Fundación Electra

 

Manual de Derecho del Trabajo para Trabajadores. UDELAR, Tomos I y II.
Ed. EU. Montevideo, diciembre 2020. Acceso libre.

Autores
Hugo Barretto Ghione (coordinador), Héctor Babace, Rodolfo Becerra, Carlos Casalás,
Fernando Delgado, Beatriz Durán, Hugo Fernández Brignoni, Daniela García, Graciela
Giuzio, Nelson Loustaunau, Pablo Montes de Oca, Carolina Panizza, Virginia
Perciballi, Fabián Pita, Juan Raso Delgue, Jorge Rosenbaum, Rosina Rossi, Gabriel
Salsamendi, Héctor Zapirain, Laura Zuñiga
Ediciones Universitarias

(Unidad de Comunicación de la Universidad de la República –UCUR). Diciembre 2020

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PRÓLOGO

El Manual de Derecho del Trabajo para trabajadores tiene su origen en los cursos de Educación
Permanente en Derecho del Trabajo y Relaciones Laborales, que bajo la modalidad de
formación para nuevos destinatarios se realizan, desde 2011, en la Facultad de Derecho,
dirigidos a sindicalistas, en el marco del convenio entre la Universidad de la República y el PIT-
CNT.
Gracias a la secuencia anual de estos cursos para trabajadores y su reiteración en uno de los
años, en el 2019 se celebró (más que dictar) la décima edición. Además, existe en el haber
alguna experiencia similar implementada en el Centro Universitario de Paysandú y se piensa
programar otra en el Centro Universitario Regional del Este, de Maldonado. En 2018, como
derivación de estas actividades, se implementó un ciclo de profundización, que abordó
contenidos de actualidad y debate en el derecho laboral, la organización del trabajo y la
producción, y se convocó como alumnos a quienes habían transitado por el curso inicial. En
ese caso, se amplió el espectro temático, dando cabida a enfoques multidisciplinarios del
mundo del trabajo, por lo que se contó con la cooperación del Centro Interamericano para el
Desarrollo del Conocimiento en la Formación Profesional, de la Organización Internacional del
Trabajo.

Participaron, en esa oportunidad: los sociólogos Mariana Mendy, Marcos Supervielle y Pablo
Guerra; el experto del Centro Interamericano para el Desarrollo del Conocimiento en la
Formación Profesional (CINTERFOR), de la Organización Internacional del Trabajo (oit),
Fernando Casanova; el presidente de la Fundación Electra, el licenciado Pedro Daniel
Weinberg, y docentes de la Facultad de Derecho, así como el director del Instituto Cuesta
Duarte, Milton Castellano. La apertura del curso, realizado en el salón de actos de la sede del
PIT-CNT, estuvo a cargo del director del CINTERFOR, OIT, el licenciado Enrique Deibe, el
director de la Unidad Central de Educación Permanente, el ingeniero agrónomo Mario Jaso, y
el director del Instituto Cuesta Duarte y el suscrito como coordinador de los cursos.

El presente libro no solamente detalla las actividades de formación destinadas a sindicalistas,
sino que fundamentalmente traza, de manera breve, algunos apuntes sobre la significación de
la iniciativa y sobre la experiencia de enseñanza-aprendizaje que la precedió. En primer lugar,
el Manual… constituye la materialización de una actividad formativa para trabajadores
sindicalizados, que hace parte, a la vez, de las prácticas de un conjunto de docentes de
Derecho del Trabajo y de los programas de formación sindical del Instituto Cuesta Duarte.
Este doble carril supone una aproximación y un diálogo fecundo entre quienes son actores
directos del mundo del trabajo y quienes cultivan la disciplina jurídica que regula las relaciones
entre capital y trabajo, lo que se traduce, inevitablemente, en un desafío para las prácticas
docentes —que se ven movilizadas por un aula atenta, participante y distinta a la habitual— y
para las prácticas sindicales, que se ven enriquecidas, cuando no interrogadas, por un
trasfondo de conocimiento referido muy estrechamente al quehacer representativo que
desempeñan.

No parece necesario insistir en este espacio sobre la relevancia que el conocimiento y la
comprensión de los procesos de transformación de las formas de trabajar tienen para los
actores del mundo del trabajo. El futuro del trabajo está en el eje de las reflexiones de la
propia Organización Internacional del Trabajo, que lo ha colocado como centro de la
celebración del centenario de su creación y ha elaborado un documento esencial, producto de
un conjunto de expertos de todas las culturas y procedencias.
Tampoco parece novedoso decir que para el equipo docente actuante los cursos para
sindicalistas comportan una oportunidad privilegiada de contrastar sus construcciones y
puntos de vista con los de quienes se encuentran en la trinchera misma de la cotidianeidad del

trabajo efectivamente prestado en las actividades más variopintas, lo que hace de la tarea de
extensión educativa una verdadera oportunidad de crecimiento personal y profesional. La
conformación misma del grupo docente responde a una concepción pluralista propia de la
Universidad de la República, que genera una positiva sinergia entre catedráticos de
trayectoria, docentes en pleno desarrollo de sus capacidades y jóvenes integrantes del
Instituto de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social, a los que, en los últimos años, se
sumaron egresados de la licenciatura en Relaciones Laborales, lo que ha evidenciado, así, la
cercanía disciplinar entre ambas perspectivas.

El programa del curso, que compone el conjunto de los capítulos del libro, ha ido
evolucionando en el devenir del tiempo, como atendiendo a la propia dinámica de las
relaciones laborales; relaciones que presentan, por definición, una gran plasticidad por la
incidencia de los contextos sociales, culturales, políticos y tecnológicos.
El Manual… pretende, así, sintetizar y dar cuenta del estado actual de la normatividad jurídica
del mundo del trabajo en sus temas fundamentales y más urgentes para sindicatos y
trabajadores, por lo cual debe advertirse, desde ya, que no se trata de un curso general de
Derecho del Trabajo, al estilo de los cursos curriculares de la carrera de Derecho o de
Relaciones Laborales, sino que estamos ante una propuesta más ajustada a las necesidades de
sus destinatarios. En su estructura más general, el libro comprende una primera parte de corte
más teórico e histórico, en que se actualiza el debate del futuro del trabajo tal como se lo
concibe internacionalmente (Juan Raso Delgue), se repasa la historia del movimiento sindical
en nuestro país (Gabriel Salsamendi) y se estudian los otros dos actores del mundo del trabajo:
la empresa (Hugo Fernández Brignoni) y el Estado bajo sus distintas funciones (Rodolfo Becerra
Barreiro). Así presentado el marco básico de los actores o protagonistas de las relaciones
laborales, como le gustaba decir a Barbagelata, en la segunda parte se despliega una serie de
temas de reciente aparición o desarrollo y se abordan las cuestiones fundamentales del
derecho colectivo del trabajo.

En cuanto a los temas específicos, y como ya se ha dicho, el Manual… no emprende el repaso y
estudio de todas las regulaciones laborales de la relación de trabajo, como si se tratara de un
libro de texto, ni tampoco se comporta como un manual práctico de normas laborales. La
opción del curso y del libro ha sido la de elegir aquellas cuestiones que se estiman de más
urgente tratamiento y estudio por la demanda de conocimiento que presentan y por la
vertiente a menudo controversial de que aparecen revestidas en las relaciones laborales de
nuestro país, intentando apegarse a lo que podría llamarse un curso urgente de Derecho del
Trabajo. Asuntos como el acoso en el trabajo (Graciela Giuzio), las tercerizaciones (Fernando
Delgado), la determinación de la relación de trabajo (Rosina Rossi), la formación profesional y
organización del trabajo (Daniela García y Pablo Montes de Oca) y el más reciente fondo de
garantía de créditos laborales (Fabián Pita) son abordados con cierto detalle, por entenderse
que hacen parte de esos núcleos controversiales con poder transformador de las relaciones de
trabajo.

Esos encares son precedidos por una mirada en clave histórica acerca de la evolución del
derecho del trabajo en nuestro medio, a cargo de Virginia Perciballi de Luca y Laura Zúñiga
Valettuti.

En lo referente a las relaciones colectivas de trabajo, Jorge Rosenbaum Rimolo, Carlos Casalás
Viera y Nelson Loustaunau estudian el trípode de la negociación colectiva; las formas de
protección de la actividad sindical han quedado a cargo de Héctor Babace, y la conflictividad
laboral, bajo la responsabilidad de Héctor Zapirain.

El libro no estaría completo si no se trazara una mirada sobre las relaciones laborales en la
administración pública, para lo cual Beatriz Durán y Carolina Panizza repasan las formas de
contratación, y queda para una próxima edición del Manual… el tratamiento de la negociación
colectiva en ese sector.

Es oportuno, en esta parte, dejar constancia de que en alguna de las versiones del curso
Derecho del Trabajo y Relaciones Laborales para sindicalistas se incluyó el módulo «Economía
laboral», que estuvo a cargo del economista César Failache.

No fue ajeno a este esfuerzo el propósito manifiesto de los trabajadores de que estos cursos
de Educación Permanente pudieran acreditarse de modo de permitir una trayectoria educativa
formal de los participantes con destino a la licenciatura en Relaciones Laborales.
Permítasenos decir que quizá esté retornando el tiempo de reconsiderar este tipo de
transiciones hacia los estudios terciarios con mayor amplitud, de manera de abrir nuestra casa
de estudios a quienes tienen un conocimiento y unos saberes prácticos que bien pueden
ensamblarse con una trayectoria educativa de nivel superior. Mientras eso no ocurra, los
cursos de Educación Permanente en Derecho del Trabajo para sindicalistas, de uno de los
cuales el Manual… es testimonio definitivo, seguirán configurando una experiencia inestimable
que ha llamado la atención —podemos dar fe de ello— de centros universitarios extranjeros
que han tomado esto como referencia. Y continuarán sirviendo, nada menos, para mejorar las
relaciones laborales a favor del desarrollo de las personas, de las empresas y del país mismo, y
contribuirán, de paso, a poner a las prácticas docentes en Derecho del Trabajo más cerca de la
palpitación de la realidad del trabajo por cuenta ajena. No muchas experiencias educativas en
el país cuentan con tales atributos. (Del Blog del Prof. Hugo Barretto)

 

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