Fundación Electra

Presencial: XVI Seminario Int’l de Derecho Comparado del Trabajo sobre el DERECHO DEL TRABAJO Y LA ALTA TECNOLOGÍA. Sto. Domingo, 01 al 06 dic. 2025.

Presencial
XVI Seminario Internacional de Derecho Comparado del Trabajo ¨Isla de Margarita¨ sobre el DERECHO DEL TRABAJO Y LA ALTA TECNOLOGÍA. Sto. Domingo, 01 al 06 de diciembre 2025.

Organizado por: la Sociedad Internacional de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social (SIDTSS) y
Universitas Fundación

ENLACE AL PROGRAMA

Día internacional de la juventud: Midiendo lo que importa: NEET vs desempleo juvenil. Niall O’Higgins, OIT. 12.08.2025

Día internacional de la juventud
Midiendo lo que importa: NEET vs desempleo juvenil. Niall O´Higgins, Especialista técnico y de investigación sobre empleo de alto nivel de la OIT. 12.08.2025

Hoy en día, cientos de millones de jóvenes en todo el mundo son NiNi (Ni trabajan, estudian ni se
forman). Basándose en los últimos datos de la OIT, Niall O´Higgins, especialista sénior en investigación laboral, explica cómo la tasa NiNi ofrece un indicador más preciso de las barreras que enfrentan los jóvenes para acceder al mercado laboral.

La OIT estima que en 2025 alrededor de 262 millones, o uno de cada cuatro, jóvenes de entre 15 y 24
años, no están empleados ni estudiando: son, en otras palabras, NEET[1] (Ni en Empleo, Educación o
Capacitación). Entonces, ¿qué, se estará preguntando? Bueno, para empezar, la ONU adoptó la
reducción sustancial de la tasa NEET como meta 8.6 de los ODS en 2015. En otras palabras, la tasa NEET
es la forma en que se debe medir a nivel internacional el progreso hacia el logro de la integración
efectiva de los jóvenes en el mundo del trabajo . Sin embargo, utilizando este criterio, el progreso hasta
la fecha ha sido bastante modesto. Según la última edición de 2024 de las Tendencias Mundiales del
Empleo Juvenil de la OIT , 110 países, donde vive un poco más de la mitad de los jóvenes del mundo,
están en camino de cumplir el objetivo de los ODS.[2] A diferencia del resto del mundo, los países de
bajos ingresos en su conjunto han experimentado un aumento sostenido de las tasas de NEET en los
años posteriores a la pandemia de COVID-19 (figura 1).   SEGUIR LEYENDO

Opinión Consultiva 31/2025: ABC de la opinión consultiva de la Corte IDH sobre el derecho al cuidado. Por: Dejusticia (Colombia) | 13.08.2025

ABC de la opinión consultiva de la Corte IDH sobre el derecho al cuidado. Por: Dejusticia |
13.08.2025
La Corte Interamericana de Derechos Humanos publicó recientemente su opinión consultiva
sobre el cuidado como derecho y su interrelación con otros derechos. Aquí explicamos qué
dijo el tribunal y nuestro análisis de los avances y las oportunidades perdidas de esta decisión.
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Ver también
ENLACE A : CIDH – OPINIÓN CONSULTIVA 31 de 2025: EL CONTENIDO Y ALCANCE DEL
DERECHO AL CUIDADO Y SU INTERRELACIÓN CON OTROS DERECHOS.

ENLACE A : Observaciones de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos a la
Solicitud de Opinión Consultiva presentada por la República Argentina “EL CONTENIDO Y EL ALCANCE DEL DERECHO AL CUIDADO Y SU INTERRELACIÓN CON OTROS DERECHOS”

ENLACE A : Comunicado de Prensa 55/2025 CIDH. LA CORTE INTERAMERICANA RECONOCE LA EXISTENCIA DE UN DERECHO HUMANO AUTÓNOMO AL CUIDADO
San José, Costa Rica, 7 de agosto de 2025. La Corte Interamericana de Derechos Humanos notificó hoy
su Opinión Consultiva 31 de 2025 sobre el contenido y el alcance del derecho al cuidado y su
interrelación con otros derechos, adoptada el 12 de junio de 2025, en respuesta a la consulta realizada
por la República Argentina en enero de 2023. Este ha sido el segundo proceso consultivo con más
participación en la historia de la Corte, con un total de 129 observaciones escritas presentadas, y el
primero en el que un Tribunal Internacional es consultado con relación al derecho al cuidado. Para
conocer el texto íntegro de la Opinión Consultiva, el resumen oficial, una versión de fácil lectura, así
como los detalles de la solicitud y el proceso consultivo, puede ingresar AQUÍ  al micrositio que reúne la información, el cual se encuentra en español, inglés y portugués.

***

La Corte, en su Opinión Consultiva 31, señaló que el cuidado constituye una necesidad básica, ineludible
y universal, de la cual depende tanto la existencia de la vida humana como el funcionamiento de la vida
en sociedad. Asimismo, reconoció que el cuidado se configura como el conjunto de acciones necesarias
para preservar el bienestar humano, incluida la asistencia a quienes se encuentren en una situación de
dependencia o requieran apoyo, de manera temporal o permanente. Igualmente, sostuvo que el
cuidado es necesario para asegurar condiciones de atención mínimas para una existencia digna,
especialmente respecto de personas en situación de vulnerabilidad, dependencia o limitación.
Tomando en cuenta lo anterior, la Corte concluyó que, a partir de una interpretación sistemática,
evolutiva y pro personae de distintos derechos consagrados en la Convención Americana sobre
Derechos Humanos, existe un derecho autónomo al cuidado. Asimismo, advirtió que el derecho al
cuidado también se deriva de los derechos reconocidos en la Declaración Americana y en la Carta de la
Organización de los Estados Americanos. Sostuvo que corresponde, por tanto, a los Estados respetar y
garantizar este derecho, así como adoptar medidas legislativas y de otro carácter para lograr su plena
eficacia. SEGUIR LEYENDO

Incendios forestales. Una mirada sindical. Habla Jesús Camacho. En Blog de Antonio Baylos. 18.08.2025

Incendios forestales. Una mirada sindical. Habla Jesús Camacho. En Blog de Antonio Baylos. 18.08.2025

“Los incendios en este agosto extremadamente seco castigado por una ola de calor muy continuada, ha
llevado al primer plano de la opinión pública tanto la controversia sobre la actuación de los poderes
públicos, dada la competencia autonómica de este tema junto con la necesidad del concurso de las
fuerzas del Estado en especial a través de la UME, como los elementos que rodean el tema d ela
preservación de la naturaleza y la prevención de los incendios. En todos estos debates, en los que las
cantidades presupuestadas para el mantenimiento del servicio público son muy relevantes, no se suele
mencionar la cuestión fundamental de quienes son las personas cuya actividad laboral posibilita la
prevención y la extinción de incendios. Este es el objeto de esta entrada del blog.

En efecto, Jesús Camacho, ex dirigente de CCOO de Castilla La Mancha y buen amigo, ha escrito para el
periódico digital Mi Ciudad Real ( https://www.miciudadreal.es/2025/08/17/incendios-forestales-de-
jornaleros-del-monte-a-trabajadores-con-derechos/) un artículo que tiene una clara intención didáctica
y que explica, desde la perspectiva sindical, un elemento fundamental de este tema tan debatido de los
incendios forestales. Este es el texto que ahora se reproduce con sumo gusto por parte del titular del
blog.

INCENDIOS FORESTALES. DE ”JORNALEROS DEL MONTE”
A TRABAJADORES CON DERECHOS.

Jesús Camacho Segura

El largo y cálido verano incendia montes y bosques, este año con especial virulencia y efectos más
desastrosos. Las consecuencias son terribles: vidas humanas, vida animal, bienes y viviendas en zonas
rurales y una inmensa masa forestal arrasada por el fuego; el color vegetal ha sido sustituido por el
negruzco paisaje desolador, miles y miles de hectáreas calcinadas. Y, aunque cueste admitirlo, siempre
se puede hacer más, es posible, necesario e imprescindible hacer mucho más.

En Castilla La Mancha, mi sindicato –CCOO- decidió, hace años, intervenir para cambiar un estado de
cosas en el ámbito de las condiciones laborales y profesionales de los equipos de prevención y extinción.
Fue un proceso largo para cambiar las cosas, para afrontar un nuevo tiempo con una visión diferente de
la protección medioambiental y de los profesionales que lo hacen posible. Se combinó, para ello, la
movilización con la negociación institucional. Había que generar un notable cambio en el concepto y en
la gestión que las Administraciones tenían de las “cuadrillas” de extinción y del tiempo de trabajo
disponible para mantener activ, a la lucha contra los incendios forestales y los periodos de trabajos
preventivos.

No fue tarea fácil, había resistencias para romper esa inercia paralizante que mira más al coste
económico que al beneficio global. También para acabar con el “compadreo” de alcaldes que sólo
pensaban en dar ocupación durante tres meses a una cuadrilla de su pueblo, lo que hacía más difícil que
se abordara un proceso para salir de ese atrasado concepto de “salario social en el ámbito rural”. El
objetivo sindical era combatir ese pensamiento, que se asemejaba más a lo asistencial que a lo
profesional, logrando una profunda transformación que, decididamente, se estableciera un tiempo de
trabajo sostenible, un empleo más estable, mejoras retributivas, homologación de todo el operativo,
convenio colectivo propio, régimen general de la seguridad social y otras actuaciones encaminadas a
una mayor profesionalización. Así, se pasó de los tres meses de trabajo y un mes complementario de
prevención acordado en febrero de 2001, a seis meses de trabajo firmado en mayo de 2003 con el
entonces Vicepresidente Barreda y el Director General del Medio Natural –Alberto Saiz-. Se iba dejando
atrás el pago de salarios con el convenio del campo y la consideración de “jornaleros de temporada” –
contratados por diversas empresas adjudicatarias- de los esforzados miembros de vigilancia, prevención
y extinción de incendios forestales.

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Cuba: proyecto de nuevo Código de Trabajo. Por Francisco Rodríguez Cruz, en Trabajadores, 17.08.2025

Cuba: proyecto de nuevo Código de Trabajo. Por Francisco Rodríguez Cruz, en Trabajadores, 17.08.2025

“Entre los aportes de investiga­dores y sociedades científicas al Anteproyecto del Código de
Trabajo que los colectivos laborales discutirán a partir de septiembre próximo, está la
propuesta sobre cómo cumplir, con­trolar y medir en las organizaciones un de­recho que
establece la Constitución de la República de 2019: la participación de las personas trabajadoras
en los procesos de planificación, regulación, gestión y control de la economía.

Así lo consideró Guillermo Ferriol Mo­lina, presidente de la Sociedad Cubana de Derecho del Trabajo y
de Seguridad Social de la Unión Nacional de Juristas de Cuba (UNJC), con quien pudimos abordar los
aspectos más notables del ya inminente proceso de consulta con todos los trabaja­dores.

Para el destacado especialista el escena­rio laboral cubano “se ha modificado sus­tancialmente” desde
que en el 2013 se apro­bara el Código de Trabajo aún vigente. “Hoy los empleadores, las personas
trabajadoras, sus organizaciones, no tienen exactamen­te las mismas características y condiciones que
en aquel año. Por tanto, encontrarán en la ley que se proyecta un mejor y mayor fundamento para su
actuar en los nuevos esce­narios económicos”.

Además de ese objetivo de adecuar la legislación a la realidad económica y labo­ral del país, así como a
lo dispuesto en la carta magna y en los convenios emitidos por la Organización Internacional del
Tra­bajo (OIT), Ferriol Molina destacó que el Código en elaboración servirá igualmente para contribuir al
mejor desarrollo de las relaciones laborales, a una mayor protec­ción de los derechos de las personas
traba­jadoras y al establecimiento de las debidas responsabilidades de los sujetos laborales, en los
diferentes y ya no tan homogéneos escenarios económicos”.  SEGUIR LEYENDO

Primera experiencia conjunta entre trabajadores y empleadores para el desarrollo de la industria nacional. ICD/CIU, 13.08.2025

El Instituto Cuesta Duarte y la Cámara de Industrias del Uruguay presentaron al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social el proyecto de fortalecimiento del sector industrial bajo un modelo de diálogo social tripartito.

El proyecto es la primera iniciativa de articulación y ejecución conjunta entre los trabajadores y el
conjunto de empresas del sector industrial del país. Su diseño fue realizado por las dos instituciones
representativas de ambos colectivos de la sociedad civil: el Instituto Cuesta Duarte por el PIT-CNT y la
Cámara de Industrias del Uruguay (CIU). Su ejecución aportará al desarrollo industrial del país.
Del encuentro de presentación realizado este miércoles 13, participaron el ministro de Trabajo y
Seguridad Social, Juan Castillo; el presidente del PIT-CNT, Marcelo Abdala, el coordinador de proyectos
del Instituto Cuesta Duarte, Eduardo Burgos; el director general en representación del Ministerio de
Trabajo y Seguridad Social en el Instituto Nacional de Empleo y Formación Profesional (INEFOP), Miguel Venturiello; el presidente de la Cámara de Industrias del Uruguay (CIU), contador Leonardo García, la responsable técnica de la CIU, economista Carola Saavedra y el economista Rodrigo Alonso.
En diálogo con el Portal del PIT-CNT, Burgos señaló que el ministro de Trabajo recibió con muy buenos
ojos la propuesta, destacando que “es innovadora y se enmarca en las buenas relaciones y el
tripartismo”.

“Esto no quita que cada uno defienda sus intereses, pero es extremadamente necesario tener una
mirada a mediano y largo plazo sobre el papel de la industria en la economía nacional”, afirmó.
Agregó que, según la visión del Ministerio de Trabajo, los objetivos planteados por ambas
organizaciones “son destacables”, motivo por el cual el secretario de Estado, Juan Castillo, comprometió
su auspicio y subrayó el interés en formar parte del proyecto.

Potenciar capacidades industriales
De acuerdo a lo explicado por Burgos, la propuesta tiene como uno de sus ejes centrales fortalecer el
diálogo y la representación de trabajadores y empleadores, construir propuestas e insumos para las
políticas de empleo, formación y desarrollo productivo, e incorporar un enfoque de desarrollo que vaya
más allá de la negociación colectiva tradicional.
Para comprender la dimensión de este proyecto, cabe mencionar que la iniciativa cuenta con el aval y
auspicio de las representaciones de trabajadores y empresarios de la Organización Internacional del
Trabajo (OIT).   SEGUIR LEYENDO

La industria de la moda de PRATO: un serio reto para los sindicalismos italiano y global. Escribe Isidor Boix en su Blog, 01.08.2025

La industria de la moda de PRATO: un serio reto para los sindicalismos italiano y global.
Escribe Isidor Boix en su Blog, 01.08.2025

“En los últimos días Quim González ha publicado dos artículos que apuntan violaciones serias,
muy serias, de los derechos fundamentales del trabajo en la industria de la moda italiana. Uno
referido a la marca de ropa de superlujo Loro Piana, otro que implica a numerosas marcas
del Made in Italy que subcontratan su producción a talleres chinos de Prato, Prato la zona
originaria de la industria de la moda (del textil y del vestido) de Italia, una de las pioneras de
esta industria en Europa y en el mundo.

Loro Piana tiene su fábrica central en la población de Quarona, en el Piamonte. Un tribunal de Milán
acaba de situarla bajo administración judicial al haberse detectado que una parte importante de su
producción se realiza en talleres clandestinos con trabajadores inmigrantes, la mayoría sin papeles.
En Prato ha aflorado una realidad sindical en relación con las 7.000 empresas chinas con  trabajadores
(la mayoría chinos y paquistanís) en muy precarias condiciones de trabajo, rozando la esclavitud, o
exponiéndolas para este siglo XXI. Se ha detectado al mismo tiempo una nueva y exitosa experiencia
sindical ante los problemas concretos de la zona, Sudd Cobas, liderada por jóvenes inmigrantes o
italianos hijos de inmigrantes, al margen de los grandes sindicatos  de clase italianos, CGIL, CISL y UIL.

En España detectamos un problema originario similar en 2009, pero decidimos una directa intervención
sindical, como comenta Quim  González, y que ha dado lugar a un seguimiento sindical desde entonces
del que es una referencia el reciente informe de Víctor Garrido.
Dos noticias muy importantes que me han llevado a buscar referencias para lanzar una nueva
interpelación pública a quien corresponda. He buscado datos, realidades e iniciativas sindicales. Y al no
encontrar lo que buscaba en las páginas web del sindicalismo italiano o de la Federación Sindical
Internacional (IndustriALL Global Union) he ido a preguntar a la Inteligencia Artificial. Y algo encontré (IA me señaló, a preguntas mías, basarse esencialmente en documentación empresarial, la más
documentada que encontró, y muy escasa sindical), lo que me ha permitido el siguiente resumen,
relacionado en parte con la experiencia al respecto, individual y colectiva, del sindicalismo español:
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Uruguay: Charla sobre decreto 145/25 : Regulación del trabajo en plataformas digitales. MTSS, 18.08.2025

Charla sobre decreto 145/25 : Regulación del trabajo en plataformas digitales. MTSS – IGTSS– Unidad de Migraciones, 18.08.2025

“El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, realizó la charla informativa “Herramientas para
una regulación inclusiva del trabajo mediante plataformas digitales”. En la instancia,
expusieron el subsecretario de Trabajo y Seguridad Social, Hugo Barretto, y la asesora de la
Inspección General del Trabajo, Rossana Mendina. Se abordaron los alcances del reciente
decreto 145/25, que reglamenta la ley 20.396, así como los desafíos que plantean las nuevas
formas de empleo en el marco de la transformación tecnológica.

La charla fue organizada por el MTSS, a través de la Unidad de Migración y la Inspección del Trabajo y de
la Seguridad Social (IGTSS). Rosanna Lamónaca, en representación de la Unidad de Migración, expresó
que la actividad ¨tiene que ver con difundir los contenidos del decreto 145/25¨ y darlo a conocer a ¨los
trabajadores y trabajadoras que desarrollan tareas en las plataformas digitales¨.

El subsecretario, Hugo Barretto, destacó durante su exposición la importancia de difundir y acercar a la
ciudadanía el conocimiento normativo: “Todos somos titulares del derecho a conocer el Derecho,
porque nadie puede garantizar ni defender ni reclamar sus derechos si no los conoce”. En esa línea,
sostuvo que el MTSS asume el “imperativo de difundir y capacitar en lo que es el ejercicio democrático
en el campo del mundo del trabajo”.

Respecto al marco legal vigente, señaló que “nos toca reglamentar una ley cuyo contenido básico nos
resulta absolutamente insuficiente”, recordando que no recogió las observaciones técnicas de la
Facultad de Derecho de la Universidad de la República. A pesar de ello, afirmó que el decreto busca
“facilitar la aplicación de la mejor manera posible bajo el presupuesto de que no entendemos que las
actividades de reparto y de transporte constituyan actividades absolutamente novedosas, sino más bien
servicios tradicionales con necesidad de adaptación normativa”.

El subsecretario enfatizó la centralidad del vínculo laboral: “La gran discusión es si estamos ante trabajo
autónomo o trabajo dependiente. No encontramos ninguna razón válida para generar una tercera
categoría”. En este sentido, explicó que el decreto incorpora los criterios de la Recomendación 198 de la
Organización Internacional del Trabajo (OIT), brindando herramientas a jueces, BPS e IGTSS para evaluar la naturaleza de la relación laboral.

Finalmente, subrayó que la normativa reglamentaria procura establecer garantías básicas para las
condiciones de trabajo: “El decreto pretende completar lo que la ley no dice, aportando criterios
internacionalmente aceptados para asegurar que la protección laboral se aplique con efectividad, tanto
en el trabajo autónomo como en el dependiente”.

Por su parte, Mendina recordó que la ley 20.396 surge como respuesta a una realidad laboral en
expansión: “El trabajo mediante plataformas digitales era un trabajo que se fue dando en los hechos, y
hubo que darle un marco normativo para que todos los actores tengan lineamientos claros sobre
derechos y obligaciones”. Añadió que la norma establece “niveles mínimos de protección para los
trabajadores, asegurando condiciones justas, decentes y seguras”.

La asesora también reflexionó sobre el impacto de las nuevas tecnologías en las relaciones laborales:
“Estas tecnologías vinieron para quedarse, y no son en sí mismas ni buenas ni malas. Es el uso que
hacemos de ellas lo que va a determinar la manera de conducirnos, sin dejar de contemplar los
derechos que como personas tenemos”. En ese marco, destacó que la ley organiza condiciones comunes
para trabajadores dependientes y autónomos, asegurando transparencia en algoritmos, control de
datos personales y acceso a la información.

Descargar presentaciones de Hugo Barretto y de Rossana Mendina (pdf)

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Blog EFT: INTELIGENCIA ARTIFICIAL Y TRABAJO. Escribe Juan Pablo Capón Filas, Blog Equipo Federal del Trabajo. Argentina, julio 2025

INTELIGENCIA ARTIFICIAL Y  TRABAJO. Autor: Juan Pablo Capón Filas (1). Blog Equipo
Federal del Trabajo. Argentina, julio 2025

El presente articulo ha sido publicado en elDial.com, el dia 9 de mayo de 2025. Citar: elDial
DC35FE.

INTRODUCCION
En el año 2019, en la Conferencia Internacional por el Centenario de la Organización
Internacional del Trabajo, resulto aprobado el documento “Trabajar para un futuro más
prometedor” (2).

El informe, de singular valor académico, sostuvo que aunque las nuevas tecnologías de la era digital,
entre estas la robótica y la inteligencia artificial (IA), impactaran en el empleo existente, destruyendo
puestos de trabajo repetitivos y riesgosos, el cambio tecnológico tiene sin embargo la posibilidad de
generar nuevos empleos, algunos distintos a los actualmente existentes y en sectores como las
actividades de cuidado de las personas, el sector rural y la energía verde.

El documento de la Comisión Mundial para el Futuro del Trabajo sostuvo:
“Nuevas fuerzas están transformando el mundo del trabajo. Las tran- siciones implicadas en esta
evolución piden que se tomen medidas enérgicas.

Nos esperan innumerables oportunidades para mejorar la calidad de vida de los trabajadores, ampliar
las opciones disponibles, cerrar la brecha de género, revertir los estragos causados por las desigualdades a nivel mundial y mucho más. Sin embargo, nada de ello ocurrirá por sí mismo. Sin esas medidas
enérgicas, nos dirigiremos a un mundo en el que se ahondarán las desigualdades e incertidumbres
existentes.

Los avances tecnológicos –la inteligencia artificial, la automatización y la robótica– crearán nuevos
puestos de trabajo, pero quienes van a perder sus trabajos en esta transición podrían ser los menos
preparados para aprovechar las nuevas oportunidades. Las competencias de hoy no se ajustarán a los
trabajos de mañana y las nuevas competencias adquiridas pueden quedar desfasadas rápidamente. La
ecologización de nuestras economías creará millones de puestos de trabajo a medida que adoptemos
prácticas sostenibles y tecnologías limpias; en cambio, otros puestos de trabajo desaparecerán cuando
los países vayan reduciendo progresivamente sus industrias basadas en el carbón y en el uso intensivo de
los recursos. La evolución demográfica no es un factor desdeñable. Si bien es cierto que el aumento de la
población juvenil en algunas regiones del mundo y el envejecimiento de la población en otras pueden
ejercer presión sobre los mercados de trabajo y los sistemas de la seguridad social, estos cambios abren
nuevas vías que nos brindan la posibilidad de contar con sociedades activas, basadas en los cuidados y la
inclusión.

Tenemos que aprovechar las posibilidades que nos brindan estas trans- formaciones profundas para
crear un futuro más prometedor y conseguir seguridad económica, igualdad de oportunidades y justicia
social; así como, en última instancia, reforzar nuestro tejido social”.

En el documento de la OIT, subyace un enfoque moderadamente optimista respecto de los posibles
cambios del mundo del trabajo, que se producirán con las nuevas tecnologías del siglo XXI.

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Actualidad: La OIT lanza un Rastreador mundial de políticas sobre plataformas de trabajo digital. 14.08.2025

Actualidad
La OIT lanza un Rastreador mundial de políticas sobre plataformas de trabajo digital.
14.08.2025

“Ginebra (OIT Noticias) – La Organización Internacional del Trabajo (OIT) está lanzando un nuevo
rastreador mundial de políticas para ofrecer una visión completa de las iniciativas legislativas
relacionadas con las plataformas de trabajo digital. El crecimiento de estas plataformas ha abierto
nuevos mercados para las empresas y ha creado, a nivel mundial, nuevos empleos u oportunidades de
ingresos. Existe una necesidad creciente de respuestas políticas coherentes y oportunas ante las
oportunidades y desafíos que presentan. Este rastreador mundial de políticas está diseñado para
proporcionar información a los gobiernos y a los representantes de empleadores y trabajadores, con el
fin de ayudarles a gestionar esta transición y fomentar el trabajo decente en la economía de
plataformas.

La transformación digital del mundo laboral, acelerada por la proliferación de las plataformas, ha creado nuevas oportunidades de generación de ingresos para mujeres, jóvenes y personas con discapacidad,entre otros. Al mismo tiempo, la economía de plataformas también está transformando la manera en que se organiza y realiza el trabajo, generando nuevos desafíos que afectan la posibilidad de que los trabajadores de plataformas accedan a un trabajo decente, incluidos ingresos adecuados, seguridad social, salud y seguridad en el trabajo y otros beneficios, así como el reconocimiento del derecho a la negociación colectiva.

El lanzamiento de este rastreador representa un paso significativo hacia la disponibilidad de información fiable sobre las normativas existentes en todo el mundo para configurar un futuro del trabajo que sea a la vez innovador y decente. Como elemento clave del Observatorio de la OIT sobre IA y Trabajo en la Economía Digital, será un recurso práctico para gobiernos, organizaciones de empleadores y trabajadores, responsables de políticas, investigadores y cualquier persona interesada en comprender la evolución de las políticas en esta área.

Al consolidar información sobre iniciativas legislativas y de política nacionales y regionales, el rastreador busca facilitar el diálogo social y la formulación de políticas basadas en evidencia. Pondrá de relieve cómo distintas jurisdicciones están abordando cuestiones como la condición laboral, la remuneración, la transparencia algorítmica, la protección de datos, el tiempo de trabajo y la negociación colectiva, entre otras, en el contexto del trabajo en plataformas.”

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