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Artículo – Acceso libre: Algoritmos, negociación colectiva y actuación inspectora. Escribe Patricia Nieto Rojas, en Blog Foro de Labos, 21.10.2025

Algoritmos, negociación colectiva y actuación inspectora. Escribe Patricia Nieto Rojas, en
Blog Foro de Labos, 21.10.2025

“Indubitada la existencia de riesgos asociados con el comportamiento autónomo de la IA, la presente
entrada se centrará en los derechos reconocidos a las representaciones legales tendentes a conocer las
decisiones que toman las empresas con base en los datos de los trabajadores tratados por un algoritmo.
Este proceso participativo se enmarca en un sistema de gobernanza colectiva, «de democracia digital en
la empresa» en gráfica expresión del profesor Mercader, claramente reforzado tras la aprobación del RD
Ley 9/2021 que modifica el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el
Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre para añadir un nuevo párrafo d) a su apartado 64, en
el que se reconoce el derecho del comité de empresa a ser informado por la empresa de los parámetros,
reglas e instrucciones en los que se basan los algoritmos o sistemas de inteligencia artificial que afectan
a la toma de decisiones que pueden incidir en las condiciones de trabajo, el acceso y mantenimiento del
empleo, incluida la elaboración de perfiles. Con ello se pretende que los representantes puedan
conocer, aunque sea a posteriori, la lógica del algoritmo, las reglas e instrucciones que lo rigen y que
derivan en la toma de una determinada decisión de carácter laboral, para que así puedan realizar mejor
su función de representación de los intereses.  A este respecto, la Guía informativa del Ministerio de
Trabajo entiende que dichos términos deben interpretarse como la obligación de la empresa de
proporcionar información referente a: (a) las variables y los parámetros, entendidos como la
importancia relativa de cada variable en el algoritmo; y (b) las reglas e instrucciones, referentes a las
reglas de programación que conducen a la toma de la decisión. En esencia, la referencia conjunta a
«parámetros, reglas e instrucciones» debe entenderse referida a la lógica, a las características de
funcionamiento del algoritmo y a sus consecuencias. Es decir, se deberá dar una información lo más
detallada y amplia posible de decisiones tanto automatizadas como no automatizadas que puedan
afectar a materias de índole laboral en sentido amplio.

Habida cuenta que la previsión estatutaria hace referencia a parámetros, reglas e instrucciones en los
que se basan los algoritmos o sistemas de inteligencia artificial, dicha amplitud respecto al alcance
requerirá el manejo de un elevado volumen de información por parte de la representación legal que se
debiera concretar no solo en los datos utilizados sino, especialmente, sobre la lógica del proceso de
decisiones, esto es, del objetivo pretendido y su impacto, incluyendo los sistemas de validación que
respaldan las decisiones adoptadas.

Los derechos colectivos de información respecto a estos sistemas se han visto notablemente reforzados
con la aprobación, tras múltiples avatares de la Directiva sobre la mejora de las condiciones de trabajo
en las plataformas de trabajo, que ha optado por reconocer a la representación legal el derecho a
conocer el funcionamiento de los algoritmos, introduciendo el derecho a la transparencia de estos .
En lo que hace al tratamiento negocial de estos sistemas, cabe advertir, en primer lugar, de la tibieza
con la que los negociadores sociales han atendido esta llamada como ya advirtiese el profesor Pérez del
Prado en este mismo Foro. En demasiadas ocasiones, los agentes sociales han regulado los algoritmos
como si se tratara de una realidad externa a la empresa. Así, estos solo existen en su relación con sus
clientes, pero no parece que se apliquen en las relaciones laborales intra empresarial. Un mayor interés
presentan los textos que regulan convencionalmente estos sistemas de forma activa, de manera que los
instrumentos clasificados en este conjunto sí contienen una regulación del algoritmo aplicable a las
relaciones laborales en la empresa, pero esta es de contenido muy sencillo hasta el punto de que el
algoritmo puede aparecer incluso publicado en la norma para general conocimiento y son casi
minoritarios los convenios que tratan estos sistemas de forma exhaustiva, esto es, aquellos que acogen
una ordenación del algoritmo con una doble perspectiva: de un lado, desde los derechos de los propios
trabajadores en su relación con el algoritmo y, de otro lado, estableciendo garantías en favor de la
representación de los trabajadores frente al mismo.

Para tratar de disciplinar la negociación colectiva algorítmica, la Guía sobre Derechos Digitales, editada
por CCOO insta a incorporar en los convenios cláusulas que proporcionen a la representación legal de las
personas trabajadoras información escrita sobre la naturaleza de los algoritmos, los factores
económicos, financieros o técnicos que justifiquen su uso, la naturaleza de las consecuencias sociales de
esta tecnología y los períodos de aplicación de estos sistemas, fijando algún tipo de periodicidad del
deber empresarial. Al tiempo la guía promueve crear un registro de algoritmos en la empresa que
especifique el tipo de algoritmos que utiliza la empresa, sus funciones y posible repercusión laboral. Se
propone igualmente que la representación legal de las personas trabajadoras pudiera ser consultada por
la empresa respecto a la incorporación de tecnología algorítmica en la empresa, funciones y repercusión
laboral e, incluso de manera más incisiva, se contempla limitar el uso de los algoritmos en la gestión de
las relaciones laborales. En un punto más matizado, se valora exigir el cumplimiento del principio de
proporcionalidad, aplicando un triple test (idoneidad, necesidad y proporcionalidad en sentido estricto)
para aplicar dicha tecnología y se recuerda la necesidad de prohibir el uso de la inteligencia artificial
durante las situaciones de huelga en la empresa cuando dicha tecnología pudiera sustituir a las personas
trabajadoras que han ejercicio el derecho de huelga (v.gr. esquirolaje virtual o tecnológico). El escenario
óptimo es que, a través de la autonomía colectiva, se garantice la información a la representación legal,
con carácter previo, a la puesta en marcha de cualquier sistema de IA o decisión automatizada con
efectos laborales, tratando pactar en el convenio colectivo aplicable un derecho de consulta sobre estos
instrumentos. SEGUIR LEYENDO

Red Espacio de Trabajo – UdelaR: II Jornada latinoamericana de la Red Espacio de Trabajo : Plataformas digitales – Salud laboral. 30 de octubre 2025 en Aula Magna, FIC – Montevideo.

II Jornada latinoamericana de la Red Espacio de Trabajo : Plataformas digitales – Salud laboral.
30 de octubre 2025, hora 9.00, en Aula Magna, FIC . San Salvador 1944 esq. Juan Jackson – Montevideo.
IR A FORMULARIO DE INSCRIPCIÓN

PROGRAMA

 

Videos: OIT lanza campaña de comunicación «Esto es justicia social» previo a la segunda Cumbre Mundial sobre Desarrollo Social. 16.10.2025

La OIT lanza la campaña “Esto es justicia social”

La campaña representa la segunda fase de campaña de la OIT en favor de la justicia social y el
trabajo decente, de cara a la Segunda Cumbre Mundial para el Desarrollo Social, que se
celebrará en noviembre.

16 de octubre de 2025
GINEBRA (OIT Noticias) – La Organización Internacional del Trabajo (OIT) lanzó la campaña “Esto es
justicia social”, con una serie de vídeos en redes sociales que muestran el impacto de la justicia social en
la vida de trabajadores, empleadores y comunidades.

La campaña destaca el papel central de la justicia social en el trabajo decente y en el cumplimiento de
los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), antes de la próxima Segunda Cumbre Mundial para el
Desarrollo Social (CMDS), que tendrá lugar en Doha del 4 al 6 de noviembre de 2025.
La primera historia presenta a Gjergj Leqejza, dueño de una empresa que decidió quedarse en su
Albania natal, a pesar de décadas de desafíos económicos, y construir un negocio textil basado en
empleos decentes, apoyo comunitario y justicia social.

La historia de Gjergj forma parte de una serie que incluye vídeos sobre un agricultor de Bangladesh, una
jefa de equipo en un proyecto de regeneración urbana sostenible en Jordania, una líder sindical en un
mega centro deportivo en Brasil, una madre trabajadora con servicio de guardería en su lugar de trabajo
en Moldavia y un hombre que pasó de vivir en la calle a ser gerente asalariado en Sudáfrica. La campaña
continuará compartiendo más historias humanas, incluyendo relatos de Colombia, Senegal y República
Dominicana.

Un nuevo vídeo se publicará cada lunes y jueves, hasta el inicio de la Cumbre Mundial.
MAYOR INFORMACIÓN Y ENLACES

Informe de referencia OIT: La situación de la justicial social: Progresos en curso. Informe OIT, setiembre 2025. Resumen ejecutivo en español

Este informe emblemático de la OIT presenta la justicia social no como un lujo, sino como un
pilar fundamental de la paz, la estabilidad, la cohesión y el desarrollo sostenible, basado en el
reconocimiento universal de los derechos humanos y laborales como esenciales para la
dignidad y la equidad.

Destaca que la justicia no fluye automáticamente del crecimiento económico, sino que debe
ser activamente buscada mediante voluntad política, reforma institucional y gobernanza
inclusiva, siendo las decisiones de política las que determinan si las transiciones conducen a
oportunidades o a la exclusión.

Basándose en entrevistas realizadas en 17 países, revela una crisis generalizada de confianza
institucional: a pesar de marcos jurídicos sólidos, muchos trabajadores reportan exclusión,
malos tratos y abandono, lo que subraya la brecha entre las protecciones formales y las
realidades vividas de la justicia.

Descargar el resumen ejecutivo en español (pdf 13 págs)

Acceda al informe completo en inglés (pdf 177 págs)

Leer el comunicado de prensa

Sobre el informe, puede ver también el blog del Dr. Eduardo Rojo Torrecilla ENLACE

Virtual, gratuito y autoguiado (español): Lanzamiento del curso virtual: Seguridad y salud en el trabajo doméstico. Webinario OIT-CIF- FITH. 28 octubre 2025

La OIT, el Centro Internacional de Formación de la OIT (CIF) en colaboración con la Federación
Internacional de Trabajadoras del Hogar (FITH) y con el apoyo del proyecto “Abriendo Puertas”
financiado por Canadá, lanzan el curso virtual “Seguridad y Salud en el Trabajo Doméstico”.
El trabajo doméstico es una fuente esencial de empleo para millones de personas,
principalmente mujeres, en América Latina y el Caribe. Sin embargo, quienes lo realizan
enfrentan riesgos laborales que a menudo no se reconocen ni previenen adecuadamente.
Les invitamos al lanzamiento del curso donde presentaremos la estructura y contenidos del
curso, escucharemos perspectivas de organizaciones de trabajadoras del hogar y de
organizaciones de empleadores, y compartiremos recomendaciones prácticas para fortalecer
la prevención de riesgos y avanzar hacia condiciones laborales más seguras y dignas en el sector del trabajo doméstico.

Fecha: martes 28 de octubre
Hora:
08:00 a.m. (Ciudad de México/San José de Costa Rica)
09:00 a.m. (Bogotá/La Paz/Lima/Panamá/Quito)
11:00 a.m. (Brasilia/Buenos Aires/Santiago de Chile)
Duración total: ~ 5 horas | Certificado digital al finalizar
Perfil: trabajadoras/es del hogar y sus organizaciones; empleadoras/es; formadoras/es y
entidades interesadas
Temario (8 módulos):

  • La Seguridad y Salud en el Trabajo
  • Compra, preparación y cocinado de alimentos
  • Aseo y limpieza general
  • Lavado, secado y planchado
  • Cuidado de personas y animales
  • Cuidado y trabajo de jardinería
  • Estrés, violencia y acoso
  • Trabajadoras/es vulnerables, alojamiento y emergencias

Seguridad y Salud en el trabajo doméstico
Autoguiado – El curso está disponible en español.

Introducción al curso
La prevención de accidentes y enfermedades laborales en el trabajo doméstico ha adquirido
una creciente importancia, impulsada por la normativa internacional —como el Convenio 189
sobre las trabajadoras y los trabajadores domésticos (2011)—, las regulaciones nacionales y el
compromiso de los interlocutores sociales del sector. En este contexto, la Oficina Internacional
del Trabajo, en colaboración con el Centro Internacional de Formación de la OIT, ha
desarrollado este curso virtual. Su propósito general es proporcionar herramientas prácticas y
medidas clave para identificar los riesgos presentes en el trabajo doméstico y adoptar acciones
efectivas para prevenirlos.

Perfil del participante
El curso está dirigido a todas las personas implicadas en la gestión de riesgos en el sector del
trabajo doméstico (trabajadores/as domésticos/as y sus representantes, trabajadores/as
domésticos/as y sus representantes, consultores y formadores de entidades públicas o
privadas positivas en el tema).

¿Qué aprenderé?
Este curso proporcionará los conocimientos y las habilidades, así como los recursos de
información, para adoptar las medidas preventivas para abordar los riesgos que enfrentan
los/as trabajadores/as del hogar y así prevenir accidentes y enfermedades del trabajo.

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Más información: itcilo.org

Informe en inglés: Informe Indicadores y métodos para medir la gobernanza eficaz en el ámbito de la administración del trabajo, OIT 08.10.2025

Informe Indicadores y métodos para medir la gobernanza eficaz en el ámbito de la administración del trabajo. OIT, 8 de octubre de 2025

La Organización Internacional del Trabajo introduce nuevos indicadores para fortalecer la administración laboral “Validada a nivel mundial, la herramienta ayuda a los gobiernos a mejorar la eficacia, la rendición de cuentas y la inclusión de acuerdo con las normas laborales internacionales.”

“Este informe se centra en la gobernanza en el ámbito de la administración laboral. Su principal
objetivo es sugerir medidas que ayuden a los actores nacionales a evaluar la eficacia de los
sistemas nacionales de administración laboral y a considerar maneras de fortalecer la capacidad y
la agilidad de la administración laboral, incluyendo a los organismos públicos pertinentes y el
diálogo social entre gobiernos, organizaciones de empleadores y sindicatos.”

“GINEBRA (OIT Noticias) – La Organización Internacional del Trabajo (OIT) ha presentado un conjunto de
indicadores para ayudar a las administraciones de trabajo a fortalecer la gobernanza y a  obtener
resultados más eficaces ante los rápidos cambios tecnológicos, demográficos y económicos que están
transformando el mundo del trabajo.

Desarrollados y validados con ministerios de trabajo de diferentes regiones, sistemas jurídicos y tradiciones
administrativas, los indicadores traducen los Principios de Gobernanza Eficaz de las Naciones Unidas en medidas concretas que abarcan no solo las actividades y los procesos, sino también los resultados y el impacto de la actividad de las administraciones laborales.

El estudio que se presenta incluye tres conjuntos de indicadores: a) indicadores de eficacia para ministerio de trabajo considerado en su conjunto; b) indicadores específicos para:la inspección del trabajo, los servicios públicos de empleo, el diálogo social y la investigación en materia laboral; c) una selección de los indicadores anteriores de cuya aplicación resulta un índice de gobernanza  de la administración laboral.
Las administraciones laborales son fundamentales para la gobernanza. Contribuyen a proteger a los trabajadores, garantizar un marco regulatorio justo para los empleadores, apoyar mercados laborales inclusivos y fomentar el diálogo, la confianza y la paz social, de conformidad con las normas internacionales del trabajo.

Para satisfacer eficazmente las crecientes demandas, las administraciones deben adaptarse a los mercados laborales cambiantes, coordinando a la vez entre ministerios y organismos. Los nuevos indicadores proporcionan un instrumento para fortalecer los sistemas de administración laboral, subsanar las deficiencias de gobernanza y mejorar su rendimiento.

Con un diseño flexible, los indicadores ayudan a los directivos de la administración laborala identificar deficiencias de gobernanza, gestionar riesgos y alinearse con las normas internacionales. No se conciben como una herramienta de evaluación autosuficiente ni para la comparación entre administraciones, sino como un complemento a otros medios de análisis.

Para apoyar su adopción, la OIT proporcionará asistencia técnica  a los gobiernos que deseen aplicar los indicadores en la práctica y reforzar la contribución de la administración laboral al desarrollo sostenible.

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La IA y el trabajo: La doble cara de la IA: una nueva frontera para el empleo de las personas con discapacidad. Jürgen Menze, OIT, 06.10.2025

Este artículo analiza cómo la inteligencia artificial puede tanto empoderar como perjudicar a las personas con discapacidad en el empleo. Destaca los esfuerzos de la Red Mundial de Empresas y Discapacidad de la OIT para promover una IA responsable e inclusiva que mejore la accesibilidad y evite los sesgos y la discriminación en el lugar de trabajo.

6 de octubre de 2025
Si bien el uso de la inteligencia artificial (IA) por parte de personas con discapacidad —por ejemplo, las
tecnologías de texto a voz o el subtitulado en tiempo real— suele tener un impacto positivo, el uso
institucional de tecnologías de recursos humanos basadas en IA —como los sistemas que filtran a personas
con rostros o patrones de habla “no estándar”— tiende a desventajar y excluir a solicitantes de empleo y
trabajadores con discapacidad. Para contribuir a la creación de mercados laborales más justos y eficientes,
los desarrolladores de IA y los compradores de herramientas de empleo impulsadas por IA deben abordar
la discriminación por motivos de discapacidad y sus repercusiones en la base de talento, la fuerza de
trabajo y la clientela de las organizaciones. La regulación de la IA debe avanzar para cerrar la actual brecha
de igualdad para las personas con discapacidad y garantizar que las herramientas de IA se apliquen de
manera no discriminatoria antes de llegar a los consumidores, lo que incluye tanto a los departamentos de
recursos humanos de los empleadores como a los consumidores con discapacidad.
El empleo de las personas con discapacidad en la economía digital mundial

Se estima que hay 1.300 millones de personas con discapacidad en el mundo, la mayoría en edad de
trabajar. Sin embargo, siete de cada diez personas con discapacidad están fuera de la fuerza laboral, en
comparación con cuatro de cada diez personas sin discapacidad. Las dimensiones interseccionales, como el
género, pueden agravar aún más la desventaja que enfrentan las personas con discapacidad, también en el
mercado laboral.¹ SEGUIR LEYENDO

Portal OIT
ENLACE A : Observatorio de la IA y el Trabajo en la Economía Digital

Serie Documento de Proyecto CEPAL: Fuentes de datos sobre las personas con discapacidad en América Latina desde un enfoque social y de derechos. Laura García, UNFPA-CEPAL. 17.09.2025

“Fuentes de datos sobre las personas con discapacidad en América Latina desde un enfoque social y de derechos”

Reseña
La visibilidad estadística de las personas con discapacidad es un elemento esencial para el diseño y la implementación de políticas públicas que contribuyan a la observancia de sus derechos con miras a alcanzar la igualdad efectiva y la inclusión de estas personas en la sociedad.

Para los países de la región ha sido un desafío permanente contar con información adecuada sobre las personas con discapacidad, que evite la sub enumeración y proporcione datos de calidad que reflejen sus condiciones de vida. Con ese propósito, en este estudio, desde un enfoque social y de derechos, se examinan los censos de población y las encuestas de hogares y se analiza en detalle la incorporación de la lista breve de preguntas sobre la discapacidad del Grupo de Washington sobre Estadísticas de la Discapacidad, destacando sus importantes potencialidades e identificando los principales desafíos que plantea en términos de homogeneidad y cobertura. Finalmente, se presentan recomendaciones orientadas a mejorar estas mediciones y fortalecer la integración del enfoque social y de derechos en los sistemas estadísticos nacionales.

DESCARGAR PUBLICACIÓN (67 págs)

Convocatoria de ponencias: II Encuentro de AULA – ALAL : “El Derecho del Trabajo ante un mundo en continua transformación. Reflexiones y Propuestas”. Montevideo, 28 y 29 noviembre 2025. Apoyan CED – FE – FCU

II Encuentro de AULA – ALAL: “El Derecho del Trabajo ante un mundo en continua transformación. Reflexiones y Propuestas. 28 y 29 de noviembre de 2025.
Apoyan CED – FE – FCU

Lugar: Espacio Colabora. Arenal Grande esq. Colonia, Montevideo
Horarios: viernes 28 de noviembre 15:00 – 19:00 / sábado 29 de noviembre 09:00 – 17:00
ENLACE AQUÍ AL PROGRAMA E INSCRIPCIONES

CONVOCATORIA DE PONENCIAS
Plazo: hasta 26 de octubre
Incluir al menos 4 palabras clave
Extensión: máximo 15 carillas
Formato: Word, Arial 12, interlineado 1,5
Normas de citación: APA + lista de referencias bibliográficas
Envío de ponencias a : contacto@aula-alal.org

Un espacio para debatir, compartir y proyectar el futuro del Derecho del Trabajo

Conversatorio: Experiencias de reducción de la jornada laboral y ordenación del tiempo de trabajo a nivel sectorial. El rol de la negociación colectiva en Uruguay. 03.10.2025

Negociación colectiva: clave en la reducción y ordenación del tiempo de trabajo en Uruguay

Presentación
Experiencias de reducción de la jornada laboral – El caso de Uruguay. Leticia Iglesias- Carolina Panizza –
Ignacio Zubillaga. 03.10.2025
ENLACE AL DOCUMENTO

OIT CONO SUR
“Un espacio de diálogo organizado por la OIT destacó cómo la negociación colectiva en Uruguay ha
permitido avanzar en la reducción y redistribución de la jornada laboral, conciliando productividad,
condiciones de trabajo y calidad de vida, en línea con los desafíos del mundo del trabajo actual.
SANTIAGO (OIT Noticias) – Hoy se realizó el conversatorio “Experiencias de reducción de la jornada laboral
y ordenación del tiempo de trabajo a nivel sectorial: el rol de la negociación colectiva en Uruguay, un
espacio de diálogo que puso en común investigación académica, experiencias sectoriales y perspectivas de
los actores sociales en torno a la regulación del tiempo de trabajo.

En la apertura se destacó que Uruguay fue pionero a nivel mundial en la limitación de la jornada laboral, con la Ley N.º5.350 de 1915, que estableció el límite de ocho horas diarias y 48 semanales, aún vigente. A lo largo del tiempo, esta base legal se ha enriquecido con nuevas normas y convenios colectivos que han permitido introducir ajustes sectoriales, modalidades especiales como el teletrabajo, y formas de redistribución de las horas de trabajo, en línea con la Constitución y los convenios internacionales de la OIT. Se destacó también el particular sistema actual de relaciones laborales del país, caracterizado por una amplia cobertura de la negociación colectiva.

Durante el conversatorio, los docentes de la Universidad de la República, Leticia Iglesias, Carolina Panizza e Ignacio Zubillaga, presentaron los resultados de un estudio que examina distintos acuerdos de reducción de jornada laboral y organización del tiempo de trabajo en el marco de convenios colectivos en el país. El análisis mostró cómo la negociación colectiva ha permitido dar respuestas diferenciadas según los sectores, de manera consensuada.

Posteriormente, representantes de empleadores y trabajadores compartieron sus experiencias y reflexiones. Ignacio Castiglioni, gerente legal de la Cámara de la Construcción del Uruguay, subrayó que “la negociación colectiva ha sido un instrumento clave para compatibilizar la necesidad de productividad de las empresas con mejores condiciones de trabajo. Estos procesos nos han permitido encontrar equilibrios que fortalecen tanto la competitividad como el bienestar de las personas trabajadoras”.

Desde la perspectiva sindical, Sergio Bracco, de la Unión Nacional de Trabajadores del Metal y Ramas Afines
(UNTMRA), señaló que “la reducción de la jornada y su ordenación es también un tema de calidad de vida, salud y tiempo para las familias. La negociación colectiva es el camino para avanzar en derechos, sin perder de vista las particularidades de cada sector productivo”.

Las especialistas de la OIT, Catarina Braga y Sonia Gontero, destacaron la relevancia de estos debates para el futuro del trabajo en la región. Subrayaron además que el caso uruguayo es un ejemplo de cómo el diálogo social puede ofrecer soluciones adaptadas y sostenibles frente a los cambios en la organización del trabajo y los nuevos desafíos de la economía.

El conversatorio evidenció que, más allá de las diferencias de enfoque, existe un reconocimiento compartido sobre la importancia de la negociación colectiva como herramienta para dar respuestas concretas a las necesidades de empresas y trabajadores, y para avanzar hacia jornadas laborales más equitativas y sostenibles.”
Enlace a Transmisión completa