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Derechos digitales en el mundo del trabajo como derechos fundamentales. Curso “Oscar Ermida Uriarte” UCLM, Toledo del 12-26 enero 2026

Curso de Posgrado en Derechos digitales en el mundo del trabajo como derechos
fundamentales. CURSO “OSCAR ERMIDA URIARTE” UCLM, Toledo (España),del 12 al 26 de enero de 2026. Inscripción cierra 18.12.2025

Del Blog de Antonio Baylos

“Del 12 al 26 de enero del 2026 tendrá lugar en Toledo, en la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales
(Convento de San Pedro Mártir), un nuevo curso de posgrado en derecho organizado por la UCLM, en
esta ocasión dedicado a los derechos digitales en el mundo del trabajo como derechos fundamentales,
cuya información relativa a preinscripción y matrícula se puede localizar en este enlace

El plazo de inscripción y matrícula cierra el 18 de diciembre.

Es un curso que tiene una gran tradición en la UCLM, y en él se recuerda al maestro y profesor uruguayo Oscar Emida Uriarte, que fue hasta su fallecimiento conferenciante del mismo. Está dirigido por Mariluz Rodriguez y Antonio Baylos, con la colaboración de Antonio Garcia-Muñoz y Carolina Bastante como secretarios y además de la UCLM en esta ocasión participa en su organización, como entidad colaboradora, RED.es. En este año, son invitados especiales Daniela Marzi, catedrática de derecho del trabajo en la universidad de Valparaíso y presidenta del Tribunal Constitucional de Chile, y Hugo Barretto, catedrático de derecho del trabajo en la Universidad de la República y Viceministro de Trabajo de Uruguay. A continuación se da a conocer el cronograma detallado de este curso.

La problemática planteada por la irrupción de la digitalización y los nuevos modelos de negocio, como
las plataformas digitales, además del impacto del uso de algoritmos e inteligencia artificial (IA) en las
relaciones de trabajo es el objeto de este Curso. A ello se ha dado respuesta por parte de algunos
ordenamientos nacionales e internacionales con la regulación de derechos digitales fundamentales,
como el derecho a la protección de datos, la desconexión digital, la participación de las personas
trabajadoras en la gobernanza de la transición digital o la transparencia en el uso de algoritmos e IA por
parte de las empresas. Un ejemplo de ello es la Carta de Derechos Digitales de España, elaborada en
2021, o también la denominada Ley de Inteligencia Artificial de la UE, aprobada en 2024. Así, en el Curso se examinarán las líneas generales que el Derecho europeo y nacional están llevando a cabo, junto con los problemas de ajuste con los esquemas tradicionales de regulación del Derecho del Trabajo, tanto en lo relativo a la configuración de los derechos individuales y colectivos de las personas trabajadoras, como a la conformación de la extensión de los poderes empresariales de control de la actividad laboral y sus límites, junto con algunas propuestas de desarrollo de interés en relación con la organización de la empresa en este contexto.

Derechos digitales en el mundo del trabajo como derechos fundamentales.

CURSO “OSCAR ERMIDA URIARTE”
Fechas: Lunes 12 de enero hasta el viernes 24 de enero de 2026

ENLACE PARA VER EL PROGRAMA

‘Reskilling’ y ‘upskilling’: la clave para no quedarte fuera del mercado laboral. Enric Ros, en La Vanguardia, 26.11.2025

‘Reskilling’ y ‘upskilling’: la clave para no quedarte fuera del mercado laboral. Enric Ros, en La Vanguardia, 26.11.2025

Consejo de experta
“En un entorno marcado por la disrupción tecnológica, la formación continua y la adquisición
de nuevas habilidades se revelan como factores indispensables para desarrollarse en
profesiones que vivirán grandes cambios estructurales
Silvia Leal, experta en IA y tendencias de futuro, nos habla sobre el ‘reskilling’ y el ‘upskilling’,
dos tendencias nacidas para dotar a los empleados de capacitación y reciclaje para potenciar
su desempeño profesional en un entorno laboral cambiante

La digitalización y los constantes avances tecnológicos han transformado drásticamente la forma de
concebir el mundo del trabajo. Tal como confirma la investigación sobre el Futuro del Empleo,
publicada, en este 2025, por el Foro Económico Mundial, los empleadores están convencidos de que
habrá tecnologías que tendrán un impacto sustancial en este ámbito, como la Inteligencia Artificial (en
un 86%), los robots y sistemas automatizados (un 58%) y las formas de generación y almacenamiento de energía (un 41%).

Se estima que, de aquí a 2030, un 22% de los empleos actuales sufrirá cambios estructurales
importantes. Esto supondrá que, aproximadamente, la mitad de los trabajadores en todo el mundo
necesitará adquirir nuevas competencias a lo largo de su vida laboral. A idénticas conclusiones llega el
informe global “Habilidades del Futuro”, un concienzudo trabajo de campo elaborado por Banco Santander en quince países de Europa, Norteamérica y Latinoamérica, en el que se ha encuestado a 15.000 personas en activo, entre los 18 y los 65 años, para comprender a fondo su percepción sobre el futuro de la empleabilidad.

Formación continua, la clave para seguir siendo competitivos

En el mencionado estudio, ocho de cada diez personas encuestadas manifiestan sentir la necesidad de
seguir ampliando sus habilidades mediante la formación continua. Las principales motivaciones para ello son adaptarse a las nuevas demandas del mercado laboral, mejorar la competitividad profesional y
aumentar su eficiencia y productividad en el trabajo. Al mismo tiempo, siete de cada diez creen que
acabarán trabajando en empleos que todavía no existen. Para hacer frente a este reto, el 45% de los
consultados afirma que la experiencia práctica y la educación no formal cobrarán más importancia que
nunca.  SEGUIR LEYENDO

La OIT fortalece capacidades sindicales en conducta empresarial responsable en la agroindustria colombiana. Cali, 01.12.2025

La OIT fortalece capacidades sindicales en conducta empresarial responsable en la
agroindustria colombiana. Cali, 01.12.2025

“La OIT, a través de ACTRAV y el Proyecto CERALC, acompañó en Cali el “Encuentro
sindical sobre conducta empresarial responsable, debida diligencia y derechos
humanos en la agroindustria con perspectiva de género y juventudes”, un espacio
liderado por la Central Unitaria de Trabajadores (CUT) para fortalecer las capacidades
de veeduría, incidencia y diálogo social de las organizaciones sindicales del sector
agroindustrial.

Estamos priorizando la instalación de mesas sectoriales permanentes de derechos humanos, adaptadas
a la ruralidad. Una cosa es dialogar con grandes empresas y otra con pequeños y medianos productores.

Por eso fortalecemos la articulación entre seccionales del Ministerio de Trabajo y las organizaciones
sindicales, garantizando que las directrices se implementen en territorio. Ana Manrique, coordinadora
nacional del Proyecto CERALC de la OIT para Colombia.

La OIT reiteró su compromiso en ofrecer metodologías, formación y acompañamiento técnico para que
los trabajadores puedan participar en procesos de monitoreo sin exponerse a riesgos. Por su parte, el
representante de la Consejería Presidencial para los Derechos Humanos y el DIH, Sergio Salazar,
presentó avances clave que dialogan directamente con las agendas sindicales del sector agroindustrial:

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Formación y actualización constante: el reto jurídico en una sociedad tecnológica. En Redacción ORH, 25.11.2025

Formación y actualización constante: el reto jurídico en una sociedad tecnológica. En
Redacción ORH, 25.11.2025

“En un entorno marcado por la aceleración tecnológica y la creciente complejidad de las
relaciones laborales, la formación continua se convierte en un imperativo para los
operadores jurídicos. La actualización constante no solo garantiza un asesoramiento
adecuado a empresas y personas trabajadoras, sino que también refuerza la capacidad del sistema para responder con solvencia a los nuevos desafíos normativos y sociales.

El Ilustre Colegio de Graduados Sociales de Barcelona, Girona y Lleida (ICGSBGLL) celebró la segunda
sesión de las X Jornadas Laboralistas sobre Derecho del Trabajo y Seguridad Social. En la bienvenida,
Jaume González, presidente de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, subrayó:
“El Colegio está desplegando un gran esfuerzo formativo. Vivimos en una sociedad tecnológicamente
muy avanzada y esto repercute sobre las relaciones sociales, puesto que cada vez son más complejas.
Los operadores jurídicos tenemos que afrontar este reto y actualizarnos constantemente para asesorar
correctamente a las empresas y a las personas trabajadoras”.

Reformas legislativas y retos normativos
La primera ponencia estuvo a cargo de Miguel Arenas, profesor de Derecho del Trabajo y de la
Seguridad Social de la UOC, quien analizó la intensidad de las reformas en materia laboral y de seguridad social.

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El debate sobre la protección del derecho de huelga llega a la Corte Internacional de Justicia de La Haya. Por V.Maneiro Hervella, en El Foro de Labos. 30.10.2025

El debate sobre la protección del derecho de huelga llega a la Corte Internacional de Justicia de La Haya. Por Victor Maneiro Hervella, en El Foro de Labos. 30.10.2025

“A comienzos de este mes, la tutela internacional del derecho de huelga vivió un momento clave. En la
Corte Internacional de Justicia (CIJ) de La Haya se debatió si la libertad sindical, reconocida en el
convenio núm. 87 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), protege también el derecho de
huelga.

El convenio núm. 87 sobre la libertad sindical y la protección del derecho de sindicación, adoptado en
1948 y ratificado por España en 1977, establece que todos los trabajadores y empleadores tienen
derecho a constituir organizaciones de su elección, sin autorización previa, y a afiliarse a ellas, así como
a organizar su funcionamiento sin injerencias de las autoridades públicas. Aunque es cierto que no se
menciona expresamente la huelga, la Comisión de Expertos en Aplicación de Convenios y
Recomendaciones (CEACR), un comité compuesto por expertos independientes encargado de supervisar
el cumplimiento de los convenios de la OIT por parte de los Estados miembros, ha mantenido la posición
de que el derecho de huelga es corolario indisociable del derecho de sindicación reconocido y protegido
por el Convenio núm. 87.

En la Conferencia Internacional del Trabajo de 2012, el Grupo de Empleadores de la OIT, junto con
algunos gobiernos, cuestionaron que el Convenio núm. 87 de la OIT protegiera el derecho de huelga.

Defienden que el Convenio núm. 87 no contiene ninguna disposición cuyo significado ordinario o literal
implique la existencia de un derecho de huelga, ya que la intención de los redactores era claramente no
incluirlo. Además, se opone a la aceptación por parte de la CEACR de un derecho de huelga universal,
explícito y detallado y a los intentos de la Comisión de producir nueva “jurisprudencia” a pesar de
carecer de poder legislativo o de autoridad para emitir dictámenes vinculantes sobre la aplicación de las
leyes y reglamentos nacionales. Esta situación ha provocado una década de bloqueo respecto a este
derecho en la CEACR.  SEGUIR LEYENDO

Las altas tasas de desempleo juvenil dejan “cicatrices a futuro” y reproducen la desigualdad en el país. Escribe Lucía Barrios, en La Diaria. 30.10.2025

Las altas tasas de desempleo juvenil dejan “cicatrices a futuro” y reproducen la desigualdad
en el país. Escribe Lucía Barrios, en La Diaria / Actividad económica. Publicado el 30 de
octubre de 2025
“Expertos consultados por la diaria alertaron sobre el riesgo de una generación atrapada en
empleos precarios y con baja movilidad social. Asimismo, sostuvieron que el país enfrenta un
problema estructural que requiere políticas en materia de educación, capacitación e inclusión
laboral.
Los altos niveles de desempleo juvenil triplican el promedio nacional en Uruguay y lo posicionan como el
país con la tasa más alta en la región. Esta situación, a la que calificaron de grave, es un reflejo de la
deserción escolar y funciona como un reproductor de desigualdades sociales, explicaron economistas
consultados por la diaria.
Los especialistas advirtieron que el desempleo juvenil no es una situación pasajera, ya que las
“cicatrices” que deja este fenómeno son profundas y marcan a miles de jóvenes en su transición hacia el
mercado laboral.
A esto se agrega que el desempleo juvenil no pega a todos por igual, ya que son los jóvenes de los
hogares más vulnerables los que terminan saliéndose del sistema educativo y, de esta manera, pierden
oportunidades de acceder a trabajos de calidad. “Quienes logran encontrar empleo lo hacen en
condiciones precarias y de informalidad, lo que genera una “trampa de bajos ingresos y limita la
movilidad social”, indicaron los expertos. SEGUIR LEYENDO

Ilustración: Luciana Peinado

Cuando la formación es tiempo de trabajo: a propósito de la STS del 09.09.2025. Miguel A. Garrido Palacios, en El Foro de Labos, 28.10.2025

Cuando la formación es tiempo de trabajo: a propósito de la STS del 09.09.2025. Miguel A.
Garrido Palacios, en El Foro de Labos, 28.10.2025

“El objeto del presente comentario es abordar el procedimiento sobre conflicto colectivo
seguido en primera instancia ante la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional, autos
171/2023, y resuelto finalmente en casación por la Sala Cuarta del Tribunal Supremo. La
importancia de este asunto radica en reflexionar sobre si las renovaciones de los certificados
para el personal de la mar sobre formación en seguridad, actuación ante incendios y rescate,
deben ser considerados tiempo de trabajo. Es una renovación necesaria para poder seguir
embarcándose y dar cumplimiento al contrato de trabajo.

El conflicto afecta a un colectivo como el personal de flota del Ente Público Salvamento
Marítimo que son un ejemplo de servicio público al encontrarse a disposición y actuando con
la máxima diligencia para evitar y luchar contra las catástrofes en el mar, como las crisis
humanitarias y migratorias, que se dan con frecuencia en nuestras costas.

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Los derechos sociales en la Constitución de la Provincia de Santa Fé.  Aportes al debate constitucional.  Director: Francisco Iturraspe.  Ed. Librería Cívica, Julio 2025

Recibimos para su difusión / Acceso libre
Los derechos sociales en la Constitución de la Provincia de Santa Fé.  Aportes al debate
constitucional.  Director: Francisco Iturraspe.  Ed. Librería Cívica, Julio 2025

Agradecemos al Dr. Francisco Iturraspe, Director de la publicación Los derechos sociales en la
Constitución de la Provincia de Santa Fé, por compartir para difusión en nuestra página web el
acceso libre a esta obra, mediante una aplicación de lectura gratuita con todas las funciones –
Lector de documentos: https://st.deepthought.industries/vuA32i

Y también puede acceder AQUÍ directamente al documento en pdf.

 

Reino de España: ¿Cabe ignorar el mandato internacional sobre la reforma de la indemnización por despido injustificado? Escribe Antonio Baylos, 12/10/2025

En Sin Permiso
Reino de España: ¿Cabe ignorar el mandato internacional sobre la reforma de la
indemnización por despido injustificado? Escribe Antonio Baylos, 12/10/2025

“El tema de fondo proviene de la ratificación, en el 2021, por el Estado español, de la carta Social revisada y, en el 2022, del procedimiento de reclamaciones colectivas que ésta prevé y que tan solo 16 países europeos han incorporado a sus ordenamientos internos. Ambas cuestiones formaban parte del acuerdo de gobierno de coalición entre el PSOE y Unidas Podemos, y se inscribían en un proceso más amplio de acomodación del ordenamiento laboral español a la legalidad internacional, que se manifestó asimismo en la ratificación de importantes convenios de la OIT, como señaladamente el Convenio 189 sobre las trabajadoras y los trabajadores domésticos y el Convenio 190 sobre la eliminación de la violencia y del acoso en el mundo del trabajo. 

La posibilidad de entablar una reclamación colectiva fue aprovechada tanto por la UGT primero como
por CCOO después, para presentar una queja en la que entendían que el sistema de protección frente al
despido injustificado o improcedente en el sistema español, basado en una indemnización tasada
calculada sobre la base de la antigüedad del trabajador en la empresa en la que además se habían
suprimido los salarios de tramitación entre el hecho del despido y la resolución judicial, no resultaba
conforme con el art. 24 de la Carta Social Europea en cuanto no podía considerarse una indemnización
adecuada, apropiada ni desde luego disuasoria. El Comité Europeo de Derechos Sociales, siguiendo una
jurisprudencia ya muy depurada ante otras reclamaciones colectivas para los supuestos italiano, francés
y finlandés, todas ellas reaccionando ante los cambios legislativos producidos como consecuencia de las
indicaciones generalizadas por la llamada “gobernanza económica” europea, estableció finalmente la
inadecuación del sistema indemnizatorio español al estar basado exclusivamente en la antigüedad de
trabajador en la empresa, junto a otras interesantes aportaciones en materia del reconocimiento de los
salarios de tramitación y otros puntos relativos a la rescisión de contratos en las administraciones
públicas.

Estas decisiones de fondo llevaban aparejada por consiguiente la necesidad de que el Estado español
procediera a modificar la norma correspondiente. Sin embargo, a nadie se le escapa que la regulación
del despido que puso en práctica la reforma del gobierno Rajoy en el 2012, constituye un elemento central en el planteamiento neoliberal de re mercantilizar el trabajo, sometido a un elemento de coste en la transacción del mercado sobre la fuerza de trabajo, despojándolo así del valor político y
democrático con el que se integra en el marco del Estado Social garantizado en la Constitución española.
En esa condición, su regulación actual aún vigente, que abarata la indemnización, refuerza el carácter
unilateral y definitivo de la decisión empresarial y reduce las posibilidades de revertirla por el control
jurisdiccional posterior, adquiere un carácter estratégico para la representación orgánica del
empresariado, sostenido trasversalmente por un arco de fuerzas políticas que van desde la ultraderecha
de Vox y la derecha españolista extrema del PP a partidos nacionalistas, regionalistas e
independentistas, a lo que suma una parte importante de lo que se denomina el área económica de los
socialistas. La representación orgánica y corporativa de las empresas españolas, incluidas las pequeñas
empresas, han establecido el perímetro de las posibles reformas del ordenamiento laboral dentro de los
contenidos que se alcanzaron en la reforma laboral de diciembre del 2021, y con el alcance de éstos, sin
que sea admisible por tanto un cambio normativo más allá de ese conjunto de aspectos, haciendo
especial hincapié en la inamovilidad de la regulación del despido individual o colectivo, este último ya
suficientemente matizado por la introducción de la regulación temporal de empleo en el RDL 32/2021.

Esta inamovilidad del marco institucional deseada por parte del empresariado llega hasta cuestionar
incluso las modificaciones posteriores de la regulación de empleo en los desarrollos reglamentarios de
los preceptos del Estatuto, y se extiende al rechazo de cualquier otra norma laboral de ampliación de
derechos de las trabajadoras y los trabajadores de este país.

Era por tanto previsible que este firme posicionamiento político del empresariado, con arraigos muy
extendidos en el espacio político conservador, tuviera una acogida en el plano doctrinal, de manera que
apenas conocida la primera decisión de fondo del Comité Europeo de Derechos Sociales, se publicaron
intervenciones que degradaban la competencia del mismo en la interpretación de la Carta Social y
afirmaban la inaplicabilidad de esta decisión en el ordenamiento español, cuestionando el carácter
jurisdiccional de dicho órgano, por entender que la propia Carta Socia no otorgaba potestad
jurisdiccional al CEDS [1] ,  llegando a dudar incluso de la  competencia técnica del Comité y de sus
decisiones [2] .

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