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Algunas reflexiones (jurídicas) sobre la llamada “huelga de los jueces”. Escribe D. Pérez del Prado, en El Foro de Labos, 30.06.2025

Algunas reflexiones (jurídicas) sobre la llamada “huelga de los jueces”. Escribe Daniel Pérez del Prado, en El Foro de Labos, 30.06.2025

“Hace unos días, los profesores Baylos y Cabeza publicaron una tribuna en El País, cuyo contenido ha
sido también reproducido en el blog  (https://baylos.blogspot.com/2025/06/ ) del primero y que
suscribimos algunos profesores más. Permítaseme que, en esta, mi casa digital, redunde en los
argumentos jurídicos y, especialmente, jurídico-laborales que, a mi juicio, justificarían que jueces y
juezas, magistrados y magistradas, la magistratura, podríamos decir utilizando el genérico de la concreta opción por la que opta la reforma de la que trae causa este conflicto, no son titulares del derecho de huelga.

Para empezar, comencemos por sintetizar las posturas de los implicados. A juzgar por lo publicado en
prensa, por una parte, las asociaciones profesionales convocantes, llamadas “conservadoras”, justifican su acción en el hecho de que el art. 28.2 CE no prohíbe expresamente la huelga en el ámbito judicial, ni hay norma de desarrollo que lo haga. En una especie de “in dubio pro libertatis”, los convocantes han decidido mantener la huelga a toda costa, puesto que «como derecho fundamental, no cabe interpretación restrictiva, [además de que] de su reconocimiento no se excluye a jueces y magistrados y la ausencia de normativa específica de desarrollo no supone su exclusión».

Por otra, las asociaciones llamadas “progresistas”, que no apoyan la protesta, subrayan que los miembros de la carrera judicial, como integrantes de uno de los poderes del Estado, carecen del derecho de huelga. Curiosamente, parece que los papeles se invierten, pues si se repasa la bibliografía sobre la materia, la postura en contra solía ser conservadora; mientras que a favor la progresista, esta última sobre la base de una visión romántica (y quizá algo naíf) de que el reconocimiento de este derecho permitiría a la magistratura reivindicar unas mejores condiciones laborales.

En medio, el CGPJ ha reiterado la postura expresada ya por primera vez en 2009. A saber, que «el
ejercicio del derecho de huelga de jueces y magistrados carece, en el momento actual, de soporte
normativo, por lo que no procede tener por anunciada la convocatoria de huelga ni, al carecer el
Consejo General del Poder Judicial de competencia para ello, fijar servicios mínimos»; y que «tomando en consideración la realidad de paros anteriores (años 2009, 2012, 2013, 2018 y 2019) así como la duración señalada en la comunicación recibida, de tres días, declarar que, en ningún caso, este nuevo paro, de producirse, debería afectar al reparto de asuntos, a los servicios de guardia, a las decisiones urgentes de instrucción, a los procedimientos para la tutela de derechos fundamentales, a los procesos o incidentes en que intervengan personas vulnerables, a las medidas cautelarísimas, y, en general, a cualquier otra decisión judicial inaplazable o cuya demora resulte inconciliable con los derechos fundamentales o con la dignidad de un poder del Estado como es el Poder Judicial».

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De la maternidad a la igualdad. (Coord.: A.G. Azor Oliver). En Noticias CIELO n.6/2025.

De la maternidad a la igualdad: El TJUE reabre el debate del complemento de pensiones. (Sección coordinada por: Ana Gloria Azor Oliver). Noticias CIELO n.6/2025

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Congreso Internacional «Violencia de Género y Mujeres en Riesgos de Exclusión Social» Sevilla, 20-21 de noviembre, 2025.  ENLACE

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Nota info sobre economía del cuidado: Nuevo informe de la OIT revela una brecha global de cinco meses en los permisos parentales remunerados entre hombres y mujeres. 24.06.2025

Nota informativa de la OIT sobre economía del cuidado
Nuevo informe de la OIT revela una brecha global de cinco meses en los permisos parentales remunerados entre hombres y mujeres. 24.06.2025

“El estudio, que conmemora los 25 años del Convenio sobre la protección de la maternidad,
destaca que lograr permisos parentales más equitativos, inclusivos y sostenibles requeriría una
inversión adicional anual media del 0,13 % del PIB.

24 de junio de 2025
GINEBRA (OIT Noticias) – Un nuevo informe de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) revela
que existe una brecha media mundial de más de cinco meses entre los derechos de permisos parentales
remunerados de mujeres y hombres, y hace un llamado urgente a cerrar esta desigualdad de género.
La publicación, Closing the Gender Gap in Paid Parental Leaves (Cerrar la brecha de género en los
permisos parentales remunerados) inaugura la nueva serie de informes breves de la OIT sobre la
economía del cuidado. Publicado en el marco del 25.º aniversario del Convenio sobre la protección de la
maternidad, 2000 (núm. 183), el estudio concluye que las madres tienen derecho, en promedio, a 24,7
semanas de permiso parental remunerado, frente a solo 2,2 semanas en el caso de los padres —una
diferencia de más de cinco meses.

«Esta brecha refuerza las desigualdades de género en el hogar y en el mercado laboral», afirmó Sukti
Dasgupta, directora del Departamento de Condiciones de Trabajo e Igualdad de la OIT. «Permisos
iguales, no transferibles, financiados públicamente y respaldados por sistemas de protección social son
fundamentales para lograr un cambio real».

Una brecha de género global con consecuencias reales
El hecho de que muchas mujeres tengan derecho a permisos parentales remunerados, incluidos los de
maternidad, representa un avance positivo y refleja una creciente alineación con el Convenio núm. 183
de la OIT, una condición previa para la igualdad de género. Sin embargo, para alcanzar una verdadera
equidad en las responsabilidades de cuidado y en el mercado laboral, los hombres también deben
contar con permisos parentales remunerados adecuados y no transferibles. De lo contrario, los roles de
género tradicionales tienden a perpetuarse, y las responsabilidades de cuidado siguen recayendo de
forma desproporcionada sobre las mujeres.

El informe muestra que el 57 % de la población mundial vive en países donde las mujeres reciben entre
tres y seis meses más de permiso parental remunerado que los hombres. En 28 países, la diferencia
supera un año. Y en 71 países, los padres no tienen derecho alguno a permisos parentales remunerados
por ley.

El estudio subraya que el diseño de las políticas es tan importante como su duración. Cuando el permiso
de paternidad está mal remunerado, no está protegido por ley o es financiado por los empleadores, los
padres rara vez lo utilizan, lo que perpetúa la carga de cuidado sobre las mujeres. Según un estudio de la
OIT, en 2023 había 708 millones de mujeres en edad de trabajar fuera de la fuerza laboral por
responsabilidades de cuidado no remuneradas, frente a solo 40 millones de hombres.

«Cerrar la brecha de género en los permisos parentales remunerados implica llevar a la práctica el
principio fundamental de igualdad de oportunidades y trato para las personas trabajadoras con
responsabilidades familiares», añadió Dasgupta. «Esto incluye ratificar y aplicar el Convenio núm. 183 de
la OIT, reconocer el rol de los padres en el cuidado y garantizar una cobertura universal de los permisos
parentales».

Según estimaciones de la OIT basadas en su Simulador de Inversión en Políticas de Cuidado, garantizar al
menos 14 semanas de permiso remunerado a una tasa del 67 % del salario anterior para mujeres y
hombres requeriría una inversión anual adicional global de 142.000 millones de dólares para 2035. Esto
representa, en promedio, un aumento del 0,13 % del PIB respecto a la inversión pública actual, con
variaciones desde el 0,08 % del PIB en Europa y Asia Central hasta el 0,49 % en los Estados Árabes. Esta
inversión podría generar más de cuatro millones de empleos formales en todo el mundo.

Hojas de ruta para la reforma
Aunque 121 países reconocen el derecho a un permiso de paternidad, solo 105 lo remuneran, y apenas
37 lo han introducido o ampliado en la última década.
Ejemplos internacionales ofrecen inspiración. El sistema neutral en cuanto al género de España ha
cerrado de forma efectiva la brecha. Los países nórdicos, como Suecia, han logrado un aumento en la
utilización del permiso por parte de los padres mediante cuotas “úselo o piérdalo”. Países como
Seychelles, Costa Rica, Dinamarca, Mongolia y Omán han adoptado modelos de financiación mixta que
incluyen a trabajadores informales y personas no nacionales. En Singapur, las reformas introducidas en
2024 ampliaron el permiso parental compartido —cada progenitor recibirá tres semanas, que se
ampliarán a cinco en 2026—, ayudando a que tanto empleadores como familias puedan planificar mejor
y distribuir las tareas de cuidado.

El informe propone cuatro acciones clave de política:

1. Ratificar y alinear la protección de la maternidad con las normas de la OIT – Aunque 54 países cumplen con los requisitos del Convenio núm. 183, muchos aún deben ratificarlo y aplicarlo,
incluyendo el traspaso del financiamiento desde los empleadores hacia mecanismos públicos.

2. Reconocer y apoyar el rol de los padres en el cuidado – El permiso de paternidad debe incluir
protección del empleo, una duración adecuada, buena remuneración, financiación pública y
carácter no transferible para fomentar su uso y redistribuir las tareas de cuidado no
remuneradas.

3. Proporcionar permisos parentales remunerados para cada progenitor – Los derechos deben
ser individuales, no familiares, con beneficios adecuados y opciones flexibles, como el permiso
a tiempo parcial, para promover su utilización por parte de los padres.

4. Garantizar una financiación y cobertura inclusivas – La financiación basada en la protección
social y el diálogo social son esenciales para incluir a trabajadores en empleos informales,
atípicos, y en micro, pequeñas y medianas empresas.

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ENLACE AL TEXTO DE LA NOTA INFORMATIVA (en inglés)

Noticias ONU - Derechos humanos: Los derechos de las trabajadoras domésticas migrantes, violados sistemáticamente debido al racismo y la desigualdad. Inf.anual, Relatora sobre el tráfico de personas, ONU 23.06.2025

23 Junio 2025
Los derechos de las trabajadoras domésticas migrantes, violados sistemáticamente debido al racismo y la desigualdad. Informe anual, Relatora sobre el tráfico de personas, ONU 23.06.2025

Los trabajadores domésticos migrantes son objeto de violencia física, acoso y violencia sexuales por
parte de sus empleadores y de los familiares de éstos, asegura la experta de la ONU en la trata de
personas.

La trata de personas en el sector del trabajo doméstico sigue siendo un fenómeno muy extendido,
que afecta especialmente a las mujeres, explicó la relatora sobre el tráfico de personas, Shiobán
Mullally*, en su informe anual al Consejo de Derechos Humanos.

La prevalencia de la trata y de otras vulneraciones de los derechos humanos se explica por el hecho de
que sigue sin regularse el sector del trabajo doméstico y no se garantizan condiciones de trabajo justas
y equitativas.

El trabajo doméstico está sumamente racializado y a menudo es realizado por mujeres pertenecientes a
minorías raciales, mujeres indígenas y mujeres migrantes, refugiadas y apátridas.

El 61% de las víctimas de la trata son mujeres y niñas
“El racismo y la desigualdad de género crean un clima de impunidad donde se violan sistemáticamente
los derechos de las trabajadoras domésticas migrantes”, afirmó Mullally. Estas mujeres suelen ser
reclutadas con falsas promesas laborales por intermediarios sin escrúpulos. Al llegar al país de destino,
las condiciones laborales no se corresponden con el contrato inicialmente ofrecido.

El Informe mundial sobre la trata de personas (2024) señala que, en 2022, el 61 % de las víctimas de
trata detectadas en todo el mundo eran mujeres y niñas, la mayoría de ellas con fines de explotación

sexual. Sin embargo, también hay un gran número de mujeres y niñas víctimas de la trata con fines de
trabajo forzoso, principalmente trabajo doméstico.

Mullally señaló que los trabajadores domésticos migrantes son objeto de violencia física, acoso sexual y
violencia sexual, incluida la violación, por parte de sus empleadores y de los familiares de éstos.
El informe identifica varios factores estructurales que aumentan el riesgo de trata: la aplicación
deficiente de las leyes laborales, la falta de acceso a migración regular y segura, los visados ligados al
empleador (que impiden cambiar de trabajo) y la ausencia de acceso a justicia, reparación efectiva y
compensación.

“A pesar de reformas legislativas, la aplicación práctica de los derechos laborales es limitada o
inexistente”, señaló la experta.

La tecnología facilita la trata
Al igual que en otros sectores, la trata facilitada por la tecnología va en aumento, y se utiliza
principalmente para captar y reclutar a mujeres jóvenes y a niñas a través de medios sociales y de
aplicaciones que difunden falsas oportunidades de empleo o becas.
“El creciente uso de las tecnologías digitales, incluida la inteligencia artificial, en la contratación requiere
una atención urgente”, afirmó Mullally.

Sin embargo, las tecnologías digitales también pueden utilizarse de manera positiva para actuar contra
la trata de personas, en particular mediante el uso de la inteligencia artificial para detectar indicadores
de la trata, y mejorar de la labor de prevención e investigación.
Acuerdos bilaterales pueden proteger los derechos de los trabajadores
La aplicación efectiva de los derechos laborales, los derechos de residencia y las vías de acceso a la
ciudadanía son esenciales para prevenir la explotación.

Asimismo, los acuerdos bilaterales de migración laboral pueden reforzar y proteger los derechos de los
trabajadores cuando se basan en las normas internacionales de derechos humanos y laborales. Se
deben supervisar eficazmente los procesos de contratación y garantizar la rendición de cuentas cuando
se violan los derechos humanos y las normas laborales.
La relatora subrayó que debe reforzarse la cooperación internacional para garantizar la rendición de
cuentas por la trata de seres humanos en el contexto de la migración y el trabajo doméstico, con el fin
de salvaguardar los derechos de las víctimas.

*Shiobán Mullally es Relatora Especial sobre el tráfico de personas, especialmente mujeres y niños.
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113ª CIT - Junio 2025: La OIT adopta un convenio histórico sobre los riesgos biológicos en el entorno de trabajo. C.192 y R. 209. OIT, 16.06.2025

La OIT adopta un convenio histórico sobre los riesgos biológicos en el entorno de trabajo.
Convenio Núm. 192 y Recomendación Núm. 209. OIT, 16.06.2025

Convenio sobre los riesgos biológicos en el medio ambiente de trabajo, 2025 (núm. 192)
“La Conferencia Internacional del Trabajo –la reunión anual de la Organización Internacional
del Trabajo– también celebró un primer debate normativo sobre el trabajo decente en la
economía de plataformas, entre otros temas.

GINEBRA (Noticias de la OIT) – La 113ª Conferencia Internacional del Trabajo (CIT) concluyó el 13 de
junio con la adopción de las primeras normas internacionales del trabajo destinadas a prevenir la
exposición a riesgos biológicos en el lugar de trabajo y proteger a los trabajadores de ellos, un paso
histórico en los esfuerzos mundiales por salvaguardar la salud y la seguridad en el trabajo en todos los
sectores.
El Convenio (C 192) insta a los Estados Miembros a formular políticas nacionales y adoptar medidas en
materia de seguridad y salud en el trabajo que incluyan la prevención y la protección contra los riesgos
biológicos, así como el desarrollo de medidas de preparación y respuesta ante accidentes y
emergencias. Exige a los empleadores que adopten medidas de prevención y protección, en
colaboración con los trabajadores, quienes también deben estar informados y capacitados sobre los
peligros y riesgos.

La Recomendación adjunta proporciona orientación detallada sobre la implementación, incluyendo la
evaluación de riesgos, los sistemas de alerta temprana, las medidas de preparación y respuesta (por
ejemplo, en caso de brotes, epidemias o pandemias) y la capacitación. También profundiza en la
definición de peligros y riesgos biológicos y enumera las vías específicas de exposición y transmisión,
como la transmisión aérea, por contacto o por vectores.

En conjunto, los instrumentos ofrecen un marco sólido y adaptable para prevenir los riesgos biológicos
en todo tipo de lugares de trabajo, tanto ahora como en el futuro. Los convenios son tratados
internacionales jurídicamente vinculantes que pueden ser ratificados por los Estados miembros,
mientras que las recomendaciones sirven como directrices no vinculantes.

La sesión plenaria analizó el informe del Director General de la OIT, Gilbert F. Houngbo, « Empleo,
derechos y crecimiento: Reforzando la conexión ». «A través de sus respuestas a mi informe, he
percibido un amplio consenso en cuanto a que el diálogo social y las instituciones democráticas son
esenciales para fomentar la cohesión social, generar confianza y apoyar tanto las empresas sostenibles
como las sociedades centradas en el ser humano», declaró Houngbo en la ceremonia de clausura de la
CIT.
También señaló que durante la sesión se registraron 18 instrumentos de ratificación de 8 Estados
Miembros. «Nuestro mandato y nuestra labor importan ahora más que nunca. Hemos avanzado mucho,
y, por supuesto, aún queda mucho por hacer, y a veces, el avance puede no parecer lo suficientemente
rápido. Pero tenemos el deber de seguir avanzando con firmeza en la búsqueda de la justicia social,
juntos», añadió Houngbo.

Economía de plataformas y otros temas

La Conferencia también celebró su primer debate normativo sobre trabajo decente en la economía de
plataformas , un paso importante para mejorar los derechos y las condiciones de los trabajadores de
plataformas digitales y demostrar que la innovación tecnológica, la protección y la equidad pueden ir de
la mano. Se acordaron aspectos clave, como la forma de los instrumentos, un Convenio con una
Recomendación complementaria, y se establecieron definiciones básicas y su alcance.

Las normas propuestas abarcan una amplia gama de temas, como los principios y derechos
fundamentales en el trabajo, la remuneración justa, la seguridad social, la seguridad y salud en el
trabajo, el impacto de los sistemas automatizados en las condiciones de trabajo y el acceso al trabajo, la
protección de los datos personales y la privacidad, y el acceso efectivo a la resolución de controversias.
El debate continuará en la 114.ª Sesión de la CIT en 2026, con el objetivo de adoptar ambos
instrumentos.

La CIT también adoptó una Resolución para reducir la informalidad y apoyar la transición al trabajo
formal . La resolución insta a tomar medidas urgentes para mejorar las condiciones laborales, ampliar la
protección social y crear empleos decentes, especialmente para las personas más afectadas por la
informalidad. Asimismo, solicita a la OIT que elabore una hoja de ruta mundial y apoye a los países en la
implementación de sus estrategias nacionales.

La CIT aprobó, por abrumadora mayoría, siete enmiendas al Código del Convenio sobre el Trabajo
Marítimo, 2006 (MLC, 2006). Las modificaciones abordan la violencia y el acoso a bordo, refuerzan el
derecho al permiso para bajar a tierra y a la repatriación, y exigen el reconocimiento de la gente de mar
como trabajadores esenciales. También mejoran el acceso a la atención médica y garantizan un trato
justo en caso de detención o accidentes marítimos.

Además, se aprobó formalmente la contribución tripartita de la OIT a la Segunda Cumbre Mundial sobre
Desarrollo Social, prevista para noviembre de 2025 en Doha, Qatar. La Resolución insta a la participación
activa de las organizaciones de empleadores y de trabajadores y asigna a la OIT un papel destacado en el
seguimiento y la supervisión de los resultados de la Cumbre.

La CDI también adoptó una Resolución instando a las autoridades militares de Myanmar a implementar
las recomendaciones de la Comisión de Encuesta de la OIT sobre la libertad sindical y la eliminación del
trabajo forzoso, y pidiendo un mayor apoyo y monitoreo internacionales para proteger los derechos de
los trabajadores.

Los delegados de la Conferencia aprobaron el informe de la Comisión de Aplicación de Normas (CAN),
que examinó la aplicación de varios Convenios de la OIT en 24 casos de países. Además, durante una
sesión especial sobre Belarús, la Comisión instó al cumplimiento de las recomendaciones de la Comisión
de Encuesta de 2003 sobre los Convenios núms. 87 y 98 y expresó su profunda preocupación por el uso
constante por parte del Gobierno de Belarús de sanciones penales y acoso judicial contra sindicalistas
que realizan actividades legítimas. También examinó la aplicación de cuatro Convenios y dos
Recomendaciones en materia de protección contra accidentes del trabajo en los Estados miembros,
tanto ratificantes como no ratificantes.

La CDI decidió invitar a Palestina a participar en las reuniones de la OIT como Estado observador no
miembro, poniendo fin a su condición anterior de movimiento de liberación.

La CIT también adoptó la Resolución sobre el Programa y Presupuesto para 2026-27 , incluida la
asignación del presupuesto entre los Estados Miembros de la OIT.

La segunda edición del foro anual de la Coalición Mundial por la Justicia Social se celebró el 12 de junio,
en paralelo a la CIT. El foro reafirmó el compromiso de la Coalición de impulsar un cambio real y mejorar
la calidad de vida mediante acciones concretas, y contó con la asistencia de socios de la Coalición y
delegaciones tripartitas de la OIT. El presidente de la República Dominicana, Luis Abinader, también
participó en el foro, junto con el ministro de Trabajo y Empleo de Brasil, Luiz Marinho, cuyo gobierno
copreside el Grupo Coordinador de la Coalición. El foro también contó con la participación de un
importante número de ministros y otros representantes gubernamentales, representantes de
organizaciones socias de las Naciones Unidas, organizaciones de trabajadores y empleadores, la
sociedad civil, el sector privado e instituciones académicas.

La 113.ª CIT se celebró en Ginebra del 2 al 13 de junio de 2025. Asistieron más de 5400 delegados,
representantes de gobiernos, organizaciones de empleadores y de trabajadores. La CIT es la reunión
anual de los 187 Estados Miembros de la OIT, el organismo especializado de las Naciones Unidas para el
mundo del trabajo.”

ENLACE 
ENLACE A TEXTO DEL CONVENIO (en inglés)

 

Compilación de artículos académicos: Gobernanza de la migración laboral en perspectiva. Compilación de artículos académicos. OIT y el INM RD, 10.06.2025

Gobernanza de la migración laboral en perspectiva. Compilación de artículos académicos.
OIT y el Instituto Nacional de Migración de la República Dominicana (INM RD)

“Esta publicación reúne tres estudios preparados por los docentes de la primera edición del
diplomado “Gobernanza de la migración laboral en la República Dominicana”, además de la
conferencia magistral que inauguró esta acción formativa. Los autores compartieron sus
experiencias para generar una comprensión robusta y profunda de diversos ámbitos de la
migración.

Gobernanza de la migración laboral en perspectiva es es resultado del esfuerzo conjunto entre el
Instituto Nacional de Migración de la República Dominicana (INM RD) y la Organización Internacional de
Trabajo (OIT), con apoyo del Proyecto Lazos, que se ejecuta en el país con financiamiento de la Agencia
Sueca de Cooperación Internacional para el Desarrollo (ASDI), con el objetivo de mejorar la integración
socioeconómica de las personas migrantes venezolanas en países de acogida de América Latina y el
Caribe.

En el marco de este Proyecto, se ha diseñado e implementado el diplomado «Gobernanza de la
migración laboral en la República Dominicana» que tuvo su primera edición en 2023 y desde este 2025
formará parte de la oferta formativa regular de la Escuela Nacional de Migración del INM RD. En este
diplomado se ha contado con destacados docentes ‒expertos nacionales e internacionales en migración
laboral y derechos humanos‒, que han nutrido de manera excepcional esta jornada formativa
especializada hecha a la medida para el país.

Los artículos que se presentan en esta publicación contribuyen a generar mayores espacios de
comprensión sobre la temática de la migración laboral y a fortalecer las capacidades técnicas de los
participantes del diplomado y en general de las personas interesadas en profundizar en este tema.

En esta publicación podrás encontrar el siguiente contenido:

  •  La gobernanza de la migración laboral: tendencias, desafíos y oportunidades, Francesco
    Carella, Especialista Regional de Migración Laboral de la OIT para América Latina y el Caribe
  • Protección social de las personas trabajadoras migrantes, Luciana Gandini, investigadora y
    coordinadora en la UNAM, y Non-Resident Global Fellow en el Migration Policy Institute
  •  Migraciones, políticas públicas y derechos humanos en América Latina y el Caribe:
  • Multiplicidad de prácticas en políticas públicas en tiempos inéditos y complejo, Pablo Ceriani Cernadas, experto independiente del Comité de Naciones Unidas para la Protección de los
    Derechos de los Trabajadores Migrantes y Miembros de sus Familias
  •  Un análisis sistémico de la (in)(e)migración hacia, desde y dentro de la República Dominicana en el siglo XX,     Pedro Valdez-Castro, investigador asociado la Universidad de Texas
    ENLACE
  • DESCARGAR PUBLICACIÓN AQUÍ (pdf 7.27mb)

Normas internacionales del trabajo: Uruguay ratifica el Convenio núm. 187 sobre el marco promocional para la seguridad y salud en el trabajo. 6 de junio de 2025

Uruguay ratifica el Convenio núm. 187 sobre el marco promocional para la seguridad y salud en el trabajo. 6 de junio de 2025

Uruguay ya ha ratificado todos los convenios fundamentales.
“GINEBRA (NOTICIAS DE LA OIT) – El viernes 06 de junio de 2025, Juan Castillo, Ministro de
Trabajo y Seguridad Social de Uruguay, presentó el instrumento de ratificación del  Convenio
sobre el marco promocional para la seguridad y salud en el trabajo, 2006 (núm. 187) al
Director General de la OIT, Gilbert Houngbo.

Al depositar el instrumento de ratificación, el Sr. Castillo declaró: “La ratificación del Convenio obedece
a una larga tradición del país de apego a las normas internacionales del trabajo, las que resultan una
fuente esencial del derecho a la protección social y laboral de las personas que trabajan. Con este acto,
se completa la incorporación a nuestro sistema jurídico de todos los Principios y Derechos
Fundamentales en el trabajo contenidos en la Declaración de la OIT de 1998. Por otra parte, además de
esta significación clave, el Convenio 187 constituye un fundamento adicional para las actuales iniciativas
del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social en el tema, materializadas en una serie de acciones
tendientes a garantizar el cumplimiento de la Política Nacional de Seguridad y Salud Laboral y a la
configuración de una cultura de la prevención en el marco del diálogo social y el tripartismo. Esta
ratificación es, por lo tanto, necesaria y oportuna”.

Al recibir el instrumento de ratificación, el Sr. Houngbo declaró: “Quisiera felicitar al Gobierno de
Uruguay por la ratificación del Convenio núm. 187 y por su compromiso con el principio y derecho
fundamental a un entorno de trabajo seguro y saludable. Al ratificar el Convenio núm. 187, el Gobierno
de Uruguay pone de manifiesto su compromiso con las normas internacionales del trabajo, la justicia
social y la promoción de la seguridad y la salud en el trabajo de manera continua y sostenible. Espero
que esta ratificación incite a otros países de la región y del mundo a hacer lo mismo en un futuro
próximo, con el fin de evitar los accidentes laborales y las enfermedades profesionales”.
En junio de 2022, en su 110.ª reunión, la Conferencia Internacional del Trabajo de la OIT adoptó
la Resolución sobre la inclusión de un entorno de trabajo seguro y saludable en el marco de la OIT

relativo a los principios y derechos fundamentales en el trabajo de la OIT, mediante la cual se declaró
que los Convenios núms. 155 y 187 forman parte de los convenios fundamentales.
Uruguay ha ratificado 13 Convenios sobre seguridad y salud (SST) en el trabajo, 112 Convenios de la OIT
y un protocolo. Para más información, véase el perfil de NORMLEX.”
ENLACE

FOTO PORTADA : © Alioune Ndiaye /OIT

Reforma laboral para plataformas digitales en México: ¿en qué consiste y por qué protestan algunos repartidores? Por S. González, en El País/MEX, 23.06.2024

Reforma laboral para plataformas digitales en México: ¿en qué consiste y por qué protestan
algunos repartidores? Por S. González, en El País/MEX, 23.06.2024

“La reforma plantea un nuevo esquema de seguridad social que, de acuerdo con autoridades,
beneficiaría a más de 650.000 trabajadores de aplicaciones.

A pocos días de que entre en vigor la reforma a la Ley Federal del Trabajo para regular los derechos de
los trabajadores de plataformas digitales, algunos repartidores han salido a protestar a las calles.
Durante los bloqueos realizados en Ciudad de México esta semana, externaron su preocupación porque
el proyecto podría afectar la flexibilidad de su empleo y reducir sus ingresos, especialmente por las
aportaciones al IMSS que se les descontará. Por su parte, la Unión Nacional de Trabajadores por
Aplicación (UNTA) sostiene que parte del rechazo se debe a la desinformación; “sabemos que algunas
plataformas han reaccionado desinformando, haciendo campañas para que los trabajadores y
trabajadoras no quieran esta ley, pero somos más los que queremos esta ley y queremos tener
protección”, afirmó Shaira Garduño Tovar, representante de la UNTA.

Para atender estas inquietudes, el gobierno mexicano presentó los acuerdos a los que se llegó en mesas
de negociación con los repartidores y las empresas, que incluyen el compromiso de proteger su
autonomía, acceso al IMSS, aportaciones al Infonavit, pago de vacaciones, aguinaldo y participación en
utilidades, así como una etapa de prueba de 180 días para evaluar la operación del nuevo esquema.

Las claves de la reforma

La reforma busca establecer con mayor claridad quiénes deben ser considerados trabajadores
formales dentro de estas aplicaciones. Para ello, propone una distinción entre personas que
generan ingresos mensuales iguales o superiores al salario mínimo —quienes serían
reconocidos como trabajadores de plataformas— y quienes laboran de forma más ocasional,
considerados independientes. Esta clasificación no depende del tiempo que pasen conectados,
sino del monto que logren generar.

La reforma resalta que el trabajo seguirá siendo flexible y sin horarios fijos, manteniendo una
de las características más valoradas por los trabajadores. Además, se contará con acceso al
IMSS, aportaciones al Infonavit, pago de vacaciones, aguinaldo y participación en utilidades,
obligaciones que recaerán directamente en las plataformas. También se han planteado
directrices para evitar penalizaciones arbitrarias, la retención de bonos, o bloqueos injustos
por parte del algoritmo. “Nadie puede ser desconectado por un robot sin derecho a una
audiencia. La desconexión inmediata, además, solo se permite en casos graves, como fraude o
riesgos de seguridad, y siempre deberá notificarse de manera muy clara y con justificación”,
explicó el secretario del Trabajo y Previsión Social, Marath Bolaños en la conferencia matutina
del 20 de junio.  SEGUIR LEYENDO

foto: Aurea Del Rosario / EL PAIS

Reducción de jornada laboral abre paso a la Inteligencia Artificial. Artículo por J.L. Ramos, en Reporte Indigo, 20.06.2025

Reducción de jornada laboral abre paso a la Inteligencia Artificial. Escribe José Luis Ramos, en Reporte Indigo, 20 de junio de 2025

“La reducción de la jornada laboral abre paso a que la irrupción de la IA en los sectores
productivos compense la transición, pero también pone sobre la mesa la discusión acerca de la
regulación para el uso ético de estas herramientas.
Los sectores productivos compensarían la transición de la jornada laboral de 48 a 40 horas con el uso de
tecnología, pero también pone sobre la mesa la discusión acerca de la regulación para el uso ético de
estas herramientas
La discusión sobre la reducción de la jornada laboral de 48 a 40 horas en México podría terminar en
septiembre de 2025, cuando se espera que el Congreso de la Unión apruebe la reforma a la Ley Federal
del Trabajo; no obstante, esto abre paso a que las empresas contemplen herramientas de inteligencia
artificial (IA) para compensar esta transición.

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Reunión de Ministros del MERCOSUR. MTSS Uruguay reafirma compromiso con el fortalecimiento de las políticas laborales y de protección social en la región. 23.06.2025

En el marco de la Reunión de Ministros de Trabajo del MERCOSUR, el ministro de Trabajo y
Seguridad Social, Juan Castillo, reafirmó el compromiso del país con el fortalecimiento de las
políticas laborales y de protección social en la región.

“Para nosotros es un honor participar en esta reunión con el propósito común de fortalecer nuestras
políticas laborales y de protección social en la región”, expresó Castillo durante su intervención.
El ministro participó de la reunión junto al responsable de Relaciones Internacionales y Cooperación,
Leonardo Batalla. Destacó la importancia del diálogo regional y subrayó la necesidad de avanzar en un
MERCOSUR más integrado: “reafirmamos nuestro compromiso de trabajar juntos por un futuro más
justo y equitativo para todos nuestros ciudadanos, ya que necesitamos un MERCOSUR más fuerte y más
unido”.

Asimismo, ese refirió a la reciente participación de Uruguay en la mesa presidencial de la 113.ª
Conferencia de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), donde se abordaron temas críticos como
el desempleo, la caída del poder adquisitivo y el crecimiento de la pobreza a nivel global.
Destacó que la nueva administración trabajará priorizando “la generación de empleo, la mejora de los
salarios sumergidos, la no pérdida del salario real, la reforma de la seguridad social, la salud laboral, la
cooperación y la inserción internacional”.

Uno de los desafíos centrales, dijo, es la instalación de un ámbito tripartito para debatir iniciativas que
permitan reducir el tiempo de trabajo y aumentar la productividad. En este marco, destacó también la
importancia de los temas tratados recientemente por la OIT, como el convenio sobre riesgos biológicos,
la formalización del empleo y la regulación del trabajo en plataformas digitales.
El ministro valoró el funcionamiento de las comisiones técnicas del MERCOSUR en salud y seguridad
laboral, igualdad de género, servicios públicos de empleo y formación profesional; y alentó a continuar
fortaleciendo instancias como la Comisión Operativa Coordinadora del Plan Regional de Inspección del
Trabajo, así como el trabajo conjunto en la prevención del trabajo forzoso y la trata de personas,
especialmente en zonas de frontera.

El ministro hizo especial mención a la cooperación entre Brasil y Uruguay en el combate al trabajo
infantil, destacando la instalación de una mesa binacional en Rivera–Santana do Livramento.  “Este tipo
de cooperación transfronteriza es clave para una respuesta efectiva y coordinada”, aseguró.
El jerarca culminó reafirmando el compromiso de Uruguay con los principios del trabajo decente, la
justicia social y la cooperación regional. “Este esfuerzo conjunto es esencial para consolidar un
MERCOSUR más inclusivo, más equitativo y comprometido”, subrayó Castillo.
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