciliación y arbitraje para
resolver los conflictos. En lo social, liberó a los mayas de la servidumbre, anuló sus deudas,
prohibió los azotes, combatió el alcoholismo, suprimió los prostíbulos, prohibió las corridas de
toros, las peleas de gallos y los juegos. Eliminó la servidumbre en que vivían las trabajadoras
domésticas. Promovió la educación, decretó que la primaria debía ser obligatoria y laica y que
en cada hacienda debía haber una escuela.

La ley del trabajo de Yucatán de 1915, promovida por el gobierno de Alvarado, se constituyó
en uno de los antecedentes que dieron lugar al artículo 123 de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos.”

Fuente: Mauricio Ibarra Romo, 1986. "La ley del trabajo de Salvador Alvarado", en Revista Alegatos, México D.F., Universidad Autónoma Metropolitana (Unidad Azcapotzalco).

Enero-Abril, N° 2. Págs. 53-57.

Fuente: Mauricio Ibarra Romo, 1986. "La ley del trabajo de Salvador Alvarado", en Revista Alegatos, México D.F., Universidad Autónoma Metropolitana (Unidad Azcapotzalco).

Enero-Abril, N° 2. Págs. 53-57.

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