
Régimen de los convenios colectivos. 1955. 79 págs.
Héctor Hugo Barbagelata

-El derecho común sobre el despido y su interpretación jurisprudencial. 1953. 164 págs.
Héctor Hugo Barbagelata
El trabajo y el fin del fin de la historia. Ensayo. Por Helen Hester y Nick Srnicek en
Revista Nueva Sociedad, Nº 311 / Mayo – Junio 2024
“El renacimiento de las perspectivas del postrabajo ha tendido, sin embargo, a perder
de vista el espectro completo del trabajo. Al considerarse casi exclusivamente el
trabajo asalariado y, sobre todo, en las industrias y los empleos dominados por
hombres, se piensa en robots invadiendo fábricas, depósitos y oficinas, pero nunca
hospitales, hogares de ancianos o guarderías. ¿Cómo cambiar esta perspectiva, habida
cuenta del creciente peso del trabajo de cuidados?”
Seguridad Social. Introducción, prestaciones de actividad y materia gravada. Nelson
Larrañaga Zeni. FCU, 1ª edición, junio 2024
Reseña
“La seguridad social ofrece distintos beneficios de acuerdo a las necesidades y las
circunstancias de las personas. Es por ello que el presente trabajo aborda varios de sus
aspectos. Entre ellos, el desarrollo de las prestaciones de actividad, la materia gravada y los
Convenios Internacionales que regulan aspectos relevantes del derecho de la seguridad social.
Estudia su razón de ser analizando el concepto, los principios y la financiación. Además, se
focaliza en las prestaciones de actividad como el subsidio por desempleo, las prestaciones por
maternidad, los subsidios por paternidad y para cuidados, prestaciones familiares y de salud, y
el subsidio por enfermedad común.
«Regular la inteligencia artificial para evitar la deshumanización y proteger a las
personas que trabajan» La opinión de W. Sanguineti y A. B. Muños Ruíz
Del Blog de Wilfredo Sanguineti Raymond:
“En la última etapa se ha extendido la conciencia de que nos encontramos en los albores de una
profunda transformación de nuestro modo de vida, marcada por la irrupción de los sistemas de
inteligencia artificial y su aplicación a todo tipo de actividades económicas y de relaciones sociales.
Incluyendo, por supuesto, las que se tejen en el mundo del trabajo.
Por lo que se refiere a estas últimas, los sistemas de inteligencia artificial no solo están permitiendo
automatizar puestos, tareas y funciones, sino los tradicionales procesos empresariales de decisión, que
dejan así de estar basados en una lógica causal propia del razonamiento de las personas, para operar a partir de una lógica correlacional articulada en torno al análisis de datos y el establecimiento de vínculos entre estos.
El riesgo de este desplazamiento no es otro que una progresiva deshumanización de la gestión de las
relaciones laborales, con la consiguiente cosificación de los trabajadores, que terminan así por verse
despojados de su individualidad y convertidos en una pura agregación de los datos asociados a su
desempeño, sin ninguna consideración de sus habilidades, experiencias, sensibilidad, emociones o
circunstancias personales, toda vez que los algoritmos que soportan los sistemas de inteligencia artificial carecen de la capacidad de ponderar estas variables, que sigue siendo patrimonio exclusivo de las personas.
Además de que estos sistemas son capaces también de dar lugar a un incremento exponencial de la
vigilancia y el control de las personas que trabajan y de ejercer estas funciones de manera comparativa,
elevando la presión sobre ellas y reduciendo su capacidad de negociación frente al titular de la empresa, como se ha denunciado igualmente.
En estas condiciones, resulta de urgente necesidad una intervención normativa, que sirva para preservar los usos virtuosos que indudablemente tiene de la inteligencia artificial, pero sea capaz a la vez de imponer cautelas y garantías frente a los riesgos apuntados.
Y así lo ha entendido la Unión Europea, que ha concluido recientemente el proceso dirigido a regular el
uso de la inteligencia artificial con la aprobación el pasado 13 de mazo del Reglamento de Inteligencia
Artificial. Una norma que, aunque por razones evidentes no está dirigida solo al espacio de las relaciones de trabajo, tiene en este uno de sus referentes más importantes.
El monográfico número 19 de Trabajo y Derecho, titulado «El impacto laboral de la inteligencia artificial.
Herramientas para evitar la deshumanización y proteger a las personas que trabajan», que he tenido la
satisfacción de dirigir con mi querida colega y amiga la profesora Ana Belén Muñoz Ruíz, muy
reconocida experta en la materia, parte de esta doble realidad, marcada por los desafíos impuestos por
la inteligencia artificial a los sistemas de relaciones laborales y la aprobación de la primera norma dentro del panorama internacional dirigida a su regulación, para interrogarse sobre las claves fundamentales de un tratamiento de esta herramienta que sea capaz de preservar la seguridad, la salud y los derechos fundamentales, por supuesto individuales y colectivos, de los trabajadores.
De hecho, constituye la primera obra colectiva que se ocupa del análisis del Reglamento de Inteligencia
Artificial desde la perspectiva del Derecho del Trabajo.

Procesos de trabajo, productividad, acuerdos y desacuerdos en Argentina 1945-1955 :
contribuciones para el estudio de las relaciones de trabajo / Julio César Neffa ; Héctor Gustavo
Cordone. – 1a ed – Ciudad Autónoma de Buenos Aires : Centro de Estudios e Investigaciones
Laborales – CEIL-CONICET, 2024.
Repensar la jubilación. Los sistemas de pensiones en América Latina después de
COVID-19. BID, 2024
Autores: Izquierdo, Alejandro; Robles, Edgar A.; Tapia Troncoso, Waldo.
“Tras las turbulencias globales desatadas por el COVID-19, América Latina y el Caribe se
enfrenta a un vacío flagrante a la hora de comprender el impacto de la pandemia en
los sistemas de pensiones. A través de una colaboración entre centros de investigación de
la región y el Banco Interamericano de Desarrollo, este libro pretende llenar ese vacío.
Estudios de caso centrados en Argentina, Chile, El Salvador y Perú exploran el impacto
de la pandemia en el bienestar de los pensionistas y la acumulación de prestaciones,
destacando la resistencia de los sistemas de pensiones frente a la adversidad y el
papel fundamental de las políticas públicas en trazar su destino. Este libro ofrece ideas
para sortear la incertidumbre y elaborar políticas que mejoren la calidad de vida de las
personas mayores. Al mismo tiempo representa un llamamiento a responsables
políticos, académicos y expertos para que unan esfuerzos en el diseño de sistemas de
pensiones equitativos, sostenibles y resistentes para las generaciones venideras.”
VER TAMBIÉN EN EL BLOG DEL BID IDEAS QUE CUENTAN
Los problemas del sistema de pensiones y la necesidad de reforma tras el COVID-19
07.06.2024. Escriben Alejandro Izquierdo – Waldo Tapia
Ruiz Saura, José Enrique. «La reconfiguración de los derechos de reunión e información
sindical en la economía 4.0». IUSLabor. Revista d’anàlisi de Dret del Treball, 2024, n.º 2, pp. 160-180
“En el presente trabajo se realiza un análisis de la influencia que la llegada de la era digital ha
tenido en el ejercicio de los derechos sindicales de reunión y transmisión de
información a las personas trabajadoras. Para ello, se incide en aquella jurisprudencia que ha
permitido adaptar la legislación a las nuevas realidades laborales y delimitar el uso con fines
sindicales de las nuevas herramientas tecnológicas de comunicación.
Especialmente, deberá hacerse hincapié en la STC 281/2005, de 7 noviembre, que
contribuyó decisivamente a la redefinición del concepto clásico del tablón sindical, dando pie a
una interpretación actualizada que legitima el uso de elementos como las cuentas de correo
corporativas. Más recientemente, resultan de enorme interés las resoluciones que nos
aportan nuevos criterios para uso lícito de nuevos elementos como apps o redes
sociales”