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Podcast el futuro del trabajo: Hay que aprovechar las oportunidades que nos abre la inteligencia artificial. Entrevista. OIT, 27.04.2023

Hay que aprovechar las oportunidades que nos abre la inteligencia artificial. Entrevista. OIT, 27.04.2023
“Las personas y las empresas deberán aprender a aprovechar los avances de la inteligencia artificial
pero también ser muy conscientes de los riegos que conllevan,” dice Christina Pombo, economista del
Banco Inter americano de Desarrollo.
La experta estima que programas como ChatGPT son una revolución importante que tendrán un fuerte
impacto en el mercado laboral. “Se van a ajustar las tareas que hacemos. No van a desaparecer tantos
empleos como aseguran las primeras estimaciones pero sí se van a remplazar los puestos de trabajo
que no usan las herramientas de inteligencia artificial,” asegura Pombo.

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Publicado en LATAM GREMIAL: La importancia de las asociaciones colectivas en la era sintética y de la inteligencia artificial. Por A. Urueña. En Latam Gremial, 03.04.2023

La importancia de las asociaciones colectivas en la era sintética y de la inteligencia artificial. Por Alejandro Urueña, abogado y Magister en Derecho del Trabajo y Relaciones Laborales. En Latam Gremial, 3 de abril de 2023.

“Estamos viendo como el crecimiento exponencial de la tecnología de la mano de la inteligencia artificial está modificando profundamente las relaciones laborales. En este sentido, prestigiosos académicos y dueños de empresas tecnológicas ya pidieron frenar los avances de las creaciones tecnológicas superiores a las IA existentes por un lapso de seis meses a fin de garantizar la implementación de legislaciones y protocolos para el antes, el durante y el después, basados en la ética. Otros países, como Italia, ya bloquearon su uso.

Al respecto, hay un caso testigo: el de la actividad de los Locutores . El «Sindicato Argentino de Locutores y Comunicadores (SALCO)” – puesto en escena por Mundo Gremial– está tratando de defender su actividad de manera – por así decirlo- colosal, pero no imposible. La situación se da en el marco de la nueva industria sintética generada sistemas de Inteligencia Artificial que, debemos entender es, “Software que se desarrolla empleando una o varias de las técnicas y estrategias que figuran en el anexo I y que puede, para un conjunto determinado de objetivos definidos por seres humanos, generar información de salida como contenidos, predicciones, recomendaciones o decisiones que influyan en los entornos con los que interactúa”.

De éstas, el santo grial es el Deep Learning, que podría llevarnos a erosionar las mayoría de las actividades realizadas por los seres humanos, gracias a las posibles potencialidades de aprendizaje profundo dentro del esquema de I.A. Sin embargo, conviene advertir que “por cada voz sintética creada por estas empresas, un actor de voz también debe proporcionar los datos de entrenamiento originales”.

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El EJERCICIO DEL IUS VARIANDI Y LA JURISPRUDENCIA RECIENTE EN MATERIA DE MEDIDAS CAUTELARES. Por Juan Pablo Capón Filas, en Blog del EFT, 23.04.2023

IUS VARIANDI Y MEDIDAS CAUTELARES
El EJERCICIO DEL IUS VARIANDI Y LA JURISPRUDENCIA RECIENTE EN MATERIA
DE MEDIDAS CAUTELARES.

En Blog del Equipo Federal del Trabajo, 23.04.2023
Artículo publicado el 12 de abril de 2023 en elDial.com. Citar: elDial.com – DC31B5
El artículo 66 de la Ley de Contrato de Trabajo establece, en la redacción actual, según ley
26.088 (B.O. de día 24 de abril de 2006):
“El empleador está facultado para introducir todos aquellos cambios relativos a la forma y
modalidades de la prestación del trabajo, en tanto esos cambios no importen un ejercicio
irrazonable de esa facultad, ni alteren modalidades esenciales del contrato, ni causen perjuicio
material ni moral al trabajador.

Cuando el empleador disponga medidas vedadas por este artículo, al trabajador le asistirá la posibilidad
de optar por considerarse despedido sin causa o accionar persiguiendo el restablecimiento de las
condiciones alteradas. En este último supuesto la acción se substanciará por el procedimiento
sumarísimo, no pudiéndose innovar en las condiciones y modalidades de trabajo, salvo que éstas sean
generales para el establecimiento o sección, hasta que recaiga sentencia definitiva”.

La jurisprudencia ha interpretado que una de las modalidades de la facultad de Dirección y Organización
de la empresa por parte del Empleador, que es habitualmente conocida como “ius variandi”, es decir la
posibilidad de hacer cambios relativos a la forma y modalidad de la prestación laboral deberá, para
resultar válida y legítima, ser ejercida en sentido plenamente “funcional”, es decir no deberá ser
irrazonable, ni podrá alterar el núcleo sustancial del contrato de trabajo ni causar perjuicio ni material
ni moral a la trabajadora o el trabajador.

Al respecto, muy recientemente, se ha reiterado dicha valiosa y ejemplar corriente jurisprudencial, en
sentencia cautelar no firme, del día 5 de abril de 2023, del Juzgado Nacional de Primera Instancia del
Trabajo Nro. 63, a cargo de la Doctora María Alejandra D´Agnillo, en autos “ASOCIACION DE
EMPLEADOS DE FARMACIA” (2), en los que se ha ordenado una medida cautelar que deja sin efecto un
cambio unilateral del horario de trabajo, sosteniendo para así resolver:
“En cuanto a la medida cautelar peticionada, y en virtud de la normativa invocada (art. 66 LCT) creo
oportuno señalar que el trabajador que, en principio, alega haber sido afectado por un ejercicio abusivo
del “ius variandi”, puede peticionar la conjura del intento de cambio cuando acredita los requisitos para
su procedencia y, en particular, el “fumus bonis iuris”.

Reunión de ministros de Trabajo y Empleo del G7: La OIT celebra el compromiso del G7 de invertir en capital humano y trabajo decente

Los ministros de Trabajo y Empleo del G7 adoptan un plan de acción para abordar los
principales problemas del mundo del trabajo.
Noticia OIT | 24 de abril de 2023

KURASHIKI (OIT Noticias) – La Organización Internacional del Trabajo ha acogido con satisfacción la
Declaración de los Ministros de Trabajo y Empleo del G7, centrada en la necesidad de invertir en capital
humano y trabajo decente.

La reunión en la ciudad japonesa de Kurashiki, que tuvo lugar los días 22 y 23 de abril, concluyó con una
declaración en la que se destacan los compromisos de los gobiernos para abordar las cuestiones clave a
las que se enfrenta el mundo del trabajo.

Entre ellos figuran la necesidad de un trabajo digno y el compromiso de los trabajadores; el aprendizaje
permanente y la inversión en competencias; los mercados laborales inclusivos; y la igualdad de género,
incluida la importancia de promover el permiso de paternidad en los lugares de trabajo y en la economía
social y solidaria.

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MÁS NOTICIAS DE OIT

Desigualdad y justicia social en la agenda de las conversaciones entre el Director
General de la OIT y el Presidente de Brasil

En su primera visita oficial a la región de América Latina y el Caribe, el Director General de la
OIT, Gilbert F. Houngbo, y el Presidente de Brasil, Lula, conversaron sobre la iniciativa de la
Coalición Mundial por la Justicia Social de la OIT.

Noticia | 21 de abril de 2023
BRASÍLIA (OIT Noticias) – La iniciativa de la Coalición Mundial por la Justicia Social de la OIT fue
el tema central de las conversaciones entre el Presidente de Brasil, Inacio Lula da Silva, y el
Director General de la OIT, Gilbert F. Houngbo, durante su visita de dos días al país.

Ambos expresaron su preocupación por las desigualdades en todo el mundo y su repercusión
en los trabajadores, una cuestión que ocupa un lugar central en la Coalición, cuyo objetivo es
elevar el debate político sobre la justicia social para abordar los retos que afectan al mundo del
trabajo.
“Mi ambición es que, dentro de cinco años, el debate en torno a la justicia social sea tan
importante como lo son hoy el cambio climático, los derechos humanos y el fin de la
discriminación. Necesitamos integrar todas las dimensiones de la justicia social en las
políticas”, afirmó Houngbo. SEGUIR LEYENDO

28 DE ABRIL DE 2023: DIALOGO MUNDIAL: Día Mundial de la Seguridad y Salud en el Trabajo 2023: Un entorno laboral seguro y saludable es un principio y un derecho fundamental en el trabajo

28 DE ABRIL DE 2023: DIALOGO MUNDIAL EN VIVO

En junio de 2022, la Conferencia Internacional del Trabajo (CIT) decidió incluir “un
entorno de trabajo seguro y saludable” en el marco de principios y derechos
fundamentales en el trabajo de la OIT.

El 28 de abril de 2023, la OIT celebrará esta decisión, reuniendo a expertos y
mandantes para debatir las implicaciones que tiene para el mundo del trabajo, así
como la forma de aplicar en la práctica este derecho en el mundo laboral. También
servirá para presentar los resultados de la investigación sobre el estado de
aplicación de diversas disposiciones de los Convenios fundamentales núm. 155 y
núm. 187.

1. ¿Cómo podemos promover el derecho fundamental a un entorno de trabajo
seguro y saludable?
Siga el diálogo mundial de la OIT sobre cómo aplicar un entorno de trabajo
seguro y saludable como principio y derecho fundamental en el trabajo.

Reunión
Viernes, 28 de abril de 2023, 8:30 a 10:00 (America/Araguaina)
El diálogo global del Día Mundial de la Seguridad y Salud en el Trabajo 2023 explorará
cómo implementar un entorno de trabajo seguro y saludable como principio
fundamental y derecho en el trabajo. El evento promoverá el nuevo derecho
fundamental reconocido en la Resolución de la Conferencia Internacional del Trabajo
de 2022 e incluirá un debate sobre las medidas que los mandantes tripartitos de la OIT
pueden adoptar en el futuro.

SEGUIR LEYENDO – PROGRAMA DE LA REUNIÒN

 

Día Mundial de la Seguridad y Salud en el Trabajo 2023
Implementar un medio ambiente de trabajo seguro y saludable:
¿En qué punto nos encontramos?

En el contexto del El Día Mundial de la Seguridad y Salud en el Trabajo de 2023 que
celebra el reconocimiento de un «entorno de trabajo seguro y saludable» como
principio y derecho fundamental en el trabajo, este informe brinda información sobre
el estado de aplicación a escala mundial de algunas de las disposiciones clave
contenidas en los Convenios 155 Y 187.

Con este fin, se han seleccionado de los convenios fundamentales sobre salud y seguridad en
el trabajo (SST), para su análisis, algunos de los elementos clave necesarios para promover la
realización de un medio ambiente de trabajo seguro y saludable, a saber, la existencia de una
autoridad nacional competente en materia de SST y de un organismo nacional tripartito

nacional para tratar las cuestiones relativas a la SST; un marco jurídico de SST y la inclusión
de disposiciones clave (por ejemplo, el derecho del trabajador a alejarse de una situación de
trabajo peligrosa sin sufrir consecuencias injustificadas y el requisito de establecer un comité
mixto de SST en el lugar de trabajo, como mecanismo eficaz para garantizar la colaboración
entre la dirección y los trabajadores); el desarrollo de una política nacional y un programa
nacional de SST, y el establecimiento de un sistema nacional de registro y notificación de los
accidentes del trabajo y las enfermedades profesionales.
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Economía social y solidaria: La OIT acoge con satisfacción la nueva resolución de la ONU sobre economía social y solidaria. 19.04.2023

“La Asamblea General de las Naciones Unidas ha aprobado una resolución sobre la economía social y solidaria para el desarrollo sostenible.

GINEBRA (OIT Noticias)
El Director General de la OIT, Gilbert F. Houngbo, ha acogido con satisfacción la nueva
resolución de la ONU sobre la promoción de la economía social y solidaria para el desarrollo
sostenible, aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas (AGNU).

La economía social y solidaria se caracteriza por la cooperación voluntaria y la ayuda mutua, la
gobernanza democrática y/o participativa, y la autonomía e independencia. Al trabajar en todos los
sectores económicos, las entidades de la economía social y solidaria subrayan la primacía de las
personas y de la finalidad social sobre el capital en la distribución y el uso de los beneficios y los activos.
Incluyen cooperativas, asociaciones, mutualidades, fundaciones y grupos de autoayuda y voluntariado.

La resolución, Promover la economía social y solidaria para el desarrollo sostenible , fue adoptada el 18
de abril de 2023. Reconoce que la economía social y solidaria puede contribuir a la consecución y
localización de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS).  SEGUIR LEYENDO

Blog de Adrián Todolí 19.04.2023: “Algoritmos productivos y extractivos. Cómo regular la digitalización para mejorar el empleo e incentivar la innovación”. Adrián Todolí, Ed. Aranzadi, 2023

“Algoritmos productivos y extractivos. Cómo regular la digitalización para mejorar el
empleo e incentivar la innovación”. Adrián Todolí, Ed. Aranzadi, 2023
Del Blog de Adrián Todolí, 19.04.2023

“Los algoritmos seleccionan candidatos, organizan los horarios, dan instrucciones, vigilan y
controlan el trabajo, evalúan el desempeño y recompensan o despiden trabajadores. En esta
obra se analizan y ejemplifican estos usos y sus consecuencias.
Este libro no trata de los trabajos que van a desaparecer, sino de los que se van a quedar bajo
la dirección de una Inteligencia Artificial. Los algoritmos están sustituyendo trabajadores que
toman decisiones, por trabajadores que cumplen lo decidido por el algoritmo.
En este sentido, se defiende que la dirección algorítmica está alterando el equilibrio interno del contrato
de trabajo. El uso de tecnologías para vigilar y controlar a los trabajadores cada vez se aleja más del
espíritu original de garantizar que los trabajadores cumplen sus obligaciones, para pasar a manejarse de
forma mucho más agresiva. Esto es, se ha pasado de hacer un uso defensivo de la tecnología por parte
de los empresarios (comprobar que los trabajadores cumplen con sus obligaciones), a un uso ofensivo
(imponer mayores obligaciones y riesgos sobre trabajador).

Actualmente, la recopilación de información (a través de video cámaras, GPS, wearables y registros de
ordenador del trabajador) y el procesamiento de la misma a través de algoritmos se utiliza para privar al
trabajador de sus derechos fundamentales y laborales básicos, así como para recopilar información con
el objetivo de usarla para disminuir el poder de negociación de los trabajadores. La información y el
procesamiento algorítmico otorga a la empresa una ventaja sin precedentes en la negociación de
condiciones de trabajo. Si la información es poder, la empresa lo tiene todo.

Concretamente, en este trabajo, se sostiene que el algoritmo permite a la empresa una reducción de los
costes de reclutamiento y de vigilancia, un aumento de las posibilidades de determinación individual del
salario de acuerdo con las preferencias “descubiertas” por el algoritmo, grandes posibilidades de
discriminación sindical que reducen la acción colectiva, así como, facilita la descentralización productiva.
En este trabajo se analizarán cómo estas cinco causas repercuten directamente en una fuerte reducción
de poder de negociación de los trabajadores con su consecuente empeoramiento de las condiciones
individuales de trabajo y un reparto desequilibrado de las rentas generadas en el trabajo. Así, en este
trabajo se sostiene que la mayor preocupación de la sociedad no debería ser que un algoritmo te quite
tu trabajo, sino que te quite tu salario.

Por ello, en este trabajo se califican algunos algoritmos como extractivos. Este libro lucha contra la idea
de que la “tecnología es neutra”. Hay diferentes tipos de tecnología y no toda reporta el mismo
bienestar a la sociedad. De un lado, estaría la tecnología productiva o creadora de valor.

Estos algoritmos permitirían automatizar tareas que antes realizaban trabajadores, simplificando su trabajo o requiriendo menos tiempo para ejecutarlo. Aquí entrarían los robots industriales, pero también los ordenadores, las bases de datos informatizadas para abogados, los programas para contables, etc. Es
decir, todo tipo de tecnología que complemente y permita a los trabajadores realizar sus tareas de
forma más productiva: obteniendo más con el mismo esfuerzo y tiempo dedicado. Este es el tipo de
tecnología que permitió, en el S. XVIII, salir de los catastróficos pronósticos del “fin del mundo” y que ha
proporcionado una continua mejora del bienestar social.

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DÚO (Papel + eBook): Algoritmos inteligencia artificial y relación laboral (Dúo). Anna Ginés I Fabrellas (Directora). Ed. Aranzadi, 2023

Algoritmos inteligencia artificial y relación laboral (Dúo). Anna Ginés I Fabrellas
(Directora). Ed. Aranzadi, 2023

SINOPSIS
“Analiza los retos jurídicos que plantea el uso de algoritmos e inteligencia artificial para la adopción de
decisiones automatizadas en el ámbito laboral, tales como selección o contratación, asignación de
tareas o despidos.
Analiza un el uso de algoritmos y sistemas de inteligencia artificial para elaborar perfiles y adoptar
decisiones de forma automatizada en el ámbito laboral.
Estudio jurídico del uso de algoritmos e inteligencia artificial en el ámbito laboral.
Aproximación al uso de algoritmos en la relación laboral desde una perspectiva multidisciplinar. “
Extracto:
“La utilización de sistemas de inteligencia artificial y algoritmos en la relación laboral, aunque
parezca extraído de alguna de las mejores novelas de ciencia ficción, es una realidad.

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España: Revista de Derecho Social – Número 100. Ed. Bomarzo

EDITORIAL – La Revista de Derecho Social llega a su número 100.
Umberto Romagnoli, Adiós.

ESTUDIOS
Estado social, derecho al trabajo y política de empleo. Joaquín Aparicio Tovar, Antonio Baylos Grau y
Jaime Cabeza Pereiro.
Estado democrático y concertación social. María Emilia Casas Baamonde.
Constitucionalismo social, regulación del trabajo y política en Latinoamérica: un largo ciclo de euforia y
desencanto. Guillermo Gianibelli.
La salud de las mujeres en las relaciones de trabajo. Margarita Ramos Quintana.

El derecho del trabajo ante la transformación digital. Jesús Cruz Villalón.
La pobreza laboral en la Unión Europea. Concepto, causas y propuestas para combatirla desde el
Derecho social europeo. Antonio García-Muñoz Alhambra y Luca Ratti.
ANÁLISIS DE JURISPRUDENCIA
1. TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
La respuesta disputada del TC ante las nuevas fronteras del poder de dirección y control del empresario:
videovigilancia, intimidad y protección de datos. Comentario a la STC 119/2022, de 29 de septiembre de
2022. María José Romero Rodenas.
2. TRIBUNAL SUPREMO
Comentario de jurisprudencia del Tribunal Supremo. Tercer trimestre de 2022. Jaime Cabeza Pereiro,
Francisca Fernández Prol, Montserrat Agís Dasilva, Amparo Merino Segovia, Carmen Ferradans Caramés.

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25 AÑOS DESPUÉS: LA REVISTA DE DERECHO SOCIAL LLEGA A SU NÚMERO 100
Por Antonio Baylos, en su Blog, publicado el 19.04.2023

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