Fundación Electra

Un tema que sigue siendo un nudo a desatar en las variables organización sindical y género,
refiere a la limitada participación de las mujeres en la conducción del movimiento sindical. Así
como se señala que en la actividad laboral existe un “techo de cristal” que impide
silenciosamente el ascenso de las mujeres a los cargos de dirección (aún en aquellos sectores
en que hay una mayor presencia de mujeres que de hombres), entendiendo que ese “techo”
se reproduce en las cúpulas de las organizaciones sindicales.
Por tal motivo me ha parecido oportuno dedicar el post de hoy a la Opinión Consultiva N°
27/21 de la Corte Interamericana de Derechos Humanos del 5 de mayo de 2021, que
expresamente se refiere a la cuestión género y libertad sindical.

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