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Derecho Laboral: Relaciones Laborales. Tomo II. Autor: Nelson Larrañaga Zeni. 1ª ed.,FCU, Junio 2023

RELACIONES LABORALES. TOMO II. Autor: Nelson Larrañaga Zeni. 1ª ed.,FCU, Junio 2023

Reseña
Relaciones Laborales Tomo II comienza con una introducción a las relaciones laborales colectivas. Se
analiza su concepto y diferenciación con la relación individual, la presentación y características de los
actores sociales y el gobierno, así como el entorno en el cual estos sujetos se relacionan. Luego sigue
con el derecho de las relaciones colectivas de trabajo, el derecho uruguayo, su evolución, características
y panorama actual.
La obra continúa con el estudio de las organizaciones profesionales que actúan en el campo de las
relaciones laborales. Realiza una descripción normativa general, y luego, presenta los requisitos para su
creación, funcionamiento, personería jurídica según la nueva ley, organización más representativa y su
disolución.
La obra hace un desarrollo exhaustivo de la negociación colectiva, tanto en lo que refiere a su regulación
y principios, como a los niveles en las cuales se desarrolla. Examina los Consejos de Salarios, su
regulación y funcionamiento. Culmina con el examen del convenio colectivo de trabajo y se analizan las
recientes modificaciones a la Ley de negociación colectiva.
La parte final se centra en el conflicto laboral, las distintas medidas de conflicto, y en particular, la
huelga y otras medidas que no califican como tal, así como los límites aplicables. Luego examina los
distintos medios de prevención y solución del conflicto, con particular énfasis en la negociación colectiva
como centro para lograr componer el conflicto.

ENLACE A Ed. FCU

Convocatoria de ponencias - Red ILAW: Escribir sobre un derecho del trabajo feminista en el marco de una Red Global de Asistencia Jurídica a las Personas que Trabajan. En Blog del Prof. A. Baylos. 08/2023

Convocatoria de ponencias para la presentación de artículos, Revista Global Labour Rights
Reporter (GLRR) Volumen III Edición 2, Noviembre 2023
Tema: “Forjar un Derecho Laboral Feminista”.
En Blog del Prof. Antonio Baylos

ESCRIBIR SOBRE UN DERECHO DEL TRABAJO FEMINISTA EN EL MARCO DE UNA RED GLOBAL DE ASISTENCIA JURIDICA A LAS PERSONAS QUE TRABAJAN

La construcción de una red que una y coordine las iniciativas y propuestas alternativas de quienes
estudian la regulación jurídica de las relaciones de trabajo desde la perspectiva de la subordinación
material y jurídica de las personas que trabajan, ha sido un elemento que desde hace mucho tiempo ha
atraído la atención de las entradas de este blog. No sólo en relación a las experiencias que se han
llevado a cabo en el nivel europeo, como la que han nutrido la actuación de la Confederación Europea
de Sindicatos, sino también otras iniciativas provenientes de colectivos de abogados laboralistas como
European Lawyers for Workers Network, cuyos encuentros han sido recogidos en varias entradas de
este blog, además de la puesta en común de otras iniciativas nacionales en algunas ocasiones también
amparadas por confederaciones sindicales nacionales y en otros supuestos, a través de una asociación
voluntaria de estudiosos y estudiosas de base fundamentalmente académica, como sucede con el grupo
español NET21.

A nivel global, la idea de una red de coordinación y de puesta en común de informaciones relevantes
tanto para asesores sindicales, delegados y representantes de los sindicatos, y gente estudiosa del
derecho del trabajo y de las relaciones laborales, ha sido puesta en práctica ya desde hace tiempo por
dos grandes amigos de este blog, Alvaro Orsatti y Juan Manuel Martínez Chas a través de la Red
Española Latinoamericana de Trabajo y Sindicalismo (RELATS) – en cuya página web se encuentran referencias muy variadas y sugerentes – pero junto a ella destaca también la Red ILAW (International Lawywers Assisting Workers Network), que es un proyecto del Centro de Solidaridad dependiente de la AFL-CIO norteamericana que dirige Jeffrey Vogt, y que tiene por objeto reunir a profesionales legales y académicos en un intercambio de ideas e información para representar mejor los derechos e intereses de los trabajadores y sus organizaciones, donde sea que se encuentren. Como señalan en su página web, dada la naturaleza global del trabajo y las tendencias comunes que afectan a los trabajadores, independientemente de su nacionalidad, se necesita una red de apoyo legal a nivel mundial más que nunca para representar eficazmente a los trabajadores en temas que trascienden las fronteras nacionales. Una defensa legal efectiva para los trabajadores exigirá cada vez más la colaboración de abogados en múltiples jurisdicciones legales.

ILAW tiene un alcance global, cuenta con cuatro coordinadores regionales de las diferentes regiones del
mundo – África subsahariana, América Latina y el Caribe, Europa y Asia Central y Sur de Asia – y una
junta asesora de abogados y letrados de todo el mundo entre los que se encuentran Marta Pujadas,
Antonio Loffredo, Tania Novitz o Isabelle Schoemann entre las personas más conocidas.

Una de las iniciativas de la Red ILAW es la publicación de una revista digital, Global Labour Rights
Reporter, que tiene dos números al año, y que de los tres idiomas en los que se editaba al principio –
inglés, francés y español – se ha pasado a cinco, añadiendo resúmenes en ruso y en árabe. Se articula en
cada salida en torno a un tema monográfico, y las intervenciones tienen necesariamente un espacio
limitado, aunque en su conjunto ofrecen una visión general sobre los temas abordados, que han sido
todos ellos de indudable relevancia: Protección de los derechos laborales de los trabajadores migrantes
y los refugiados, el futuro de la OIT, Protección de los derechos de los trabajadores de la economía
informal, Responsabilidad y soluciones en las cadenas de suministro globales: Consideraciones de los
trabajadores y sindicatos o, el que inauguró la serie monográfica, Acceso a la justicia laboral, en enero
del 2021.

En esta ocasión, GLRR propone un tema muy original, volcado en la consideración del
feminismo como un elemento determinante de las opciones de regulación laboral alternativas
a la consideración hegemónica neoliberal del Derecho del trabajo. Esta llamada y convocatoria
de artículos es la que la presente entrada quiere hacer llegar a la amable audiencia del blog,
advirtiendo que el plazo de entrega se cierra el 15 de octubre de este año.

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Publicación mayo 2023: Inteligencia artificial y neuroderechos: la protección del yo inconsciente de la persona. Autor: Ignasi Beltrán de Heredia Ruiz.

Inteligencia artificial y neuroderechos: la protección del yo inconsciente de la persona.
Autor: Ignasi Beltrán de Heredia Ruiz.

La inteligencia artificial nos ayuda a gestionar todo tipo de decisiones y con una eficacia creciente. En el
contexto del trabajo subordinado, se espera que el uso de asistentes informacionales alimentados por
algoritmos predictivos crezca exponencialmente, describiendo la antesala de la sociedad del futuro.
El empleo de esta tecnología, en contrapartida, está posibilitando una cartografía humana exhaustiva.
Nuestras intenciones, emociones y estados de ánimo ya pueden ser leídos.

Este acceso al patio trasero neuronal describe un nuevo desafío porque estas máquinas están
acumulando capacidad para aguijonear la mente, acceder al yo inconsciente y condicionar
subliminalmente el comportamiento.

Asumiendo que el 95 por ciento de nuestra actividad cerebral discurre por debajo del nivel consciente,
la amenaza que nos acecha merece una respuesta contundente y sin dilación.
El origen, la materialización y las derivadas jurídicas de esta intromisión, especialmente, en el ámbito
laboral (pero no sólo), constituyen el objeto del libro que me complace presentarles titulado:
«Inteligencia artificial y neuroderechos: la protección del yo inconsciente de la persona» (Aranzadi –
disponible aquí).

En pleno debate internacional sobre los neuroderechos, a partir de una aproximación multidisciplinar
(neurocientífica, filosófica, psicológica, económica y jurídica), el estudio sugiere la necesidad de crear,
de forma diferenciada, un escudo frente a las intromisiones por debajo de la conciencia: los derechos
del yo inconsciente de las personas.

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24 agosto 2023: Hollywood: una huelga del siglo XXI. Escribe Juan Raso Delgue, en su Blog.

Guionistas y actores enfrentan la IA

Es posible analizar la huelga de guionistas y actores de Hollywood desde
diversas perspectivas: son trabajadores autónomos quienes proclaman la huelga,
instituto generalmente atribuido a trabajadores subordinados; su dimensión nos obliga
a remontarnos a los años ’60 para recordar un conflicto de tal envergadura; el impacto
de la huelga podría causar daños por más de 4.000 millones de dólares a las empresas
productoras de la llamada “industria del entretenimiento”.
La huelga – más allá de sus resultados – será recordada como la primera gran
huelga del siglo XXI contra la Inteligencia Artificial.

Iniciado el 2 de mayo de 2023 por los guionistas, a los que se acoplaron los
actores el 13 de julio, el conflicto no apunta solo (como toda huelga) a una mejora de
los salarios y de las condiciones laborales, sino que pretende precisar el uso de la
inteligencia artificial en la producción de películas y programas de televisión, a los
efectos de garantizar que ideas, relatos e imágenes no puedan ser reproducidas o
multiplicadas por la IA, sin la autorización de sus autores.

El escenario y los protagonistas de la huelga
El conflicto de Hollywood enmarca dos huelgas paralelas y complementarias: la
huelga del Sindicato de Guionistas de Estados Unidos (WGA), que representa nada
menos que a 11.500 guionistas y la huelga de SAG-AFTRA (el sindicato de actores y
actrices, que reúne más de 160.000 afiliados) contra la AMPTP (Alianza de Productores
de Cine y Televisión), dueños de los estudios cinematográficos y televisivos
principalmente de la locación californiana. Cabe recordar que es la primera huelga de
magnitud que actores y actrices promueven en los últimos 40 años.
El uso de la IA en la industria también ha generado preocupaciones en la
Alianza Internacional de Empleados de Escenarios Teatrales, la cual es encabezada por
VFX Union.

El nudo del conflicto
El punto central del conflicto radica en la cuestión de como proteger el trabajo
humano de un guionista o de un actor, ante una IA cada vez más preparada para
construir guiones, multiplicar apariencias, alterar voces e interpretaciones de un actor.
No se trata solo de textos o del aspecto de un actor, sino también de la voz de
locutores, que saben que la IA ya ha reconstruido las voces de Andy Warhol y del
también fallecido chef Anthony Bourdain, mientras que en Brasil una pieza publicitaria
de la industria automovilística recrea la cantante Elis Regina.  SEGUIR LEYENDO

24.08.23: La nueva era del mercado laboral. Por Carlos del Castillo, en eldiario.es.

La nueva era del mercado laboral. Por Carlos del Castillo, en eldiario.es, 24.08.23

Las instituciones, los sindicatos, los titulares de prensa, los especialistas y las patronales llevaban años
avisando de que este momento llegaría. La Inteligencia Artificial (IA) ha salido del laboratorio y
aterrizado en el mercado de trabajo. Algunas de sus aplicaciones prácticas ya pueden hacer las mismas
tareas por las que las personas reciben un sueldo, pero de forma más rápida y eficiente que ellas. Como
se anticipó, millones de puestos de trabajo están ahora en vilo, mientras que nuevas ocupaciones
aparecen en el horizonte. Pese a todo, nos ha pillado desprevenidos.

El motivo es que la IA no ha seguido el camino esperado. No ha saltado de las fábricas a los trabajos más
repetitivos o especializados del resto de sectores. En vez de presentar candidatura para conducir
camiones o ser camarera, ha subido a las oficinas y se ha sentado en el escritorio de aquellos
trabajadores con formación superior, idiomas y masters. Se trata de las inteligencias artificiales
generativas, que pueden interpretar lo que dicen las personas, escribir textos, componer mensajes
orales, canciones, diseñar imágenes o producir canciones y vídeos. Esto les permite ordenar y contestar
correos electrónicos, distribuir recursos, plantear estrategias, elaborar informes o jerarquizar tareas de
otros trabajadores. Cosas que a priori no estaban en la hoja de ruta para ser las siguientes en
automatizarse.

“En los últimos años hemos centrado mucho la conversación en los robots industriales, esos que se
llaman de cuello azul en referencia a los monos de trabajo. Pero una de las grandes revoluciones que
está por venir es la de los robots de software, los de cuello blanco. Esto va a afectar a los empleados
digitales y nos va a coger en un momento en el que no estamos del todo preparados para ello”, expone
Ana Belén Muñoz, profesora de Derecho del Trabajo en la Universidad Carlos III de Madrid. “Este tipo de
inteligencias artificiales, que pueden hacer cosas como leer los correos y contestar, pueden suponer una
reducción muy considerable del trabajo de oficina”, añade.

La tecnología que lo ha desencadenado todo es ChatGPT. Esta IA generativa de texto ha provocado una
carrera a pecho descubierto entre Microsoft y Google en la que ambas han dejado claro el potencial que
ven no sólo en este producto, sino en todo el campo de la Inteligencia Artificial. “Tendrá un impacto
transformador de la misma magnitud que el ordenador personal o Internet”, ha declarado Satya
Nadella, presidente de Microsoft. No hay un estándar más alto con el que comparar a la IA. Las
computadoras y la red de redes supusieron cambios dramáticos en la forma de trabajar de las personas,
y ahora los capos de la tecnología esperan que la IA sea la tercera vuelta de tuerca en el mismo sentido.

La misma jornada que hace 100 años

Todos los estudios que han analizado el posible impacto de la IA en el mercado laboral han concluido
que esta tecnología dejará obsoletos un gran número de empleos, a la vez que crea otros que hasta
ahora no podíamos imaginar. Muchos se han mostrado más preocupados por lo primero que
esperanzados por lo segundo, aunque las inteligencias artificiales generativas ya están dejando una
primera pista de por dónde pueden ir esas nuevas profesiones: con los modelos actuales, se hacen
necesarios profesionales especialistas en los comandos que usa esta tecnología para conseguir que
escriba el texto, diseñe la imagen, produzca el vídeo o componga exactamente la canción que el cliente
está buscando. Hasta ahora, se podía emplear una hora en explicarle a un diseñador el tipo de
creatividad que se buscaba para una campaña publicitaria, y este podía tardar varios días en darle
forma. Ahora el cliente puede explicarle a un especialista en IA la creatividad que quiere para la
campaña, y este introducir todos los parámetros en un modelo automático que lo diseñe en pocos
minutos. Las máquinas se van a comer una parte del proceso creativo que muchos pensaban que estaba
reservado a las personas.

Lo que no ha sido una conclusión tan típica en los estudios que han analizado el impacto de la IA en el
mercado laboral es cómo esta podría cambiar la forma de trabajar de todos los trabajadores, se vean
afectados por ella o no. La jornada laboral de ocho horas fue regulada por ley por primera vez hace 104
años, precisamente en España. El movimiento obrero que lo consiguió buscaba mejorar las condiciones
de los operarios de las fábricas, en un contexto diametralmente distinto al actual. Sin embargo, la
jornada de ocho horas ha sobrevivido como estándar a todas las revoluciones industriales posteriores,
incluida la digital.

¿Podría la IA impulsar un cambio real en el ocho horas para trabajar, ocho horas para descansar, ocho
horas para vivir? “Es una perspectiva muy interesante”, adelanta Ana Belén Muñoz, que ha solicitado
fondos de la UE para un nuevo estudio sobre la jornada laboral de cuatro días. “Hay muchos métodos
para llevarlo a cabo. Está la reducción de días de trabajo por semana, pero también las jornadas
reducidas, el teletrabajo y las fórmulas combinadas. Lo que está claro es que la pandemia ha
demostrado que las largas jornadas de muchas horas frente al ordenador no suponen más
productividad ni beneficios para la empresa ni para el trabajador”, recuerda.

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Informe McKinsey: Avances en la IA adelantaron cuatro años su aterrizaje masivo en el mundo laboral. En El Economista, 08.08.2023

Avances en la IA adelantaron cuatro años su aterrizaje masivo en el mundo laboral.
Por Gerardo Hernández, en El Economista, 08.08.2023

El desarrollo de la inteligencia artificial generativa recortó el tiempo proyectado para que esta
tecnología tuviera la capacidad de equiparar el desempeño humano promedio en el trabajo. En algunas
actividades permitiría la automatización de hasta 70% de las horas laborales.

El McKinsey Global Institute (MGI) estimaba que el 2027 sería el año en el que la inteligencia artificial
(IA) alcanzaría el nivel del rendimiento humano en el trabajo. Sin embargo, los avances logrados con
esta tecnología en los últimos meses acortaron al 2023 este punto de convergencia.

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Futuro del trabajo: AI: 3 ways artificial intelligence is changing the future of work. Mark Rayner, at World Economic Forum web, 14.08.2023

AI: 3 ways artificial intelligence is changing the future of work. Mark Rayner, at World
Economic Forum web, 14.08.2023

– Artificial intelligence (AI) has dominated the business agenda since chatbot ChatGPT
burst on to the scene in late 2022.

– Generative AI is estimated to eventually automate millions of jobs, but its employment
benefits are harder to quantify.
– Here are three ways that artificial intelligence will change the future of work, and why
its likely to augment rather than automate.

ENLACE AL SITIO WEF (en inglés)

Neuroderechos. Protección del medio ambiente. Dos sentencias de protección a las que conviene prestar mucha atención. En Blog E. Rojo Torrecilla. 18.08.23

ESPAÑA
Neuroderechos. Protección del medio ambiente. Dos sentencias de protección a las
que conviene prestar mucha atención. En Blog Eduardo Rojo Torrecilla, 18 de agosto de 2023

1. En esta ocasión la entrada no presta atención a derechos específicamente laborales…, pero, qué duda
cabe de que la protección de los neuroderechos y de un medio ambiente limpio y saludable tiene
indudable repercusión sobre la vida de millones de personas trabajadoras
Por ello, me ha parecido oportuno poner a disposición de las lectores y lectores del blog dos sentencias
muy recientemente dictadas que abordan tales derechos y que les otorgan una protección reforzada, en
el bien entendido que una de ellas puede ser objeto de recurso ante un tribunal superior y que su
aplicación práctica está aún por ver qué desarrollo tendrá.
Como es lógico suponer, estas dos sentencias serán objeto de atención y análisis detallado por
especialistas de cada uno de los ámbitos temáticos que abordan, y será conveniente, a la par que
necesario, prestar la debida atención a sus comentarios.
Y entre los mismos, me atrevo a decir que no faltará la aportación también de la doctrina laboralista. Por
ejemplo, del profesor Beltrán de Heredía, que combina el conocimiento del Derecho del Trabajo y de la
Seguridad Social con toda la problemática relativa a la inteligencia artificial, y que ha dedicado especial
atención al examen jurídico de los neuroderechos en su obra, de obligada lectura, “Inteligencia artificial
y neuroderechos: la proteccióndel yo inconsciente de la persona” , en el que hay un capitulo
específicamente dedicado al ámbito laboral que lleva por título “algoritmos extractivos en el contrato de

trabajo y los derechos del yo inconsciente de la persona, dada su condición, explica en la introducción,
de “espacio propicio y pionero para el descifrado de procesos mentales recónditos”.
También, del profesor Adrián Todolí, que ha publicado recientemente la monografía “Algoritmos
productivos y extractivos. Como regular la digitalización para mejorar el empleo e incentivar la
innovación”, en el que sigue insistiendo en una tesis defendida ya con anterioridad, cual es que “la
acción colectiva parece ser la mejor manera de limitar y controlar el poder que puede otorgar estas
tecnologías al empresario”. SEGUIR LEYENDO

¿Para qué se hacen las huelgas? (un viaje a la semilla). Escribe Hugo Barretto Ghione. 9 agosto 2023

¿Para qué se hacen las huelgas? (un viaje a la semilla) Escribe Hugo Barretto Ghione.
9 agosto 2023
Publicado en La Diaria el 9.8.2023 / Enlace


También en su Blog la realidad y el resto de sus cosas
http://hugobarrettoghione.blogspot.com/
Difícil encontrar una expresión de empleo corriente que convoque a opiniones tan contrarias y a la que
se atribuya significados tan distintos como pasa con la palabra “huelga”.

Para unos, se trata de un derecho conquistado tras luchas sociales y políticas dirigidas a asegurar
condiciones laborales dignas que permitieron reconocer al “factor” trabajo frente al interés
predominante del beneficio empresarial y el vaivén del mercado. Para otros, en cambio, la huelga es una
especie de patología o disfunción social que atenta contra la producción, la población, la estabilidad y el
interés de la nación. Hay también quienes se sitúan en un plano ideológico pretendidamente más
refinado, y postulan que las huelgas son una rémora obsoleta de contradicciones ya superadas entre
trabajadores y empleadores disueltas por el wind of change de fines de los años ochenta del siglo
pasado.

La palabra huelga es conflictiva, tanto o más que el conflicto que designa.
En los discursos oficiales de estos días aparecen algunas aristas de esta controversia. Su recurso retórico
es conocido: ante cualquier huelga se comienza por admitir el derecho que asiste a los trabajadores,

pero a renglón seguido se dice que la medida es inadecuada o excesiva o que cuestiona la autoridad o
que tiene carácter político. O todo a la vez.
En definitiva, se trataría de un derecho fundamental de las personas, cuya efectividad esta
constitucionalmente asegurada (art. 57°) pero que, vaya cosa, se ejerce siempre de mala manera.

El argumento de autoridad
Una de las objeciones sobre la que han insistido recientemente autoridades de la enseñanza y jerarcas
ministeriales es que la huelga no puede cuestionar la autoridad del empleador, en tanto la ciudadanía
les habría encargado la potestad de gestionar todo.

La molestia no es nueva. Esa misma inquietud de los jerarcas del gobierno y de muchos empleadores
del ámbito privado por sentir cuestionada su autoridad por las huelgas no debe ser muy distinta a la que
padeció el faraón Ramses III en el año 1155 a.C. cuando un grupo de artesanos se negó a continuar
trabajando en el Valle de los Reyes en reclamo de mejores condiciones de vida y trabajo según se relata
en un papiro de la época conservado en el museo egipcio de Turín.

Hay al menos dos razones sustantivas para oponer a este punto de vista secular. En primer lugar, hay
que entrever que toda huelga se hace en rechazo a una decisión adoptada por quien detenta una
posición de poder, casi siempre el empleador directo. Esto inevitablemente implica un grado variable de
desconocimiento, no de la autoridad en general, pero sí de la legitimidad de cierta medida, como puede
suceder una reestructura con pérdida de empleos, afectaciones de la profesionalidad, sanciones que se
perciben como injustas, incumplimiento de condiciones de salud y seguridad, cuestiones salariales, etc.
La huelga no se hace para agradar al empleador, sino para manifestar y hacer valer el reconocimiento
de la parte laboral y su interés propio y distinto.  SEGUIR LEYENDO