Fundación Electra

Cuando la formación es tiempo de trabajo: a propósito de la STS del 09.09.2025. Miguel A.
Garrido Palacios, en El Foro de Labos, 28.10.2025

“El objeto del presente comentario es abordar el procedimiento sobre conflicto colectivo
seguido en primera instancia ante la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional, autos
171/2023, y resuelto finalmente en casación por la Sala Cuarta del Tribunal Supremo. La
importancia de este asunto radica en reflexionar sobre si las renovaciones de los certificados
para el personal de la mar sobre formación en seguridad, actuación ante incendios y rescate,
deben ser considerados tiempo de trabajo. Es una renovación necesaria para poder seguir
embarcándose y dar cumplimiento al contrato de trabajo.

El conflicto afecta a un colectivo como el personal de flota del Ente Público Salvamento
Marítimo que son un ejemplo de servicio público al encontrarse a disposición y actuando con
la máxima diligencia para evitar y luchar contra las catástrofes en el mar, como las crisis
humanitarias y migratorias, que se dan con frecuencia en nuestras costas.

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