Fundación Electra

TELETRABAJO: estado actual de los conocimientos. Disertación del Dr. Carlos Aníbal Rodríguez. Bs.As., 28 abril 2021.

Destacamos la disertación del Dr. Carlos Aníbal Rodríguez (experto SST), sobre:
TELETRABAJO: estado actual de los conocimientos.

En 1hr.34’ del video de la JORNADA DE CONMEMORACIÓN DEL DIA INTERNACIONAL DE LA SALUD Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO. Bs. As., 28 de abril 2021

Evento organizado conjuntamente por la Secretaría de Cultura y Educación; la Secretaría de
Organización y Capacitación Gremial; y la Secretaría de Seccionales de la Asociación Bancaria.
Contenidos:
Palabras iniciales a cargo del coordinador y maestro de ceremonias Matías Layús, Secretario de Cultura y Educación (AB).

Un minuto de silencio en recuerdo de los trabajadores muertos a causa de su trabajo y como compromiso de lucha por evitar nuevas muertes.

Disertación del Secretario General Sergio Palazzo
Presentación de logros de los Comités de Salud y Seguridad en la Provincia de Santa FE:
Nuevo Banco de Santa Fe: Brenda Contrera
Banco Columbia: Caterina Salva
Banco Hipotecario: Cecilia Cozzi
Banco MACRO: Hernán Boschi
Banco Francés BBVA: Nicolás Sciangula
Banco de Galicia: Ariel Furrer
Banco Credicoop: Oscar Zabaleta

Banco Municipal de Rosario: Alfredo Nux
Menciones sobre los informes de los Comités Mixtos de los bancos Coinag y HSBC
Disertación de la Lic. Carmen Bueno (OIT), quien expone sobre:”Anticiparse a las crisis, prepararse y responder. Invertir hoy en sistemas resilientes de SST”.
Disertación del Dr. Carlos Aníbal Rodríguez (experto SST), quien expone sobre: TELETRABAJO: estado actual de los conocimientos
Reconocimiento por el accionar en SST, y palabras de homenaje al ex gobernador santafesino Dr. Hermes Binner Cierre: video “Construção”, canción del cantante y compositor brasileño Chico Buarque, lanzada en 1971 y considerada un testimonio doloroso de las relaciones degradantes entre el capital y el trabajo  .

ENLACE AL VIDEO DE TODA LA JORNADA

En busca de los empleos perdidos en América Latina y el Caribe. Por V. Pinheiro, Director OIT Américas

 

Niños en edad escolar trabajando en una fábrica de ladrillos en Lima. EFE

 

Artículo | 7 de abril de 2021
En busca de los empleos perdidos en América Latina y el Caribe.

Por Vinícius Pinheiro, Director Regional de la OIT para América Latina y el Caribe.
Hace un año la COVID-19 aterrizó en América Latina y el Caribe provocando una crisis
de magnitud sin precedentes en el mundo del trabajo. En los días posteriores a la
declaración de pandemia por parte de la OMS en marzo de 2020, en la gran mayoría
de los países de la región se decretaron medidas de emergencia sanitaria. Las calles se
vaciaron, la actividad económica se detuvo.

En 12 meses de pandemia se produjo una contracción sin precedentes del nivel de
ocupación: más de 26 millones de empleos desaparecieron en la región de acuerdo
con datos preliminares de la OIT para todo el año 2020, representando una
disminución de casi 10% del empleo total.

En general las personas que pierden su empleo siguen en la fuerza laboral buscando
otras oportunidades y por eso figuran en las estadísticas como desocupados. En esta
crisis eso no sucedió: alrededor de 80% de los que perdieron sus empleos (equivalente
a más de 20 millones de personas) han salido de la fuerza de trabajo por la falta de
oportunidades laborales, de acuerdo con los datos recopilados para un nuevo informe
regional de OIT que saldrá a comienzos de abril.

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1 abril 2021 (ARG): Entró en vigencia la ley de Teletrabajo: en qué casos aplica y qué se le puede reclamar a las empresas

Foto Juano Tesone

Entró en vigencia la ley de Teletrabajo: en qué casos aplica y qué se le puede
reclamar a las empresas. Clarín – Tecnología, 03/04/2021

“El jueves pasado entró en vigencia la  Ley de Teletrabajo . Con  opiniones encontradas ,
algunas dudas respecto de su aplicación y nuevas normativas que intentan regular el
trabajo a distancia, estas son las claves para entenderla.
Lo primero que hay que saber es que la aplicación de la norma quedó suspendida
momentáneamente por el  Ministerio de Trabajo  en el caso de los empleados que
pasaron a home office  durante la pandemia del coronavirus.
Por supuesto, esto incluye a muchísimas personas ya que la  cuarentena  depositó a
muchos puestos de trabajo puertas adentro. Pero la ley sí entra en vigencia
para aquellos casos en los que se realizaba teletrabajo antes de marzo del año
pasado.

Pero, para los casos en los que sí se aplica, estos son los principales puntos.
Derechos

Salario. En primer lugar, la ley establece una importante cuestión salarial: el trabajador
tiene los mismos derechos y obligaciones que uno presencial, con lo cual no puede
percibir una remuneración inferior.
Desconexión digital. Esto es un tema muy sensible porque los límites entre el horario
de trabajo y personal son mucho más difusos en el trabajo remoto.
En el artículo 5 de la ley 27555 establece que el trabajador “tendrá derecho a no ser
contactado y a desconectarse de los dispositivos digitales y/o tecnologías de la
información y comunicación fuera de su jornada laboral y durante los períodos de
licencias”.
Es más: agrega luego que el empleado no podrá ser sancionado por hacer uso de este
derecho y que el empleador no podrá exigirle la realización de tareas, ni remitirle
comunicaciones, por ningún medio, fuera de la jornada laboral.

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Cronista – Argentina
1 abril 2021: Ya rige la nueva ley que regula el teletrabajo.

Ya rige la nueva ley que regula el teletrabajo. Por Julián de Diego, en
Cronista.com, 6.4.2021
La Ley de Teletrabajo Argentina Número 27.555, fue sancionada con fecha 30 de
julio 2020 y, su Decreto Reglamentario 27/2021, fue dictado con fecha 20 de enero de
2021. Su vigencia, se dispuso a partir del 1° de abril de 2021, según la resolución
54/2021 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.
De Cronista.com:
El pasado 1° de abril comenzó inexorablemente la vigencia de la Ley 27.555 de
teletrabajo, y su reglamentación a través del decreto 27/2021.
A su vez, la Resolución del Ministerio de Trabajo 142/2021 estableció que los
trabajadores afectados a la modalidad de home office donde teletrabajan desde su

domicilio y los grupos de riesgo o de las medidas que el empleador hubiera decidido
implementar en forma preventiva para minimizar los riesgos de contagio, no podrá ser
considerada como sustitutiva del acuerdo escrito que exige el artículo 7º del Régimen
Legal del Contrato de Teletrabajo como expresión de voluntad de las partes. Por lo
pronto, la norma no prorroga ni modifica la vigencia, ni posterga la aplicación efectiva
de la norma ni siquiera modifica la fecha de la firma del contrato impuesto conforme el
artículo 7 de la nueva Ley 27.555.

El hecho de que existan distintos momentos para implementar los cambios, nada tiene
que ver con la circunstancia inequívoca de que la norma rige desde el 1° de abril de
2021 para todos los habitantes y en todo el territorio nacional.
En rigor, el teletrabajo bajo la modalidad de la prestación desde el domicilio del
trabajador se originó en una causal de fuerza mayor, o sea en una circunstancia
imprevista, o que prevista no puede evitarse, (art. 1730 CCCN).

El Covid 19, en efecto fue el disparador que desencadenó la emergencia sanitaria, la
cuarentena del aislamiento, y el cierre de la economía a niveles nunca antes vistos.
Mientras subsistan los efectos de la pandemia, contagios, enfermos con atención
sanitaria específica, y eventualmente daños como el agravamiento de salud de los
infectados y eventualmente el fallecimiento, el Estado debe adoptar medidas de
prevención, los particulares deben observar medidas individuales, y las organizaciones
deben instrumentar protocolos que tienen por objeto evitar los contagios con medidas
de higiene, distanciamiento y otras complementarias, hasta que se pueda lograr una
vacunación que produzca el llamado “efecto rebaño”, y con ello que comience a
retroceder la plaga y sus nuevas cepas.

Todo este proceso sigue bajo los efectos de un contexto legal de fuerza mayor, que no
es culpa o responsabilidad de los países, de las organizaciones, ni siquiera de las
empresas, y que se convierte en una especie de enemigo público al que hay que
combatir con un ejército de médicos, enfermeras, y colaboradores, que actúan en
inferioridad de condiciones mientras las vacunas no se puedan administrar a la
mayoría de la población.

En gran medida, el home office es una consecuencia de este estado de guerra
silenciosa, que condiciona todos los actos de la vida diaria, por ser, reiteramos una
causal de fuerza mayor. Este proceso se irá degradando a medida que las medidas de
prevención sanitarias, de sanitización, de vacunación y de medicamentos que curen en
mal vayan apareciendo.

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En Blog Foro de Labos

El trabajo a distancia en la negociación colectiva: primeras experiencias
tras el RDL 28/2020. Prof. José Ma. Goerlich Peset

“El trabajo a distancia ha pasado a primera línea de actualidad como consecuencia de
la irrupción de la COVID-19 aunque, con toda probabilidad, el retorno a la normalidad
no implicará necesariamente el regreso del teletrabajo a los niveles anteriores a la
pandemia. Es muy posible, en este sentido, que esta haya ofrecido a empresas y
trabajadores la oportunidad de experimentar con esta modalidad contractual y que
unas y otros hayan visto las ventajas que presenta. Esta parece ser, desde luego, el
punto de partida de nuestro legislador que, más allá de la decisión adoptada al inicio
de la emergencia sanitaria de impulsarlo para evitar medidas laborales más
traumáticas (art.  5 RDL 8/2020, de 17 de marzo ), ha optado por aprobar una norma
para regularlo, con aspiraciones de permanencia.

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Trabajo decente: Pilar de la Nueva Constitución. Por Juan Somavía

La franja oficial, debates televisivos y programas de radio, han permitido conocer las
opiniones de las y los candidatos a la Convención Constituyente. Más de alguien
resaltó que la promoción de la dignidad del ser humano en el trabajo y su expresión
concreta en el derecho al Trabajo Decente, debe tener rango constitucional.

Por cierto, el reconocimiento y la garantía de la dignidad a partir del trabajo, se origina
en un constitucionalismo social contenido en los Convenios y Recomendaciones de la
Organización Internacional del Trabajo (creada en 1919), la Declaración Universal de
Derechos Humanos (1948), los Pactos Internacionales sobre derechos civiles, políticos,

económicos, sociales y culturales (1968), los valores del Estado de bienestar y, desde
luego, en las sostenidas luchas sociales y políticas en todos los países que, con sus
duelos, tragedias y éxitos, durante este largo proceso histórico, han logrado avanzar
progresivamente en el reconocimiento de los derechos laborales y sindicales. Camino
sobre el cual queda mucho por recorrer.

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Subcontratación de actividades productivas y estabilidad en el empleo: el replanteamiento del modelo. Opinión W. Sanguineti

La publicación del número 75 de Trabajo y Derecho, correspondiente al mes de marzo de este año,
me ha permitido profundizar en el análisis de la decisiva Sentencia del Tribunal Supremo de 29 de
diciembre de 2020, a la que tuve ocasión de referirme preliminarmente en la entrada de este blog
correspondiente al pasado 9 de enero.
A este propósito está dedicada la columna de Opinión con la que se inicia dicho número, titulada
“Subcontratación de actividades productivas y estabilidad en el empleo: el replanteamiento del
modelo”.
Son varios los aspectos de esta sentencia que en esta columna se destacan y someten a análisis.
Empezando por el diametral cambio de perspectiva a partir del cual el Tribunal Supremo aborda el
examen de la causalidad del recurso a los contratos temporales para obra o servicio determinado.

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ACCESO AL TEXTO COMPLETO DE LA OPINIÓN DE W. SANGUINETI, ASÍ COMO AL SUMARIO DE LA REVISTA TRABAJO Y DERECHO, Nº75.

Sobre TELETRABAJO Y EL DERECHO DE LOS TRABAJADORES. DIGITALIZACIÓN EN EL MUNDO LABORAL

En Eldiario.es, 15.3.21

CCOO quiere incluir el teletrabajo en los convenios colectivos para garantizar los
derechos laborales.
El sindicato subraya que las empresas y plantillas se han tenido que adaptar a este sistema “sobre la
marcha, sin experiencias previas y de manera improvisada”
Comisiones Obreras de Cantabria ha anunciado, coincidiendo con el primer aniversario del inicio del
estado de alarma que obligó a impulsar el teletrabajo, que en su hoja de ruta marcará como aspecto
prioritario la negociación de las condiciones del teletrabajo en los convenios colectivos para que se
respeten los derechos de los trabajadores y evitar así retrocesos en el derecho de igualdad.

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En CCOO / Acción sindical, 12.3.2021
UNI GLOBAL: PRINCIPIOS SINDICALES FUNDAMENTALES PARA GARANTIZAR LOS
DERECHOS DE LOS TRABAJADORES EN EL TRABAJO A DISTANCIA.
El objetivo es garantizar que esta modalidad de trabajo concilie las solicitudes de los trabajadores
de una mayor flexibilidad con la defensa de las protecciones y los derechos laborales y sindicales. El
trabajo a distancia puede implicar cambios significativos en las condiciones de empleo, y las normas
sobre el trabajo a distancia deberían ser un tema obligatorio de la negociación colectiva.
Aunque en algunos convenios colectivos y jurisdicciones nacionales del mundo ya se han incorporado
algunos de estos principios, siguen existiendo lagunas evidentes en las normas y reglamentos en
todos los niveles que deben abordarse antes de que el trabajo a distancia esté más generalizado y se
implante de forma permanente.

El secretario general de CCOO Servicios intervino en la conferencia telemática de presentación,
informando de situación y novedades en España en esta materia, fundamentalmente la aprobación
del  Real Decreto-ley 28/2020, de 22 de septiembre, de trabajo a distancia. También destacó los
importantes acuerdos que ya se van alcanzando en el marco de la negociación colectiva, desde el
pionero alcanzado en su momento en AXA hasta el más reciente en el convenio colectivo de banca.
ACCESO AL DOCUMENTO DE UNI GLOBAL (14 págs)


En Eldiario.es, 10.3.21
Acuerdo sobre teletrabajo para empleo público: la Junta amplía hasta el 50% el
mínimo de jornada mensual

ENLACE AL ARTÍCULO


En Transforma e-Work, Blog 15.3.21
Acuerdo Nacional Interprofesional de 26 de noviembre de 2020 para una exitosa
implementación del teletrabajo: entre estabilidad y avances.
Loïc Lerouge. Directeur de recherche au CNRS. COMPTRASEC UMR 5114. CNRS-Université de Bordeaux.
A la vista del desarrollo de las tecnologías de la información y de la comunicación (TIC) que ha facilitado
enormemente la aceleración del teletrabajo a lo largo de los últimos veinte años, y la crisis del COVID-19 que
ha supuesto a fortiori un impulso mucho mayor, los interlocutores sociales franceses han considerado
necesaria la transposición del Acuerdo Marco Europeo sobre la digitalización del trabajo de 20 de junio de
2020. Así, el Acuerdo Nacional Interprofesional (ANI) de 26 de noviembre de 2020 para una exitosa
implementación del teletrabajo, ha transcrito al derecho francés los puntos 2, 3 y 4 del contenido del Acuerdo Marco Europeo.
Este ANI es continuación del de 19 de julio de 2005 relativo al teletrabajo que transponía el Acuerdo Marco
Europeo del mismo nombre de 16 de julio de 2002 y al de 28 de febrero de 2020 que contiene diversas
orientaciones a los empleados directivos en relación al teletrabajo. El ANI de 26 de noviembre de 2020 debía, por tanto, diferenciarse de los acuerdos precedentes para evitar las reiteraciones, pero también para marcar una progresión en la protección de la salud de los trabajadores en materia de teletrabajo, en un contexto excepcional vinculado a la pandemia, que ha desarrollado de manera masiva para hacerle frente el recurso al trabajo a distancia.

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En CCOO (España), 10.3.2021
Acuerdo marco europeo de los interlocutores sociales sobre digitalización
Este acuerdo autónomo ha sido acordado por los interlocutores sociales intersectoriales europeos y
se aplica a toda la UE, con el objetivo de optimizar los beneficios y hacer frente a los retos de la
digitalización en el mundo laboral. Abarca a todos los trabajadores y empleadores de los sectores
público y privado y de todas las actividades económicas, incluidas las actividades que utilizan
plataformas digitales en las que existe una relación laboral, según se defina a nivel nacional.
SEGUIR LEYENDO Y ACCESO AL ACUERDO (25 págs.)


 

De 33 horas a siete minutos: ¿cuánto hay que trabajar para pagar Internet? M. Mena Roa, 25.2.21

 

 

25 feb. 2021

Un  estudio  realizado por el proveedor de VPN Surfshark revela que el Internet menos asequible del
planeta suele ser también el peor. Según dicho análisis, los nigerianos tendrían que trabajar más de
33 horas al mes con un sueldo medio para poder pagar el contrato de banda ancha mensual más
barato disponible en el país. Esto es así a pesar de que Nigeria tiene la tercera peor velocidad de las
conexiones de banda ancha y la quinta menos fiable en el estudio que analiza 85 países.

Un  estudio  realizado por el proveedor de VPN Surfshark revela que el Internet menos asequible del
planeta suele ser también el peor. Según dicho análisis, los nigerianos tendrían que trabajar más de 33
horas al mes con un sueldo medio para poder pagar el contrato de banda ancha mensual más barato
disponible en el país. Esto es así a pesar de que Nigeria tiene la tercera peor velocidad de las conexiones
de banda ancha y la quinta menos fiable en el estudio que analiza 85 países.

Aunque los altos precios para un servicio deficiente parecen contradictorios a primera vista, el
desequilibrio puede explicarse por la escasa infraestructura y los menores índices de  penetración de

Internet en algunos países , que se traducen en un coste más elevado para un producto que aún no está
totalmente maduro.

De entre los  países latinoamericanos  presentes en el estudio, Colombia es el menos asequible de la
región, ya que se requieren más de once horas de trabajo con un sueldo medio para obtener un mes de
Internet de banda ancha. Sin embargo, en la región también hay países que están por debajo del tiempo
medio mundial para pagar la conexión a Internet de banda ancha más económica, que es de tres horas y
48 minutos mensuales. Sería el caso de Argentina (2h 28min) y Paraguay (1h 15min).

También se pueden encontrar conexiones a Internet muy asequibles y fiables en Canadá, Israel y varios
países de Europa. Montenegro destaca como el país con el Internet menos asequible de Europa, con un
precio equivalente a siete horas y cuatro minutos de trabajo.  En España , el precio es el equivalente a
una hora y 33 minutos de trabajo.

Enlace

Italia obliga a regularizar como asalariados a 60.000 ‘riders’

En El Diario (España)

Roma, 24 feb (EFE).- La Justicia italiana ha obligado hoy a las plataformas de entrega a domicilio
Glovo, JustEat y Deliveroo y Uber Eats a que regularicen como asalariados a 60.000 repartidores -los
conocidos como “riders”- y les ha multado con el pago de 700 millones de euros.
Estas empresas tienen ahora 90 días para cumplir con la ley y si lo hacen podrán reducir en un
cuarto el monto de la sanción.

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El debate por la edad de retiro, la revolución tecnológica y sus efectos sobre los trabajadores séniores. M.da Silva, La Diaria

El debate por la edad de retiro, la revolución tecnológica y sus efectos sobre los
trabajadores séniores. Escribe Mathías da Silva, en La Diaria (Uruguay), 22 febrero 2021

Un estudio indagó en las consecuencias de subir la edad jubilatoria y advirtió una posible
“precarización” de los empleos para los trabajadores más añosos.

Cuando se realizó la última reforma del sistema previsional, en 1996, presumiblemente pocas personas en
Uruguay sabían lo que era un celular. Ese año había sido lanzado en los grandes mercados del mundo el
primer modelo que se volvería masivo, el Startac de Motorola, una empresa pionera que luego cayó en
desgracia. Fue comprada por Google y después por Lenovo, un conglomerado chino del sector tecnológico
–una historia que podría ser símbolo de esta nueva era–.

Hoy en día, mientras funciona el comité de expertos convocado por el gobierno para elaborar una reforma
del sistema de jubilaciones, los celulares son una cosa muy distinta a la que eran y superan en cantidad al
número de habitantes que tenemos –hay más de cinco millones de móviles–. La transformación, por
supuesto, no se limita a estos aparatos. La inteligencia artificial, la robótica, el internet de las cosas por redes 5G, la relevancia de los datos o las plataformas que nuclean a miles de socios… ¿o empleados? –al listado de fallos internacionales se sumó Gran Bretaña, que decretó que los conductores de Uber son empleados– avanzan cada vez más, mientras transforman todos los aspectos de nuestra vida cotidiana.
Lógicamente, existe una relación directa entre los sistemas de pensiones y los mercados laborales. Un país
con alta informalidad tendrá más dificultades para evitar que sus adultos mayores caigan en la pobreza y un mundo más automatizado generará más complicaciones para que los trabajadores financien sus jubilaciones.

En el marco de una reforma de las jubilaciones, las realidades laborales y los procesos en torno a los
trabajadores deben ser atendidos como una variable más dentro de tantas otras.
Este es el punto que desarrolla un reciente informe de la Asesoría General en Seguridad Social del Banco de Previsión Social (BPS), titulado “Aumento en la edad de retiro en un contexto de cambio tecnológico” y
facilitado a la diaria por el director del BPS, Ramón Ruíz, representante de los trabajadores.

El estudio hecho por dos economistas, Micaela Antúnez y Félix Bellomo, “pretende teorizar sobre los
posibles efectos en el mercado de trabajo de una modificación en la edad mínima necesaria para acceder a
la jubilación común –edad de retiro–, en un contexto de cambio tecnológico, obviando al resto de las
variables pasibles de ser modificadas”. Los autores buscan responder varias preguntas: ¿postergar el retiro
afecta a los más jóvenes que están ingresando al mercado de trabajo?, ¿los mayores (llamados senior por los autores) podrán permanecer trabajando en un contexto dinámico que tendrá a la tecnología como factor predominante?

Dos datos de contexto. Primero, en Uruguay la edad mínima legal para jubilarse es 60 años con 30 años de
trabajo formal, aunque hay subsistemas con excepciones y actividades que tienen bonificaciones –por cada
tres años se computa uno más, por ejemplo–. Segundo, de acuerdo con los datos del BPS, la edad promedio
a la que las personas pasan de activas a pasivas fue 62,5 años en 2019.

Por otra parte, con miras a futuro y con base en proyecciones del organismo, “se espera que el volumen de
personas mayores continúe aumentando y que la población en edades jóvenes se reduzca
progresivamente”. La proximidad del final del bono demográfico y el comienzo de un período caracterizado
por más pasivos que activos son algunos de los principales argumentos entre quienes defienden la suba de la edad de retiro.

Esta medida, según señala el estudio, supone lograr “un doble efecto que impacte a nivel financiero” en el
sistema previsional. Por un lado, postergar la jubilación “reduce el tiempo durante el cual se brinda la
prestación, lo que podría significar, de no modificarse el monto del beneficio, un alivio para las arcas del
Estado”. Por el otro, “la permanencia de los trabajadores en el mercado laboral podría traducirse en un
aumento de la recaudación”. Sin embargo, lo anterior se sustenta sobre la base de que los trabajadores
mayores “logren mantenerse en el mercado de trabajo y lo hagan en el ámbito formal”. Y esto es algo que
no parece sencillo de lograr.

El futuro del trabajo y el presente de los trabajadores
La predominancia cada vez mayor de la tecnología en los procesos de producción desató la “deslocalización” de muchos empleos: “actualmente los países exportan trabajo calificado sin necesidad de que los individuos se trasladen físicamente”. Esto, sumado al creciente desplazamiento de trabajo por tecnología en múltiples ocupaciones y tareas, genera alarma en torno a las posibilidades de que se produzca una “pérdida neta de empleos”. Esto no ha ocurrido en el pasado. Sin embargo, la revolución industrial que estamos atravesando actualmente es inherentemente distinta a las del pasado: la tecnología avanza sobre campos que hace décadas eran impensados, como el cognitivo.

En este contexto, dicen los autores, “se torna sustantivo preguntarnos cómo se encuentran posicionados los
trabajadores uruguayos para enfrentar estos nuevos desafíos, cómo impactará esto en la demanda de
trabajo, qué habilidades serán necesarias en el futuro y cómo esto afectará la cobertura en seguridad social”.

Según destacan los autores, “en los últimos años, las habilidades cognitivas, de servicio al cliente y las
habilidades complejas de resolución de problemas, así como la formación continua, se han vuelto más
importantes a la hora de encontrar un empleo”. A su entender, el futuro sería auspicioso “para empleados
con excelente conocimiento en las áreas de educación, salud y comunicaciones”, mientras que “quienes
poseen menor calificación podrían insertarse en áreas que requieran competencias artesanales y
psicomotoras como los cuidados, el trabajo doméstico, la cocina, la peluquería, etcétera”.

A la luz de lo anterior, los economistas intentan estimar cuál es el grado de exposición de los trabajadores
uruguayos a los procesos de automatización y señalan que el proceso de sustitución de habilidades ya tiene
impactos en nuestro mercado laboral: “En Uruguay las tareas tienden a ser cada vez más cognitivas y menos manuales y a desarrollarse en menor medida en forma rutinaria. Esto se explica principalmente por el movimiento del empleo entre sectores, desde los que requieren ocupaciones más intensivas en tareas
manuales hacia los que poseen mayor presencia de ocupaciones intensivas en tareas cognitivas”.

Según un estudio del tema realizado en 2017 por el Banco Mundial, los factores principales que incrementan el riesgo de desempleo en el nuevo mundo tecnológico –en especial para los trabajadores de mayor edad– son la capacidad de adaptación a los cambios y el nivel de formación. En esa línea, un estudio del Centro de Investigaciones Económicas (Cinve) realizado en 2019 concluyó que “en Uruguay la probabilidad de automatización de las ocupaciones disminuye a medida que el nivel educativo alcanzado se incrementa y que las ocupaciones desempeñadas por trabajadores con educación terciaria completa muestran un significativo menor riesgo de automatización”.

Ante esta situación cobra más fuerza la interrogante sobre qué pasará con los trabajadores mayores de 60
años ante una eventual suba de la edad de retiro jubilatorio, dado que “deberán enfrentar la dificultad de
adecuarse a las nuevas exigencias del mercado a la vez que no podrán contar con la posibilidad de jubilarse
hasta cumplir los nuevos requisitos para el retiro”.

Por este motivo, los autores estudiaron el riesgo de automatización de dos grupos etarios: quienes tienen
entre 20 y 29 años y quienes tienen entre 50 y 59 años. Esto bajo los supuestos de que los trabajadores
séniores serían “los primeros alcanzados por la modificación de la reforma” –aunque frente a los cambios en las condiciones jubilatorias suelen definirse períodos de transición– y de que los jóvenes actuales “exhibirán similares características” a la generación que tiene hoy entre diez y 19 años –que ingresará al mercado laboral cuando el grupo de mayor edad esté próximo al retiro–.

Al comparar la evolución de las tasas de empleo de estos subgrupos se observa que “hasta 2014 las
tendencias no presentan grandes variaciones, pero a partir de ese año sus trayectorias comienzan a
diferenciarse: mientras que la tasa de empleo entre los trabajadores de entre 50 y 59 años se mantuvo casi
constante entre 2014 y 2019, los trabajadores de 20 a 29 años muestran una caída de aproximadamente 6
puntos porcentuales”. Esto debe interpretarse dentro de un contexto internacional signado por la caída del
empleo juvenil y como parte de un sistema en el que intervienen un montón de otras variables.

Por ejemplo, un estudio realizado por el Instituto de Economía de la Universidad de la República en 2018
mostró que en los 15 años que se extienden entre 1991 y 2016, la proporción de jóvenes de entre 16 y 24
años que se dedica exclusivamente a estudiar creció de 37% a 47% y que el nivel de quienes sólo trabajan en
esas edades se redujo de 35% a 27%.
“El incremento de la edad promedio de los trabajadores en su primera experiencia laboral” refuerza esta
tendencia, que los autores asocian a la prioridad dada a la capacitación “en busca de un mayor conocimiento que les permita adaptarse a los cambios que se transitan en la actualidad”. Más allá de esto, no dejan de lado que en Uruguay “persisten las dificultades en la inserción laboral de los jóvenes”.

Con posterioridad, el informe realizado por los técnicos del BPS indaga en tres factores que determinan el
grado de exposición a la automatización e influyen en los dos grupos analizados: el nivel educativo, la
ocupación y la rama de actividad. Para lo primero, tomaron como base los criterios de un estudio del Cinve y la información de la Encuesta Continua de Hogares 2019, a efectos de construir “un indicador sintético del grado de exposición al desempleo tecnológico en relación al nivel educativo de cada cohorte etaria”.

De acuerdo con esta metodología, quienes tienen entre 50 y 59 años exhiben “un grado alto de exposición al riesgo de automatización en casi un 70% de su población” y quienes pertenecen al grupo de los jóvenes
muestran “un grado de exposición más bajo, registrando nivel de riesgo alto para menos de un 57% de su
población”. Esto último, según se presume, debería bajar porque “gran parte de la población más joven se
encuentra cursando estudios terciarios” –son más de 86.000 según datos de 2019, 17,4% de la población
total dentro de esas edades–.

En lo que refiere a la ocupación, los autores pusieron el foco en el tipo de ocupación que realizan los activos
de cada grupo etario analizado, tomando como referencia la clasificación que realizó la Oficina de
Planeamiento y Presupuesto sobre el riesgo de automatización de las distintas tareas requeridas por el
mercado laboral. El sector con mayor riesgo es el de las tareas de apoyo administrativo –cadetes, secretarios, atención al cliente, entre otros–, donde trabajan más jóvenes que séniores, aunque en las tres
categorías de empleos que le siguen tienen mayor peso relativo los mayores de 50 años: tareas
agropecuarias, tareas pesqueras y tareas de operadores de instalaciones, máquinas, ensambladores.

Pese a lo observado, “el peso relativo de los jóvenes es mayor al del promedio total de ocupados” en varias de las categorías mencionadas, por lo que “no es tan lineal deducir cuál de los dos grupos [etarios] presenta
mayores amenazas o dificultades a futuro”.

Para la tercera dimensión –rama de actividad– se tomaron las seis ramas de actividad que más empleo
aportan dentro de las clasificadas como más expuestas a la automatización y se analizó si existe una
subrepresentación o una sobrerrepresentación de los jóvenes o séniores respecto del nivel general de toda
la masa de trabajadores. El resultado fue que “los ocupados más jóvenes muestran una significativa mayor
exposición a los cambios esperados a partir de la automatización en Comercio al por mayor y al por menor y en Actividades administrativas y servicios de apoyo” y que los ocupados de entre 50 y 59 años muestran
niveles por encima del promedio solamente en el sector Transporte y almacenamiento.

De estos datos surge que “los trabajadores jóvenes y los próximos a jubilarse muestran posiciones
diferenciadas en los sectores con mayor riesgo, denotando cierto nivel de complementariedad”. Es decir
que, mientras los jóvenes trabajan en sectores más expuestos a la automatización, también tienen mayor
grado de capacitación que los séniores –en muchos casos se puede suponer que ingresan al mercado en
tareas administrativas para luego volcarse hacia las áreas que están estudiando– y un desarrollo de
habilidades que podrían protegerlos de los impactos de la tecnología.

La reforma y sus efectos
De resolverse un aumento de la edad de retiro en el marco de la reforma previsional que se viene, cabría
esperar “como efecto principal la ampliación de la oferta de mano de obra”. Si este proceso “no se ve
acompañado de un incremento en la demanda de trabajo, es de esperar un mayor nivel de desempleo y un
ajuste a la baja en salarios, en un escenario donde el trabajador deberá competir no solo con sus pares sino
también con el proceso de automatización tanto para obtener, como para conservar su empleo”. Por eso, “la reforma de la seguridad social que se encuentra bajo estudio se constituye como un factor sustantivo que, sin dudas, puede dar lugar a una multiplicidad de efectos en el mercado de trabajo”.
El informe menciona que en los países que elevaron su edad mínima jubilatoria “no hay evidencia empírica
hasta el momento que confirme un efecto directo” entre la medida y un aumento del desempleo juvenil.
Incluso, hay quienes creen que una mayor vida activa generaría una demanda laboral creciente en sectores
como los cuidados, la alimentación y el transporte.

Para la realidad uruguaya los autores auguran “un escenario más prometedor” para los jóvenes: “se
desarrollan mayormente en ocupaciones con tareas cognitivas, donde se espera un incremento en lasremuneraciones”, y como “las proyecciones demográficas dan cuenta de una reducción en la cantidad de
jóvenes a largo plazo” se “relativiza el posible impacto sobre el empleo juvenil ante un corrimiento de la
edad jubilatoria”. Igualmente, consideran “esperable que las dificultades para obtener empleo persistan”.
Para el otro subgrupo estudiado, los trabajadores séniores, el futuro luce más desafiante: podrían “atravesar mayores dificultades a la hora de adaptarse a las nuevas exigencias del mercado […] dado el rápido crecimiento en la importancia relativa de las tareas cognitivas no rutinarias”. Como resultado, un posible efecto es que “la disminución en su nivel relativo de productividad”, en especial en comparación con las nuevas generaciones, “los exponga a la precariedad laboral, afectando su historia laboral a través de la informalidad o la reducción salarial”.

Asociado a estos procesos, se mencionan dos fenómenos internacionales. Primero, en Japón ocurrió que “las empresas recortaron los salarios de los trabajadores de edad avanzada, lo suficiente como para absorber el aumento de la oferta laboral”. Segundo, en varios países se observó “una nueva tendencia, la contratación de personas mayores para empleos operativos tradicionalmente ejercidos por los jóvenes (repartidores, telefonistas, ayudantes de cocina, limpiadores o guardias de seguridad)”.

Estas áreas, si bien pueden presentar una oportunidad de trabajo para personas poco calificadas, “se han
caracterizado históricamente por presentar mayores niveles de informalidad y precarización”. Y si se piensa en el “doble efecto” perseguido al subir la edad de retiro, resulta “fundamental que la generación de empleo se encuentre dentro del mercado formal, garantizando la afluencia de nuevos recursos al sistema”, lo que parece poco claro en el escenario futuro trazado.

Ante esto, los autores se preguntan si “las expectativas colocadas sobre la modificación” de la edad de
retiro, “tanto en lo que hace al aumento de la recaudación como a la disminución de las erogaciones, podrán satisfacerse o resultarán en nuevas exigencias para el sistema de seguridad social”. A su vez, la literatura internacional citada concluye que para que el incremento de la edad jubilatoria logre los objetivos deseados debe estar acompañado de políticas de empleo para la reconversión de los trabajadores más añosos. No hay una solución universal. Las políticas dependen de la realidad de cada país, pero deben apuntar a combatir el desempleo, la precarización y los estereotipos sobre el envejecimiento.

A modo de corolario, Antúnez y Bellomo resaltan que “la sostenibilidad del sistema depende no solo de la
capacidad que tengamos de equilibrarlo con el cambio demográfico sino también con las transformaciones
económicas y sociales que la cuarta revolución industrial ha desencadenado”.

 

Foto: Alessandro Maradei

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Qué hace la universidad para que sus estudiantes encuentren trabajo

en El País / Educación, 6.02.1921

Qué hace la universidad para que sus estudiantes encuentren trabajo. Escribe
Javeir A. Fernández,
Los centros de educación superior se enfrentan al reto de alinear sus planes de
estudio con las necesidades de las empresas y la sociedad para dotar de
empleabilidad a sus alumnos en un mercado que demanda perfiles más tecnológicos.

Entre lo que un estudiante aprende en la universidad y lo que se le pide cuando se
incorpora al mundo laboral hay, en algunos casos, un abismo. Suele ser la crítica
habitual que se hace a la educación superior y que se traduce en empresas que no
consiguen cubrir vacantes con profesionales adecuados para desempeñar esos
puestos.

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En elDiario.es, 29.01.21
La automatización de las sanciones de la Inspección de Trabajo ha levantado polémica

La automatización de las sanciones de la Inspección de Trabajo ha
levantado polémica. Por Laura Olías, en El Diario (España) 29 de enero
de 2021.

En los últimos años, la Inspección de Trabajo ha logrado que miles de empresas
regularizaran contratos temporales y parciales fraudulentos sin siquiera poner un pie
en las compañías. Solo con el envío de cartas informativas, que advertían a los

empleadores de las presuntas irregularidades. ¿Cómo se habían detectado? Gracias al
cruce masivo de datos, en campañas programadas tecnológicamente. Si las empresas
no reaccionaban, entraba en juego el personal de la Inspección, para comprobar y
hacer cumplir la normativa. Ahora, el Gobierno ha dado un paso más y ha validado las
actas de infracción automatizadas. Es decir,  el propio algoritmo propondrá
directamente la sanción a la compañía . La novedad amplía los recursos de la
Inspección, pero también inquieta a parte de su personal. Y a los empresarios.

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