Tomado del Blog personal de Carlos Rodríguez-Piñero Royo – 23 enero, 2023
LA DOCENCIA DEL DERECHO Y LAS TIC DESPUÉS DE LA PANDEMIA.
Ed. Huygens, 2022
El Libro gratuito «La docencia del Derecho y las TIC después de la pandemia» contiene las
comunicaciones presentadas a la XIII Jornada sobre Docencia del Derecho y TIC celebrada el
pasado 1 de julio de 2022
Este libro, publicado por la UOC, ha sido coordinado por Benjamí Anglès Juanpere e Irene
Rovira Ferrer
“1. INTRODUCCIÓN
Con la vista puesta en BAIN [1] y en la necesidad de reflexionar periódicamente sobre nuestro papel
como docentes [2] se propone, a través de las presentes líneas, una opción que no es innovadora [3] , por cuanto aprovecha ideas ya expresadas e implementadas por otros profesores, pero que entendemos
puede servir para lograr nuestra máxima aspiración como formadores [4] .
De esta manera, nuestra intención es esbozar una didáctica [5] de aprendizaje, empleando como
herramientas aquellas que nos procuran las tecnologías de información y conocimiento, aunque no solo
estas.
Ciertamente, la revolución que ha representado la expansión digital ha supuesto que se abran otras
vías de conocimiento, se disponga fácilmente de la información que interesa y, lo que es a nuestro juicio
más relevante, se habiliten otras formas de aprendizaje [6] . Pero y, a pesar de las innegables bondades
de la Red, no debemos olvidar que también estamos sometidos a un “empacho de estímulos” [7] lo que
dificulta, en ocasiones, nuestra labor docente.
Ante ello, no podemos defender una sola propuesta formativa; no se pretende desechar de plano otras
ideas que han imperado en nuestro pasado más o menos reciente. Quien redacta estas líneas está
convencida de que sigue siendo necesario acometer el proceso de autoestudio, siendo preciso en
ocasiones acudir a las fórmulas memorísticas [8] que, en absoluto, son incompatibles con la explotación
de otras aptitudes y, concretamente, con la capacidad creativa que nos caracteriza como seres
humanos [9] . Entendemos que seguirá siendo necesario acudir a los conocimientos previamente
aprehendidos para poder dar forma a nuestro afán creativo, para lo cual puede resultar de utilidad
también acudir a esas modalidades docentes más clásicas que se hallan representadas a través de las
denominadas sesiones magistrales [10] . Pero, junto a este enfoque, se propone otro complementario
que tiende a la explotación de competencias [11] del discente [12] . Ante ello, es necesario elaborar un
proyecto docente que explore en las distintas vías, para fomentar el conocimiento del alumnado,
partiendo de la idea de que la forma en la que el individuo aprende no es homogénea y el
convencimiento de que si logramos despertar emociones el camino que pretendemos recorrer con
nuestros estudiantes será más grato y fructífero.
De otro lado, entendemos que los términos bajo los cuales debemos plantearnos nuestra docencia
(proceso este que debería estar en continua revisión) no es desde la idea de resolver la ecuación que
nos indique quién es el protagonista en la acción formativa del alumno. Creemos que el proceso de
formación no se debe plantear en estos términos, sino más bien en la unión de esfuerzos para conseguir
-profesor y alumno- una meta que es compartida. Ni el docente es el protagonista ni tampoco (a nuestro
juicio) lo es el discente [13] .
Ante ello, acaso lo primero sobre lo que hemos de reflexionar es sobre nuestro grado de implicación
con el estilo de enseñanza que queremos diseñar. En este caso, nuestras herramientas básicas son las
que nos dispensan las TIC, concibiendo a estas como el medio para conseguir los resultados que
previamente diseñamos en el proyecto docente.
2. LAS TIC Y LA ENSEÑANZA DEL DERECHO DEL TRABAJO
Uno de los problemas que se afronta en el estudio de Grado en las materias jurídicas -y, en este
sentido, el Derecho del Trabajo no es una excepción- es el empleo de vocablos propios, técnicos. Esta
especialidad del lenguaje jurídico exige que el alumno deba construir un vocabulario propio y específico
diferente al que está acostumbrado a emplear; ciertamente, en lo que hace a la materia que aquí se
examina, los docentes contamos con una ventaja que no es nimia: dado que los estudios en los que se
inserta la asignatura de Derecho del Trabajo no prevén la impartición de esta materia en el primer año
de la titulación, la tarea de construcción de vocablos e instituciones netamente jurídicas se realiza sobre
una base previa, habiendo ya el estudiante asumido que el lenguaje de la ciencia del Derecho no es el
mismo que el que se emplea en otras esferas o ámbitos sociales.
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