La publicación del número 75 de Trabajo y Derecho, correspondiente al mes de marzo de este año,
me ha permitido profundizar en el análisis de la decisiva Sentencia del Tribunal Supremo de 29 de
diciembre de 2020, a la que tuve ocasión de referirme preliminarmente en la entrada de este blog
correspondiente al pasado 9 de enero.
A este propósito está dedicada la columna de Opinión con la que se inicia dicho número, titulada
“Subcontratación de actividades productivas y estabilidad en el empleo: el replanteamiento del
modelo”.
Son varios los aspectos de esta sentencia que en esta columna se destacan y someten a análisis.
Empezando por el diametral cambio de perspectiva a partir del cual el Tribunal Supremo aborda el
examen de la causalidad del recurso a los contratos temporales para obra o servicio determinado.
ACCESO AL TEXTO COMPLETO DE LA OPINIÓN DE W. SANGUINETI, ASÍ COMO AL SUMARIO DE LA REVISTA TRABAJO Y DERECHO, Nº75.