Fundación Electra

Derecho a conciliar: los despidos en estos nuevos casos son nulos por ley. Por E. Murcia,
en huffingtonpost.es, 20.11.2023

“El Estatuto de los Trabajadores protege ante el despido a las personas que han
solicitado los nuevos permisos y adaptación por conciliación.

Los nuevos permisos y medidas de conciliación laboral, como cumplimiento de la Directiva
Europea de 2019, ha supuesto varios cambios, también, en materia de despidos. Como medida
de protección a los trabajadores, el Real Decreto-ley 5/2023 modificó los artículos 53.4 y 55.5
del Estatuto de los Trabajadores que regulan el despido objetivo y el disciplinario,
respectivamente. También los artículos 108.2 y 122.3 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción
Social con el mismo objetivo.

¿Qué medidas están ‘blindadas’ ante el despido? El estatuto, con su última modificación,
añade que también se determinará despido nulo el ejecutado a personas trabajadoras que
hayan solicitado o estén disfrutando uno de los permisos rescatados de la Ley de Familias;
pero también a aquellos que han solicitado una reducción de jornada por motivos de
conciliación, ampliándose este 2022 los beneficiarios de este derecho. ”

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