Fundación Electra

¿Cómo diseñar sistemas de pensiones más inclusivos, sostenibles y equitativos? En Factor Trabajo / BID, 11 enero 2022

¿Cómo diseñar sistemas de pensiones más inclusivos, sostenibles y equitativos?
por Carolina Cabrita Felix – Paulina Granados – Waldo Tapia En Blog Factor Trabajo, BID, 11 de
enero de 2022

“Los sistemas de pensiones tienen desafíos trascendentales para su sostenibilidad futura,
especialmente en América Latina y el Caribe. Nuestra región enfrentará en las próximas
décadas un envejecimiento poblacional sin precedentes, incluso más acelerado que el de
Europa. Antes que nos demos cuenta, tendremos no solamente a muchos adultos mayores de
60 y 70 años, sino también a varios octogenarios, nonagenarios y centenarios. Al desafío de
una mayor longevidad se suma una menor tasa de natalidad y los impactos en el mercado del
trabajo causados por la pandemia de COVID-19, que trajo consigo la pérdida de millones de
puestos de trabajo en nuestros países. Además, afectó negativa y desproporcionadamente a
las mujeres, tanto por su mayor participación laboral en los sectores de la economía más
golpeados por la pandemia, como por ser históricamente las principales encargadas de los
cuidados dentro de una familia.

Nuestra región enfrentará en las próximas décadas un envejecimiento poblacional sin
precedentes, incluso más acelerado que el de Europa.

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2022: ¿hacia un nuevo paradigma del empleo en América Latina y el Caribe?
por Oliver Azuara – Mauricio Mondragón – Eric Torres. En Blog Factor Trabajo / BID, 21
diciembre 2022
“Según las últimas cifras disponibles en el Observatorio Laboral COVID-19 del BID, en
2021 América Latina y el Caribe recuperó más de 8 millones de los 31 millones de empleos
que se perdieron a causa de la pandemia. La tendencia de crecimiento del empleo durante el
año fue positiva, aunque con una trayectoria menos pronunciada que la observada durante la
segunda mitad de 2020. Una parte importante de este avance se explica por la apertura
económica que han permitido las vacunas. Sin embargo, esta recuperación del empleo ha sido
muy heterogénea, tanto a nivel país como entre los distintos sectores económicos, pese a que
algunos países ya han logrado obtener los niveles de empleo que tenían antes de la pandemia.
Matices de la recuperación económica
A pesar del crecimiento sostenido en los niveles de empleo, y a más de un año y medio del
primer caso de COVID-19 en la región, aun no se ha logrado alcanzar el número de empleos de
febrero de 2020. En promedio, nuestros países siguen 3% por debajo del nivel de empleo que
tenían previo a la pandemia. Asimismo, a nivel de sectores económicos la recuperación no ha
sido homogénea, pues la crisis castigó en mayor medida a aquellos que se caracterizan por
actividades presenciales con un mayor riesgo de contagios. Ya podemos intuir que lo más
probable es que muchos sectores no regresen al nivel de empleo que tuvieron al comienzo de
2020.
En promedio, nuestros países siguen 3% por debajo del nivel de empleo que tenían previo a
la pandemia.

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Garantizar el empleo a toda aquella persona dispuesta a trabajar. Escriben Jimena Castillo, Pablo Marmissolle en Academia, La Diaria el 03.01.2022

Garantizar el empleo a toda aquella persona dispuesta a trabajar. Escriben Jimena
Castillo, Pablo Marmissolle en Academia, La Diaria, 03.01.2022 (Ilustración: Jerónimo
Lamas)

“Si el capitalismo puede ajustarse al pleno empleo, se le habrá incorporado una reforma
fundamental. De lo contrario, se mostrará como un sistema anticuado que debe desecharse”.
Michal Kalecki, 1943
La pandemia ha dejado de manifiesto las dificultades que tiene el sistema económico para
producir empleos estables, de calidad y con salarios dignos. En este contexto, en muchos
países del mundo se han discutido medidas no convencionales para tratar de paliar estos
problemas. Una de las medidas discutidas es la renta básica universal, que implica que el
Estado transfiera dinero a los hogares de forma no condicionada, con el objetivo de asegurar
estabilidad económica a las familias. A nivel político, la idea del programa de renta básica
universal ha sido apoyada por políticos y economistas de izquierda y de derecha (¡y por el
mismísimo Milton Friedman!), pero también ha recibido críticas de todo tipo. Algunas
vinculadas a lo injusto que es asignar ingresos a las familias ricas, otras vinculadas al posible
desincentivo a trabajar que genera, otras vinculadas a su costo, etcétera. En este artículo
queremos introducir otra propuesta, otro programa “no convencional”, que en Uruguay no es
muy discutido ni es conocido públicamente, a pesar de la notoria necesidad de empleo.
El programa implica que el Estado garantice un empleo a todas las personas que estén
dispuestas a trabajar (y puedan hacerlo) a cambio de un salario digno: se trata de una Garantía
de Empleo o, lo que es lo mismo, un Trabajo Garantizado. En este esquema, el Estado opera
como un Empleador de Última Instancia (Tcherneva, 2018; Landwehr, 2020). Cabe señalar que
esta última expresión hace un paralelismo con el rol que cumple el Estado como prestamista
de última instancia ante problemas en el sector financiero; en períodos de turbulencias
financieras, los bancos pueden ser reticentes a prestarse entre sí y pueden darse corridas
bancarias, por lo que los bancos centrales desempeñan el papel de garantes para asegurar el
funcionamiento de los mercados financieros y la estabilidad del sistema.

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Cómo la COVID-19 está remodelando las cadenas de suministro. McKinsey & Company.

Cómo la COVID-19 está remodelando las cadenas de suministro. Por Knut Alicke, Ed
Barriball, y Vera Trautwein. McKinsey & Company, (Publicado en inglés el 23.11.2021)
Las empresas solo han abordado en parte las debilidades de las cadenas de suministro globales
puestas de manifiesto por la pandemia de coronavirus. Ante los nuevos retos, terminar el
trabajo es aún más urgente.

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Publicado en el Foro de Labos: ¿Cómo acceden los trabajadores a los datos personales en la empresa? Por Ana B. Muñoz Ruiz. 25.01.2022

¿Cómo acceden los trabajadores a los datos personales en la empresa? Por Ana B. Muñoz
Ruiz. Publicado en el Foro de Labos, 25.01.2022

Algoritmos, Big data, Derechos Fundamentales, Poder de dirección y vigilancia de la actividad
laboral, Protección de datos, Videovigilancia
“Para aquéllos que hayáis visto la película «Cortocircuito» recordaréis que el robot número 5
(quien por cierto escapa de sus creadores), sostiene que está vivo y que no es una máquina
más, mostrando cierta curiosidad por aprender. Es más, en varias secuencias se emociona
cuando procesa datos y su frase más recurrente es: «¡Datos, datos!».

En el ámbito de las empresas parece claro que éstas son receptoras de una cantidad ingente
de información que las personas trabajadoras transfieren. Y es en ese sentido que algunos
autores proponen otorgar un valor económico a los datos y tratarlos como mano de obra
(«data as labor») para compensar a los empleados por la cesión de los mismos (Velasco, 2021).
Pero, ¿podemos acceder y obtener una copia como empleados de nuestros datos? ¿Y si ya no
trabajamos para esa misma empresa?

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En inglés: Human-Centred AI for Human Resources. A toolkit for HHRR professionals. | World Economic Forum, Dec.2021

Human-Centred Artificial Intelligence for Human Resources. A toolkit for HHRR
professionals. | World Economic Forum, Dec.2021

“To future-proof citizens’ ability to work, they will require new skills—but which ones?
A survey of 18,000 people in 15 countries suggests those that governments may wish
to prioritize.
A practical toolkit to promote the responsible use of artificial intelligence-based tools
in human resources. Developed in collaboration with a community of over 50 experts,
the toolkit includes a guide covering key topics and steps in the responsible use of AI-
based HR tools, and two checklists – one focused on strategic planning and the other
on the adoption of a specific tool.”

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En inglés: Defining the skills citizens will need in the future world of work. McKinsey & Company, 2021.

Artículo en inglés
Defining the skills citizens will need in the future world of work.
McKinsey & Company, 2021

Por Marco Dondi, Julia Klier, Frédéric Panier, and Jörg Schub

To future-proof citizens’ ability to work, they will require new skills—but which ones? A survey
of 18,000 people in 15 countries suggests those that governments may wish to prioritize.

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Sobre este artículo, también puede visitar el sitio web del World Economic Forum

 

 

Cuadernillo Nro 30: DERECHO GENERAL DEL TRABAJO Y SU APLICACIÓN A LOS FUNCIONARIOS PÚBLICOS. Beatriz Duran Penedo. Fundación Electra Diciembre 2021

DERECHO GENERAL DEL TRABAJO Y SU APLICACIÓN A LOS FUNCIONARIOS PÚBLICOS.

Beatriz Duran
Penedo. Cuadernillo Nº30, Fundación Electra. Diciembre 2021

Presentación
A partir de las posguerras comienzan a organizarse movimientos sociales reactivos que en el área del derecho se manifiestan a través de dos fenómenos: uno, el inicio de una tendencia a incorporar derechos humanos en las partes dogmáticas de las Constituciones empezando por la de Weimar de 1917, siguiendo por la de Querétaro de 1919 y luego tantas más; y por otro, el impulso en la construcción del reconocimiento de un tejido de derechos mínimos que sitúan como deudores, a cada Estado y a todos en conjunto. Este último es el que da lugar a lo que se viene a concretar a partir de la segunda pos guerra como el sistema universal y los sistemas regionales de derechos humanos que se muestran formalmente a través de Declaraciones de derechos que, la conciencia jurídica universal las considera como juscogens y por ende exentas de necesidad de ratificación por los Estados. En este marco se sitúa la Declaración Americana de abril de 1948 y la Universal de diciembre del mismo año. A partir de entonces,
ambos sistemas producen tratados que al tiempo que afianzan aquellos contenidos básicos, los desgranan agrupándolos en categorías – civiles y políticos; económicos, sociales y culturales- y los canalizan especialmente para determinados colectivos de personas en situación de desproporcionada desventaja, como las niñas y los niños, las mujeres, las personas con capacidades diferentes, los migrantes, entre otros.
Así, todos estos instrumentos internacionales más los derechos presentes en las constituciones conforman lo que se distingue como el bloque de constitucionalidad de los derechos humanos, que contiene una porción que atañe a los derechos humanos laborales.

1 Todos los sistemas de derechos humanos, el universal y los regionales se construyen sobre dos pilares: uno, la persona humana; otro, la dignidad inherente a la condición de persona humana. Coincidentemente, la Organización Internacional del Trabajo que precedió este movimiento, en la Constitución de 1919 se basó en la persona y las condiciones básicas de dignidad, que en 1944 en la Declaración de Filadelfia condensó en el principio que el trabajo
no es una mercancía y décadas después en el paradigma del trabajo decente. Desde la mirada de la Organización Internacional del Trabajo el punto focal es la persona, su dignidad como persona, y su dignidad como persona que trabaja.
La categoría derecho general del trabajo, que da título al ensayo de Beatriz Durán también coincidentemente parte del pilar de la persona en su faz de persona que trabaja y en las condiciones básicas de dignidad declaradas y garantizadas en la parte dogmática de la Constitución uruguaya. En algunos casos expresamente y en otros, a través de su textura abierta provocada por el diálogo entre los arts. 72 (derechos) y 332 (garantías de realización efectiva)
La profesora Beatriz Durán, revisita la doctrina del derecho general del trabajo expuesta por Horacio Cassinelli Muñoz en 1962 a raíz de la aprobación de una resolución del entonces Ministerio de Industrias y Trabajo que parifica la licencia anual de los trabajadores privados a los que llama funcionarios públicos.

1 Barbagelata, Héctor-Hugo. “El trabajo en la constitución” El trabajo y la Constitución: estudios en homenaje al Profesor Alonso Olea. Madrid: Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. Subdirección General de Publicaciones, 2003. También, El bloque de constitucionalidad de los derechos humanos laborales. El particularismo del derecho del trabajo y los derechos humanos
laborales. Montevideo. Fundación de Cultura Universitaria. 2009

Realiza un puntilloso estudio de la doctrina del autor, la de sus defensores y sus detractores, y demuestra su actualidad con meditados argumentos.
Fundación Electra, resuelve publicar el ensayo de Beatriz Durán por cuanto, sustancialmente entiende que se inscribe en su cometido de construir conocimiento que a veces como en esta ocasión, se produce a través de la reconstrucción y de la visualización de decanas doctrinas que, por sólidas se potencian y adecuan a los problemas del presente.
Este ensayo enriquece el conocimiento especialmente debido a tres razones:
La primera, la elección del autor cuya doctrina desarrolla.
La segunda, la elección del ensayo del autor.
La tercera, el enlace entre la doctrina de 1962 y la última generación de marcos normativos tutelares del trabajo.
El autor. Horacio Cassinelli Muñoz en Uruguay, conocido por los operadores jurídicos por su condición de docente y académico de la Facultad de Derecho de la Universidad de la República del área del derecho público.

No es éste el punto que lo distingue, sino su acción – a través de sus ensayos y sus clases- como un ingeniero del derecho. Basta recorrer la obra que inspira a Beatriz Durán como otras, para advertir su estilo sobrio de presentar una idea, sin que le sobre ni le falte término alguno, con minimalista recurrencia a las citas pero afanándose en argumentar colocando pieza contra pieza en demostración de su encaje. 2 Este estilo y la fuerza argumentativa que provoca, contrasta con cierta práctica forense que de la mano de la simpleza de la tecnología, canjea la argumentación por
extensas listas de citas de doctrina y jurisprudencia.

El ensayo. Régimen jurídico general de los trabajadores y estatuto de los funcionarios, escrito hace casi sesenta años, se inscribe en la construcción del bloque de constitucionalidad de los derechos humanos laborales por dos razones: una, en tanto detecta un conjunto de principios-derechos que se aplican a quienes trabajan para el Estado “porque son personas o habitantes”…”comprendidos en la categoría jurídica de los trabajadores en general …”

3 ; otra, por cuanto indica que ese “verdadero derecho general del trabajo” surge de una lectura desprejuiciada de la Constitución que dialoga con las normas internacionales y legales que regulan el trabajo en general como hecho atendiendo a sus aspectos fisiológicos , psíquicos, económicos, sociales , prescindiendo del origen estatutario o contractual y de la naturaleza de Derecho público o Derecho privado de la relación de trabajo o servicio en que se encuentre el empleado u obrero( trabajador privado o servidor público)”

4 El enlace. La autora elabora un hilo conductor entre la doctrina de 1962 y la última generación de leyes sumada al Convenio Internacional de Trabajo n. 190, que garantizan derechos sin distinguir el área privada o pública de la actividad, y a través de ello, construye un potente argumento que la hace gravitar en el presente.
Fundación Electra alienta a todos los operadores del derecho a acompañar el estudio de Beatriz Duran sobre el Derecho General del Trabajo recorriendo su gestación en 1962, el diálogo entre saberes laborales, administrativos y constitucionales en 1977, y las producciones posteriores, haciéndolo desde el presente y en perspectiva prevalente de la persona que trabaja tutelada por derechos humanos laborales con garantías la privilegian independientemente de quien sea el beneficiario de su labor.

 

Rosina Rossi

Fundación Electra

2 Cassinelli Muñoz, H. (1962). Régimen Jurídico General de los Trabajadores y Estatuto de los Funcionarios. Revista de Derecho, Jurisprudencia y Administración, (58) 230-235
3 Cassinelli Muñoz, Horacio .op. Citpag. 231.
4 Cassinelli Muñoz, Horacio .op. Citpag. 235.

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