
Revista DERECHO LABORAL, Vol. 64 Núm. 283 / Julio-Sept.2021
Enlace a FCU – (Indice y resúmenes de cada artículo)

Revista DERECHO LABORAL, Vol. 64 Núm. 283 / Julio-Sept.2021
Enlace a FCU – (Indice y resúmenes de cada artículo)
DERECHO GENERAL DEL TRABAJO Y SU APLICACIÓN A LOS FUNCIONARIOS PÚBLICOS.
Beatriz Duran
Penedo. Cuadernillo Nº30, Fundación Electra. Diciembre 2021
Presentación
A partir de las posguerras comienzan a organizarse movimientos sociales reactivos que en el área del derecho se manifiestan a través de dos fenómenos: uno, el inicio de una tendencia a incorporar derechos humanos en las partes dogmáticas de las Constituciones empezando por la de Weimar de 1917, siguiendo por la de Querétaro de 1919 y luego tantas más; y por otro, el impulso en la construcción del reconocimiento de un tejido de derechos mínimos que sitúan como deudores, a cada Estado y a todos en conjunto. Este último es el que da lugar a lo que se viene a concretar a partir de la segunda pos guerra como el sistema universal y los sistemas regionales de derechos humanos que se muestran formalmente a través de Declaraciones de derechos que, la conciencia jurídica universal las considera como juscogens y por ende exentas de necesidad de ratificación por los Estados. En este marco se sitúa la Declaración Americana de abril de 1948 y la Universal de diciembre del mismo año. A partir de entonces,
ambos sistemas producen tratados que al tiempo que afianzan aquellos contenidos básicos, los desgranan agrupándolos en categorías – civiles y políticos; económicos, sociales y culturales- y los canalizan especialmente para determinados colectivos de personas en situación de desproporcionada desventaja, como las niñas y los niños, las mujeres, las personas con capacidades diferentes, los migrantes, entre otros.
Así, todos estos instrumentos internacionales más los derechos presentes en las constituciones conforman lo que se distingue como el bloque de constitucionalidad de los derechos humanos, que contiene una porción que atañe a los derechos humanos laborales.
1 Todos los sistemas de derechos humanos, el universal y los regionales se construyen sobre dos pilares: uno, la persona humana; otro, la dignidad inherente a la condición de persona humana. Coincidentemente, la Organización Internacional del Trabajo que precedió este movimiento, en la Constitución de 1919 se basó en la persona y las condiciones básicas de dignidad, que en 1944 en la Declaración de Filadelfia condensó en el principio que el trabajo
no es una mercancía y décadas después en el paradigma del trabajo decente. Desde la mirada de la Organización Internacional del Trabajo el punto focal es la persona, su dignidad como persona, y su dignidad como persona que trabaja.
La categoría derecho general del trabajo, que da título al ensayo de Beatriz Durán también coincidentemente parte del pilar de la persona en su faz de persona que trabaja y en las condiciones básicas de dignidad declaradas y garantizadas en la parte dogmática de la Constitución uruguaya. En algunos casos expresamente y en otros, a través de su textura abierta provocada por el diálogo entre los arts. 72 (derechos) y 332 (garantías de realización efectiva)
La profesora Beatriz Durán, revisita la doctrina del derecho general del trabajo expuesta por Horacio Cassinelli Muñoz en 1962 a raíz de la aprobación de una resolución del entonces Ministerio de Industrias y Trabajo que parifica la licencia anual de los trabajadores privados a los que llama funcionarios públicos.
Realiza un puntilloso estudio de la doctrina del autor, la de sus defensores y sus detractores, y demuestra su actualidad con meditados argumentos.
Fundación Electra, resuelve publicar el ensayo de Beatriz Durán por cuanto, sustancialmente entiende que se inscribe en su cometido de construir conocimiento que a veces como en esta ocasión, se produce a través de la reconstrucción y de la visualización de decanas doctrinas que, por sólidas se potencian y adecuan a los problemas del presente.
Este ensayo enriquece el conocimiento especialmente debido a tres razones:
La primera, la elección del autor cuya doctrina desarrolla.
La segunda, la elección del ensayo del autor.
La tercera, el enlace entre la doctrina de 1962 y la última generación de marcos normativos tutelares del trabajo.
El autor. Horacio Cassinelli Muñoz en Uruguay, conocido por los operadores jurídicos por su condición de docente y académico de la Facultad de Derecho de la Universidad de la República del área del derecho público.
No es éste el punto que lo distingue, sino su acción – a través de sus ensayos y sus clases- como un ingeniero del derecho. Basta recorrer la obra que inspira a Beatriz Durán como otras, para advertir su estilo sobrio de presentar una idea, sin que le sobre ni le falte término alguno, con minimalista recurrencia a las citas pero afanándose en argumentar colocando pieza contra pieza en demostración de su encaje. 2 Este estilo y la fuerza argumentativa que provoca, contrasta con cierta práctica forense que de la mano de la simpleza de la tecnología, canjea la argumentación por
extensas listas de citas de doctrina y jurisprudencia.
El ensayo. Régimen jurídico general de los trabajadores y estatuto de los funcionarios, escrito hace casi sesenta años, se inscribe en la construcción del bloque de constitucionalidad de los derechos humanos laborales por dos razones: una, en tanto detecta un conjunto de principios-derechos que se aplican a quienes trabajan para el Estado “porque son personas o habitantes”…”comprendidos en la categoría jurídica de los trabajadores en general …”
3 ; otra, por cuanto indica que ese “verdadero derecho general del trabajo” surge de una lectura desprejuiciada de la Constitución que dialoga con las normas internacionales y legales que regulan el trabajo en general como hecho atendiendo a sus aspectos fisiológicos , psíquicos, económicos, sociales , prescindiendo del origen estatutario o contractual y de la naturaleza de Derecho público o Derecho privado de la relación de trabajo o servicio en que se encuentre el empleado u obrero( trabajador privado o servidor público)”
4 El enlace. La autora elabora un hilo conductor entre la doctrina de 1962 y la última generación de leyes sumada al Convenio Internacional de Trabajo n. 190, que garantizan derechos sin distinguir el área privada o pública de la actividad, y a través de ello, construye un potente argumento que la hace gravitar en el presente.
Fundación Electra alienta a todos los operadores del derecho a acompañar el estudio de Beatriz Duran sobre el Derecho General del Trabajo recorriendo su gestación en 1962, el diálogo entre saberes laborales, administrativos y constitucionales en 1977, y las producciones posteriores, haciéndolo desde el presente y en perspectiva prevalente de la persona que trabaja tutelada por derechos humanos laborales con garantías la privilegian independientemente de quien sea el beneficiario de su labor.
Rosina Rossi
Fundación Electra
Corte Interamericana de Derechos Humanos
Sentencia sobre salud/seguridad social y protección de la niñez. 1 octubre 2021
Enlace a la sentencia de la CIDH

Revista de Derecho de la Seguridad Social. Laborum. Núm. 28: 3er Trimestre 2021
Acceso libre al editorial : “El acuerdo socio-político triparto de 2021: la recuperación de la
concertación social en el proceso de reforma del sistema de pensiones”, de José Luis Monereo Pérez, Guillermo Rodríguez Iniesta.

“El trabajo mediante plataformas digitales y sus problemas de calificación jurídica”
Federico Rosenbaum Carli. Ed. Aranzadi, 2021. DÚO (Papel+eBook)
Enlace a Editorial

“Homenaje al Prof. Emérito Américo Plá Rodríguez a 100 años de su nacimiento”. Autores: AUDTSS,
IDTSS. Oct. 2021
FCU – FDER – UDELAR

Experiencia: Datos e Inteligencia Artificial en el sector público. Caracas: CAF, 2021
Descripción
“El uso de la inteligencia artificial ya es una realidad y se ha probado en el mundo y en la región. No
obstante, es importante descifrar y comprender su potencial, su alcance, los desafíos y las posibilidades a
las que nos enfrentamos. Este reporte regional sobre el uso estratégico y responsable de la inteligencia
artificial en el sector público en América Latina, al que han contribuido expertos en la materia, presenta
conceptos fundamentales sobre esta temática. Además, nos ubica en el panorama latinoamericano actual
frente al uso y apropiación de esta tecnología y da a conocer experiencias de adopción de estrategias
para acelerar la implementación de la política pública en materia de inteligencia artificial. El documento
presenta los retos existentes para un uso responsable en el sector público, para el establecimiento de
infraestructuras de datos y su gobernanza y, desde luego, para el desarrollo de una fuerza de trabajo en
el sector público con los perfiles y habilidades adecuados al nuevo entorno. Incluye también estudios de
caso para enfrentar desafíos estructurales que requieren la atención del sector público.”
Descargar publicación aquí
El avance de la tecnología sobre la ética: ¿decisiones vs Big Data? (sección coordinada por
Viviana Laura Díaz) En Boletín de Noticias CIELO Laboral – Noviembre 2021
Acceso libre a los artículos AQUÍ

“El trabajo doméstico remunerado en América Latina y el Caribe, a diez años del Convenio núm. 189 “
En América Latina y el Caribe, 4,1 millones de trabajadoras domésticas pueden acceder efectivamente a
sus derechos y protecciones en la realidad. 18 de los 35 países del mundo que han ratificado el Convenio
núm. 189 sobre trabajadoras y trabajadores domésticos de OIT, adoptado hace una década, son de esta
región.
Noticia | 17 de noviembre de 2021
Lima – Las condiciones del trabajo doméstico en América Latina y el Caribe han registrado avances desde que se aprobó el Convenio 189 de la OIT hace una década. Pero los datos más recientes indican que hay un largo camino por recorrer en materia de formalización y cumplimiento efectivo de las leyes.
De los 14,8 millones de trabajadoras domésticas que contabilizadas en la región en 2019, el 72,3 por
ciento no tiene acceso a un empleo formal. Para 725.000 los niveles de protección legal son insuficientes
o inadecuados, y 10 millones carecen de cobertura por la falta de aplicación de las leyes y las políticas
vigentes.
Son 4,1 millones de trabajadoras domésticas las que pueden acceder efectivamente a sus derechos y
protecciones en la realidad.
Así lo recoge el informe “El trabajo doméstico remunerado en América Latina y el Caribe, a diez años del Convenio núm. 189 “, que repasa los progresos habidos en los países de la región desde 2011, año en que la OIT aprobó el convenio sobre los trabajadores y las trabajadoras domésticos.
En palabras de Vinícius Pinheiro, Director Regional de la OIT para América Latina y el Caribe, “la alta
proporción de ratificaciones del Convenio núm. 189 y los grandes avances legales y de políticas revelan el
alto compromiso de los países de América Latina y el Caribe con la mejora de las condiciones laborales de las trabajadoras remuneradas del hogar”.
“Ahora queda pendiente la parte más decisiva: conseguir su aplicación para hacer realidad el trabajo
decente en el trabajo doméstico”, agregó Pinheiro.
Coyuntura laboral Nº 25
Coyuntura Laboral en América Latina y el Caribe (nº25): “Políticas de protección de la relación laboral y de subsidios a la contratación durante la pandemia de COVID-19”
Noticia I 30 de noviembre de 2021
En un nuevo informe conjunto, ambos organismos de la ONU indican que a mediano plazo será necesario reconstruir mercados laborales más resilientes y favorecer la formalización.
Santiago/Lima (OIT Noticias) – La Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL) y la
Organización Internacional del Trabajo (OIT) dieron a conocer hoy un nuevo informe conjunto en el cual
señalan que, en el actual contexto de crisis, los gobiernos de la región enfrentan el desafío de apoyar el
ingreso y la reinserción laboral de los segmentos más vulnerables de la sociedad -especialmente mujeres
y jóvenes- y, al mismo tiempo, favorecer las condiciones para la creación de empleo decente, sobre todo
entre las micro, pequeñas y medianas empresas (mipymes).
Asimismo, indican que a mediano plazo, será necesario implementar reformas que permitan avanzar
hacia mercados laborales más resilientes, acompañando las medidas de reactivación con programas para
favorecer el paso de la informalidad a la formalidad laboral, junto a un rediseño de la protección social.
En el N⁰ 25 de su publicación conjunta Coyuntura Laboral en América Latina y el Caribe: Políticas de
protección de la relación laboral y de subsidios a la contratación durante la pandemia de COVID-19 ,
ambos organismos de las Naciones Unidas analizan los efectos de la crisis causada por la pandemia de
enfermedad por coronavirus (COVID-19) en los mercados laborales de la región durante 2020 y 2021 y
destacan la importancia de las políticas implementadas por los países para mitigar este impacto.