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Traducido al español: “El trabajo no es una mercancía: contenido y sentido del trabajo en el siglo XXI”, de Alain Supiot. Ed. UNL, 2020

«El trabajo no es una mercancía: contenido y sentido del trabajo en el siglo XXI», de Alain Supiot, es una de las novedades 2020 de la Colección Itinerarios de Ediciones UNL. Con traducción de Gonzalo Sozzo, el libro en versión papel puede ser adquirido a través de unl.edu.ar/editorial.

En el prólogo, el autor señala: “Me limitaré (…) a un análisis jurídico de las transformaciones del trabajo en el siglo XXI.
De este análisis se desprenden dos certezas. La primera es que el impacto de la revolución digital en la organización y la división del trabajo es por lo menos tan considerable como el de la precedente revolución industrial, que dio lugar al Estado social. Ahora bien, las mutaciones tecnológicas de esta amplitud son acompañadas necesariamente de lo que André Leroi–Gourhan llamaba una «refundición de las leyes de agrupación de los individuos», es decir, una
refundición de las instituciones”.

La segunda certeza de Alain Supiot es que “nos enfrentamos a una crisis ecológica sin precedentes, imputable en gran medida a nuestro modelo de desarrollo. Estas dos certezas nos obligan a reconsiderar nuestra concepción del trabajo, tanto desde el punto de vista técnico de nuestra relación con las máquinas, como desde el punto de vista ecológico de la sostenibilidad de nuestros modos de producción”.

En tanto, afirma que “este cuestionamiento tiene evidentemente una fuerte dimensión jurídica. Participando de la institución imaginaria de la sociedad, el derecho no puede ser separado de las condiciones materiales de existencia en las que se inscribe, ni ser deducido de esas condiciones. En efecto, el derecho se presenta siempre como una de las posibles respuestas de la especie humana a los desafíos que le plantean sus condiciones de existencia”.

Un texto profundo sobre una problemática completa
El traductor del libro, Gonzalo Sozzo (abogado, docente e investigador de la Universidad Nacional del Litoral), explicó que “contiene el texto de la lección de clausura dictada en el  Collège de France  en 2019. Es un texto profundo, sólido y compacto. Logra condensar en pocas páginas una reflexión tan pertinente sobre una problemática compleja, que sólo puede forjarse luego de una reflexión de largo plazo, lenta, de años, en la que las ideas se van sedimentando unas con otras, a través de las lecturas fundamentales, el diálogo y la conversación”.

“Hay un primer plano de lectura: el primero en tanto  texto  sobre la cuestión  del trabajo y las tensiones contemporáneas que lo atraviesan. El análisis de la cuestión del trabajo se realiza en un plano que no es solo el del derecho, la filosofía, la historia o la ciencia política, sino en el que todas estas disciplinas aparecen combinadas con una notable erudición. Los grandes debates contemporáneos en torno al mercado, el Estado, lo social, la persona humana y, por supuesto, el trabajo aparecen articulados de manera finamente dosificada a lo largo del texto, que está
escrito con enorme elegancia: una muestra es el recurso a imágenes extraídas de las lecturas de literatura del autor, que son también una invitación al lector curioso a acercarse a ellas”, detalló Gonzalo Sozzo.

En un segundo plano de lectura, el traductor señaló que “este es un texto sobre la labor  universitaria y el rol de los intelectuales. La última parte, que analiza el trabajo universitario como caso de estudio en el que se verifican las reflexiones más generales sobre el trabajo como mercancía, es también un llamado a la reflexión.

Y no solo eso:
recuerdo la contundencia con la que Supiot cerró la presentación de este texto en la conferencia que dictó en el Aula Vélez Sarsfield de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la UNL, recurriendo -como en las páginas 53 y 54 del libro- a las metáforas opuestas del jardinero y el pastor, terminaba pregonando por la necesidad de más espacios de producción intelectual que funcionen como un jardín”, remarcó.

“Solo en espacios académicos que deciden alejarse de la concepción del trabajo  universitario bajo el canon de los números y fertilizan la labor de los intelectuales, una  reflexión como ésta es posible. El libro es más que una muy interesante reflexión sobre un tema central como el del trabajo: es un excelente ejemplo de labor intelectual, por ello me pareció pertinente que se publicara como primer libro del Instituto de Estudios Avanzados del Litoral”, señaló
Sozzo.

MAS INFORMACIÓN

Trabajo exigirá responsabilidades a los restaurantes que trabajen con ‘apps’ que incumplan la ley de ‘riders’.

(Repartidores de Glovo, Deliveroo y Uber Eats esperando un servicio en Barcelona, en una foto de archivo.REUTERS)

España : El ministerio advierte a Glovo y Uber de que no tolerará que operen burlando “los límites legales”

El Ministerio de Trabajo es rotundo: actuará “con decisión” contra las plataformas que todavía echen mano de falsos autónomos para sus repartos a domicilio.

El anuncio del departamento que dirige Yolanda Díaz llega después de constatar que empresas como Glovo siguen burlando la llamada ley de riders y otras como Uber Eats amenazan con volver a hacerlo. Y avisa de que, si es necesario, se exigirá “responsabilidad” a los establecimientos que sigan contratando los servicios de empresas online que vulneren la ley.

“No es de recibo que haya empresas que busquen ventajas competitivas en el incumplimiento de los límites legales”, advierte el secretario de Estado de Empleo y Economía Social, Joaquín Pérez Rey.

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España: Novedades sobre el ingreso mínimo vital: un órgano de participación institucional y una medida de Responsabilidad Social Empresarial. Escribe Antonio Baylos

España: Novedades sobre el ingreso mínimo vital: un órgano de participación institucional y una medida de Responsabilidad Social Empresarial.

Escribe Antonio Baylos, en su Blog

“El BOE de ayer,27 de julio, viene repleto de cambios legislativos importantes en materia social. Se reforma la Ley  General de Seguridad Social en materia de cotización de los trabajadores autónomos y la consiguiente modificación de la prestación de cese de actividad, y a continuación el Ministerio de la Presidencia publica la reforma del Reglamento de Extranjería que modifica las categorías del arraigo laboral y social y crea el arraigo por formación entre otras cuestiones.

Dos normas muy complejas que requerirán un explicación más detallada y elaborada que sin duda
encontraremos pronto en las fuentes de información privilegiadas que ofrecen los blogueros académicos y la indispensable revista La Ciudad del Trabajo que dirige y confecciona Miquel Falguera y que proporciona unos cuadros sinópticos de resumen imprescindibles. Pero no sólo aparecen estas importantes normas en el BOE de este final de julio.

Es también relevante saber que se desarrollan algunos aspectos de la Ley 19/2021, de 20 de diciembre, por la que se establece el ingreso mínimo vital, a través de dos Decretos que constituirán el objeto de esta entrada. Uno crea un Consejo Consultivo del IMV, el otro pone en práctica el llamado Sello de Inclusión Social. Como recuerda la exposición de motivos del Real Decreto 635/2022, de 26 de julio, por el que se regulan la organización y las funciones del consejo consultivo del Ingreso Mínimo Vital, esta es una prestación económica del Sistema de la Seguridad Social en su modalidad no contributiva “que nace con el objetivo principal de garantizar, a través de la satisfacción de unas condiciones materiales mínimas, la participación plena de toda la ciudadanía en la vida social y económica, rompiendo el vínculo entre ausencia estructural de recursos y falta de acceso a
oportunidades en los ámbitos laboral, educativo o social de los individuos”. En la formación y desarrollo de la regulación concreta de esta prestación, es importante garantizar la participación de entidades y organizaciones de la sociedad civil que cooperen con la Administración y el poder público en el despliegue de las iniciativas que mejoran y profundizan la acción protectora de esta renta de ciudadanía. Para ello, y como es clásico en nuestro sistema, el art.

34 de la Ley 19/2021 que establece el IMV había previsto un mecanismo de participación institucional, el llamado Consejo consultivo del IMV, que es el que desarrolla la norma comentada.
Las funciones que la Ley le encomienda son las clásicas de asesoramiento y consulta sobre esta materia. Asesorar al Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones en la formulación de propuestas normativas y no normativas en relación con el ingreso mínimo vital y en materia de inclusión, así como a la Comisión de seguimiento del ingreso mínimo vital, un órgano de cooperación interadministrativa cuya composición ha sido desarrollada por el RD 624/2022, de 5 de enero.

Y también en lo que son campañas de comunicación social o la implantación de las llamadas
“estrategias de inclusión” en la sociedad civil, entre ellas el Sello de Inclusión Social – que constituye el objeto de la segunda norma comentada, como se ha dicho – y en general sobre la evolución del éxito de la integración en el mercado laboral de los beneficiarios de la renta mínima en que consiste el IMV, atendiendo en especial a la participación de las personas con discapacidad y las familias monoparentales. SEGUIR LEYENDO

7 Prisioneros: J.Raso Delgue escribe sobre esta película, que plantea el tema del moderno trabajo “esclavo” o “forzoso” del que poco se habla.

7 Prisioneros: J.Raso Delgue escribe sobre esta película, planteando el tema del moderno trabajo “esclavo” o “forzoso” del que poco se habla.

En su Blog, el 1 de agosto de 2022
“La sugerencia de un amigo me llevó a ver en Netflix la película “7 prisioneros”, que recomiendo a
los lectores de este blog.

La película
Es una producción del brasileño Alexandre Moratto, que supo destacarse en los festivales de
Venecia y Toronto con esta obra que muestra el circuito del trabajo esclavo en plena ciudad de San Pablo.

Es la historia de Mattheus y sus compañeros que son contratado en una zona rural del país para trabajar en una fábrica semiclandestina de reducción de chatarra en esa ciudad, cuyos rascacielos prometían nuevos horizontes a los jóvenes migrantes. Convencidos de haber conseguido un empleo estable en la ciudad, con alojamiento, comida y un buen salario, rápidamente toman conciencia de una realidad que enfrenta a Mattheus y sus tres compañeros a Luca, el desguazador que los ha comprado como verdaderos esclavos y en esa condición los hace trabajar. En el viaje que seguirá de la esclavitud a la libertad, Mattheus aparece como el líder natural, un Espartaco dispuesto a conducir la rebelión de estos miserables.

Es un drama social, pero también un thriller, del que no me animo a decir más, para no privar a los futuros posibles espectadores de la tensión de su desarrollo.

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Para el Día Internacional de la Juventud: La OIT publicará un nuevo informe sobre el empleo juvenil 2022

Aviso a los medias | 4 de agosto de 2022
GINEBRA (Noticias de la OIT) – La Organización Internacional del Trabajo (OIT) lanzará un
nuevo informe sobre el empleo juvenil en el mundo el jueves 11 de agosto de 2022.
Tendencias Mundiales del Empleo Juvenil 2022: Invertir en la transformación de futuros para
los jóvenes (GET Youth), se publica en la víspera del Día Internacional de la Juventud, que se
celebra el 12 de agosto de cada año.

El informe examina el impacto de la COVID-19 en el mercado de trabajo de los jóvenes, en
países de diferentes franjas de ingresos. Analiza las diferentes experiencias de los hombres y
las mujeres jóvenes, y destaca los sectores económicos específicos en los que la inversión
podría aportar beneficios particulares para mejorar la situación global del empleo juvenil.
Las conclusiones serán presentadas por Martha Newton, Directora General Adjunta de
Políticas de la OIT, y los miembros del equipo del informe.

ENLACE PARA MAYOR INFORMACIÓN SOBRE EL LANZAMIENTO

2022: DÍA MUNDIAL CONTRA LA TRATA DE PERSONAS 2022: PREVENIR, PROTEGER Y PERSEGUIR.

 

NACIONES UNIDAS
USO Y ABUSO DE LA TECNOLOGÍA

El tema de este año se centra en el papel de la tecnología como una herramienta que puede tanto
permitir como impedir la trata de personas.
Con la expansión global del uso de la tecnología, intensificada por la pandemia de COVID-19 y el cambio
de nuestra vida cotidiana a las plataformas en línea, el delito de trata de personas ha acaparado el
ciberespacio. Internet y las plataformas digitales ofrecen a los traficantes numerosas herramientas para
reclutar, explotar y controlar a las víctimas; organizar su transporte y alojamiento; publicitar a las
víctimas y llegar a clientes potenciales; proporcionar vías de comunicación entre los perpetradores; y
ocultar ganancias criminales. Todo eso con mayor rapidez, rentabilidad y anonimato.

Sin embargo, en la tecnología también radica una gran oportunidad. El éxito futuro en la erradicación de
la trata de personas dependerá de cómo las fuerzas del orden, los sistemas de justicia penal y otros
sectores implicados puedan aprovechar la tecnología en sus respuestas, incluso ayudando en las
investigaciones para arrojar luz sobre el modus operandi de las redes de trata; potenciar los
procesamientos a través de pruebas digitales para aliviar la situación de las víctimas en los procesos
penales; y brindar servicios de apoyo a los supervivientes.

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ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL PARA LAS MIGRACIONES (OIM)
DÍA MUNDIAL CONTRA LA TRATA DE PERSONAS 2022: PREVENIR, PROTEGER Y PERSEGUIR

El 30 de julio se celebra el Día Mundial contra la Trata de Personas. Un día reservado para tomar
conciencia de la difícil situación de las víctimas de la trata de personas y para promover y proteger sus
derechos. La trata de personas es un delito y una grave violación de los derechos humanos de enorme
envergadura, que se da en situaciones de vulnerabilidad.
Este año, la OIM conmemorará este día bajo el lema “Prevenir, Proteger y Perseguir” para poner de
relieve la necesidad de actuar y la importancia de contar con una perspectiva integrada para hacer
frente a la trata. La Organización también se une al Sistema de las Naciones Unidas para sensibilizar bajo
el tema global "Uso y abuso de la tecnología", ya que la tecnología es una herramienta que puede tanto
favorecer como prevenir la trata de personas.
La OIM adopta una perspectiva integral para hacer frente a la trata de personas. Los esfuerzos de la
Organización se focalizan en la defensa de los derechos y la protección del bienestar físico, mental y
social de las personas y de sus comunidades; y la promoción de la sostenibilidad a través del desarrollo
de la capacidad institucional y de las asociaciones. ENLACE A AUDIO MENSAJE DEL DG DE LA OIM

 

ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL DEL TRABAJO (OIT)
Trabajo infantil y trata de personas

En vísperas del Día Mundial contra la Trata, el dúo femenino de DJs NERVO se ha unido a la organización
benéfica para niños Hopeland y a la Organización Internacional del Trabajo para concienciar sobre la
vulnerabilidad de los niños, el trabajo infantil y la trata de personas. SEGUIR LEYENDO

 

MERCOSUR – Instituto de Políticas Públicas en Derechos Humanos (IPPDH)
30 de julio – Día Mundial contra la Trata de Personas: Un objetivo común, combatir
la trata de personas en el MERCOSUR

“El Día Mundial contra la Trata de Personas, establecido por la Asamblea General de las Naciones
Unidas, se conmemora cada 30 de julio con el fin de recordar y reflexionar acerca de la grave situación
que viven millones de personas víctimas de trata y la urgencia de promover las medidas necesarias para
prevenir, perseguir y sancionar esta grave violación a los derechos humanos.
En 2022, el mundo se encuentra atravesado por las consecuencias de la pandemia de COVID-19, y su
impacto en la situación económica y social, con un contexto de millones de personas sin trabajo, sin
escuela y sin apoyo social, generando un mayor riesgo de que ocurra el delito de trata, lo que exige de
los Estados acciones específicas y urgentes para erradicar este flagelo y promover y proteger los
derechos de las víctimas.

La trata de personas refiere a “la captación, el transporte, el traslado, la acogida o la recepción de
personas, recurriendo a la amenaza o al uso de la fuerza u otras formas de coacción, al rapto, al fraude,
al engaño, al abuso de poder o de una situación de vulnerabilidad o a la concesión o recepción de pagos
o beneficios para obtener el consentimiento de una persona que tenga autoridad sobre otra, con fines
de explotación. Esa explotación incluirá, como mínimo, la explotación de la prostitución ajena u otras
formas de explotación sexual, los trabajos o servicios forzados, la esclavitud o las prácticas análogas a la
esclavitud, la servidumbre o la extracción de órganos”, tal como lo expresa el Protocolo para Prevenir,
Reprimir y Sancionar la Trata de Personas, especialmente Mujeres y Niños, de la Convención de las
Naciones Unidas contra el Crimen Organizado Transnacional, que fue ratificado por todos los Estados
Partes del MERCOSUR.

La prevención y combate del delito de trata de personas es un tema prioritario en la agenda del
MERCOSUR. Al tiempo que se trata de un crimen transnacional, que afecta principalmente a mujeres y
niñas y representa una forma extrema de violencia de género que vulnera los derechos de las mujeres,
todos los Estados Partes son destino y origen entrecruzados de explotación, y gran parte de las
principales zonas de captación y reclutamiento se encuentran en las fronteras de los países del
MERCOSUR.

En ese marco, los países de la región han adoptado una serie de medidas como la Estrategia Regional de
Lucha contra el tráfico de niños, niñas y adolescentes con fines de explotación sexual (2013); la Guía
regional del MERCOSUR para la identificación y atención a necesidades especiales de protección de los
Derechos de niños, niñas y adolescentes (2015); la Declaración contra la Trata de Personas y el Trabajo
Forzoso (2015), o Declaración sobre la necesidad de crear herramientas jurídicas regionales con el fin de
prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas (2014), entre otras.

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Mujeres afrodescendientes en el trabajo doméstico: La CIDH reconoce el aporte de las empleadas del hogar a la economía e insta a garantizar condiciones de trabajo dignas e igualitarias.

25 DE JULIO – DÍA INTERNACIONAL DE LA MUJER AFROLATINA, AFROCARIBEÑA Y DE
LA DIÁSPORA
La CIDH reconoce el aporte de las empleadas del hogar a la economía e insta a
garantizar condiciones de trabajo dignas e igualitarias.

Escribe Margarette May Macaulay, comisionada de la CIDH y relatora sobre los Derechos de las
Personas Afrodescendientes y contra la Discriminación Racial. En : El País /Internacional, 25 de
julio de 2022

“En América Latina y el Caribe hay alrededor de 14,8 millones de personas trabajadoras
remuneradas del hogar, de las cuales el 91% son mujeres, según cifras de la Comisión
Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL). De este porcentaje, la mayoría son
mujeres, niñas y adolescentes afrodescendientes, afrolatinas, afrocaribeñas e indígenas,
quienes se enfrentan a condiciones laborales desiguales, indignas y precarias.
Como resultado de una cultura patriarcal y machista que desvaloriza el trabajo doméstico y
justifica prácticas sociales de discriminación hacia las trabajadoras del hogar; millones de
mujeres dedicadas a este trabajo se enfrentan a una serie de violencias, incluyendo la violencia
sexual, la trata de personas, e inclusive el feminicidio; así como otros tipos de abusos como el
no pago de salarios o pago de salarios por debajo del mínimo establecido por ley, la negación
de alimentación, exceso de horas de trabajo sin días de descanso, explotación y acoso laboral,
diferentes formas de esclavitud, maltrato psicológico y emocional.
Además, las prácticas heredadas del colonialismo y la esclavización continúan permeando la
región, pues existe una racialización del trabajo doméstico remunerado, en donde día a día
quienes se enfrentan a estas condiciones laborales, a la violencia de género, al racismo, a la
exclusión social y a la discriminación al realizar sus labores son principalmente las mujeres y
niñas afrolatinas, afrocaribeñas e indígenas; situación que puede verse agravada por la
migración y el desplazamiento forzado.

Según datos de la CEPAL, solo en Ecuador una de cada cinco mujeres que realiza trabajo
doméstico remunerado es afrodescendiente, mientras que en Brasil el 68,4% de las
trabajadoras domésticas remuneradas son afrodescendientes. En países como Bvia, Brasil,
Colombia, Costa Rica, y Ecuador las mujeres afrodescendientes son la mayoría de quienes
ejercen el trabajo doméstico remunerado, en comparación con mujeres no afrodescendientes.
Mientras que, en Uruguay, el 72% de las mujeres afrodesendientes ocupadas se dedica al
trabajo domestico. Estas cifras muestran las desigualdades étnico-raciales, socioecónomicas, y
de género que aquejan a las mujeres afrolatinas y afrocaribeñas trabajadoras del hogar en el
hemisferio. Frente a la precaria situación de derechos laborales y discriminación estructural, la
pandemia del COVID-19 tuvo un impacto mayor en las vidas de las trabajadoras remuneradas
del hogar, debido a la falta de prestaciones de seguridad social, así como pérdida de entre el
25 y 50% de empleos en la región, según cifras de ONU Mujeres, afectando sus economías
familiares. Así, la pandemia exhibió la impostergable necesidad de que los Estados garanticen
la cobertura en salud y las prestaciones por desempleo para todas las trabajadoras domésticas.
Desde el 2011, la Organización Internacional del Trabajo (OIT) ha impulsado el Convenio No.
189 para mejorar las condiciones laborales y erradicar prácticas abusivas contra las personas
trabajadoras domésticas. Actualmente, 18 de los 35 países que han ratificado el Convenio se
encuentran en América Latina y el Caribe. No obstante, en el hemisferio persiste un patrón de
vulneración de derechos en contra de las mujeres; muestra de ello son las altas tasas
regionales de violencia de género en general, y especialmente contra las trabajadoras del
hogar.

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PUEDE INTERESAR TAMBIÉN:

CEPAL
El futuro del trabajo y la población afrodescendiente en América Latina en el marco
del COVID-19 y la recuperación transformadora con igualdad. Holz, Raúl – Huepe,
Mariana – Rangel, Marta. CEPAL, junio 2022

Descripción
La desigualdad étnico-racial continúa siendo un rasgo estructural de las sociedades
latinoamericanas y una de sus manifestaciones más evidentes se observa en el mercado del
trabajo. De acuerdo con la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL), el
mercado laboral es el eslabón fundamental entre lo económico y lo social, y vincula la
estructura productiva con la distribución de los ingresos de los hogares y con las
oportunidades para acceder a empleos en condiciones de trabajo decente. En este documento
se muestran las desigualdades étnico-raciales que afectan a la población afrodescendiente en
el mundo del trabajo y se analiza el potencial impacto del cambio tecnológico asociado a la
cuarta revolución industrial en la inclusión laboral de esta población. El análisis incluye una
estimación de los riesgos de automatización de los puestos de trabajo según la condición
étnico-racial de quienes los ocupan y una reflexión acerca de los efectos de la aceleración de la
adopción tecnológica durante la pandemia de COVID-19 y los riesgos exacerbados que conlleva
para la población afrodescendiente.
ENLACE – Acceso libre a la publicación.

Universidad de Málaga: Revista de Estudios Jurídico Laborales y de Seguridad Social (REJLSS) Nº5. Ed.UMA. Mayo/Oct. 2022. Acceso libre

 

Revista de Estudios Jurídico Laborales y de Seguridad Social (REJLSS) Nº5. Ed.UMA,
Universidad de Málaga. Mayo/Oct. 2022. Acceso libre
Editorial / Estudios doctrinales / Estudios jurisprudenciales / Tribuna de Actualidad / Reseñas
bibliográficas
ENLACE – Acceso libre al número completo, y a cada capítulo.

2ª edición. FCU, junio 2022: Manual de tiempo de trabajo. Actualizado y ampliado con la reciente regulación sobre teletrabajo. 2ªed. F. Rosenbaum Carli

Manual de tiempo de trabajo. Actualizado y ampliado con la reciente regulación
sobre teletrabajo. Autor : Federico Rosenbaum Carli.
2ª edición. FCU, Junio 2022

Reseña
“La presente obra aborda la temática del tiempo de trabajo, mediante un vasto enfoque
metodológico, que comprende las técnicas exegética y de contextualización (evaluación y
diagnóstico de la realidad social), el examen del derecho comparado, precisiones sobre la
efectividad de las normas y se completa con los aportes propositivos del autor.
La designación como manual se desprende de un análisis acabado del tema seleccionado, así
como por la extensión del mismo, cuyo objetivo primordial es el aporte de una síntesis y
tratamiento pormenorizado de todos los institutos que conforman el tiempo de trabajo. …”

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